Fraude y desigualdad en el impuesto sobre la renta español

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De Sara Torregrosa Hetland

Anuncio de la declaración de la renta de 1978

El fraude fiscal es un tema que a menudo está de moda. En España, además, nos viene de lejos: durante la transición a la democracia el fraude se solía considerar uno de los grandes problemas de nuestro sistema fiscal, que para muchos iba de mano en mano con la inequidad del sistema tributario. Así lo planteaba, por ejemplo, Francisco Fernández Ordóñez, el ministro que introdujo nuestro moderno IRPF en 1978.

Medir el fraude es, por supuesto, difícil. Al fin y al cabo, es una operación pensada para mantenerse oculta. Pero la literatura económica ha desarrollado algunos procedimientos para aproximarse a él. Se han utilizado cálculos de contraste entre las cantidades presentes en las declaraciones fiscales y los flujos macroeconómicos, estimaciones a partir de encuestas de hogares, o programas de inspecciones aleatorias. Recientemente, varios leaks de paraísos fiscales, conectados a datos administrativos, han permitido a Alstadsaeter et al. (2019) realizar una radiografía detallada de la ocultación de riqueza offshore en los países escandinavos.

Hace algunos años, Feldman y Slemrod (2007) propusieron un método para estimar el fraude por tipos de renta utilizando las declaraciones fiscales. Su aproximación puede ser útil para periodos o países en que no se cuenta con programas de inspección aleatoria, o cuando el acceso a datos administrativos es difícil. Se basa en contrastar la composición de la renta declarada por los contribuyentes con la magnitud de las donaciones realizadas por éstos. La idea de fondo es que el porcentaje de los ingresos que se dona a causas altruistas debería depender del nivel de renta, pero no debería verse afectado por su origen (controlando por toda una serie de características personales). Con este método, Feldman y Slemrod estimaron que las rentas del auto-empleo no agrario se declaraban en torno a un 65% de su valor real, mientras que el cumplimiento era notablemente inferior en el autoempleo agrario y el capital (Estados Unidos, datos de 1999). Cabe notar que este tipo de aproximación, que ha sido utilizada posteriormente para muchos otros casos, proporciona estimaciones siempre relativas al comportamiento del trabajo dependiente, considerado la fuente de renta más fiable.

En España, Domínguez et al. (2015, 2017) aplicaron el método Feldman-Slemrod a los microdatos del IRPF de 2005-08. Sus resultados arrojan un cumplimiento de entre el 40 y el 55% para las rentas del autoempleo y el capital. Mi trabajo, titulado Inequality in tax evasion: the case of the Spanish income tax y publicado recientemente en Applied Economic Analysis, utiliza los datos correspondientes a 2001-04 y da una vuelta de tuerca más, pretendiendo establecer los impactos distributivos del fraude. ¿Cómo se traduce el comportamiento diferente de las rentas del trabajo y del capital en niveles de cumplimiento distintos a lo largo de la distribución? ¿Cómo afecta el fraude a la progresividad del IRPF? ¿Y a la medición de la desigualdad? Este tipo de preguntas no se han abordado tan a menudo; por ejemplo lo hicieron Johns y Slemrod (2010) para Estados Unidos o Benedek y Lelkes (2011) para Hungría, con diferentes metodologías.

Mi artículo desarrolla el método Feldman-Slemrod en dos aspectos. En primer lugar, realiza una estimación en dos etapas para intentar corregir el sesgo de selección (en España el porcentaje de contribuyentes que realiza donaciones es bastante bajo, desde luego más que en Estados Unidos, el contexto del trabajo original). En segundo lugar, se introduce una interacción para explorar si hay diferencias de cumplimiento por niveles de renta, dentro de cada tipo (es decir, si los declarantes con más ingresos declaran peor sus rentas del capital de lo que lo hacen los de menos ingresos). Para más detalles metodológicos, emplazamos al lector a la versión publicada.

Los resultados muestran que el fraude en las rentas del capital era muy elevado, especialmente en las rentas del capital y en la parte superior de la distribución de la renta. Según mi estimación, el diez por ciento de los contribuyentes más acomodados sólo declaraba en torno al 50-65% de sus rentas del capital. Para los mismos, el cumplimiento en el auto-empleo se situaba cerca del 80% en 2001 (estimación directa), mientras que en otros años el modelo no permite distinguirlo estadísticamente del trabajo dependiente.

Por ello, y especialmente dada la concentración de las rentas del capital en la parte alta de la distribución, el fraude tenía un impacto regresivo. Los “ricos” evadían más, haciendo el impuesto menos progresivo y redistributivo de lo que hubiera sido con pleno cumplimiento. Por ejemplo, el fraude reducía el impacto redistributivo del IRPF en un 33% en el año 2001 [1]. Asimismo, suponía que el uno por ciento con mayores ingresos pagaba un tipo efectivo del 27%, en lugar del 34% que parece usando sus rentas declaradas como referencia. Sin fraude, estos contribuyentes hubieran debido pagar, de hecho, un 37%.

Naturalmente, la recaudación también se veía afectada por el fraude. El tax gap estimado es de cerca de un 1% del PIB (se trata de un lower bound, puesto que no se incluyen en el cálculo el País Vasco ni Navarra por falta de datos). Teniendo en cuenta que nuestro impuesto sobre la renta ha venido en los últimos veinte años recaudando cerca de un 7% del PIB, este “hueco” es significativo, y cerraría nuestra diferencia con la media de la OCDE, aunque solo una parte de la distancia de tres puntos que nos separa de otros países de Europa occidental [2].

La desigualdad es más elevada de lo que aparece en los datos fiscales. Siguiendo mis estimaciones, la participación de las rentas altas en el total durante 2001-04 debería corregirse en 2-3,5 puntos porcentuales, los índices de Gini (de la renta después de impuestos) en un 4-5%. Sesgos similares, de diferentes magnitudes, podrían existir en otros países y periodos históricos. Reconocerlos, y afrontarlos, nos ayudaría a medir y analizar mejor la desigualdad [3].

Terminemos con una nota histórica. La comparación de los porcentajes de fraude obtenidos para principios del siglo XXI con los de estimaciones para periodos anteriores sugiere una mejora. En 1988, la Comisión para el Estudio del Fraude en el IRPF presentaba unos porcentajes de cumplimiento para rentas no laborales de entre el 22 y el 30%, y un cumplimiento total del 43 al 55%, ambos crecientes durante el periodo 1979-1986. Esteller (2011), por su parte, obtenía un tax gap del 20% durante 1993-2001 (calculado en términos de cuota, no de base imponible). Dicha evolución positiva, sin embargo, no da lugar a la complacencia, dado que siguen siendo cifras abultadas y de efectos profundamente inequitativos. Que las rentas del capital se oculten más que las del trabajo no solo supone un importante agujero para nuestras cuentas públicas, sino que también afecta a la legitimidad del sistema impositivo. La permisividad con estos comportamientos supone la otra cara de la moneda de las tendencias a la dualización del IRPF, representando nuestra renuncia social de facto a la imposición sobre la renta global – un ideal muy del siglo XX.

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[1] Para simplificar, la tabla 2 muestra solo estos resultados para el año 2001; una versión completa está disponible en el artículo publicado online. En general, y como es de esperar de lo mostrado en la tabla 1, los impactos estimados son menores para 2002-04 (donde los modelos arrojaron más variables no significativas).

[2] Durante el periodo 2000-2018, en la OCDE el impuesto sobre la renta ha representado de media un 8,1% del PIB; un 10,2% en la UE-14. Fuente: OECD Statistics.

[3] Mis resultados son consistentes con los de Alstadsaeter et al. (2019), que muestran cómo la ocultación offshore de riqueza está concentrada en la parte alta de la distribución de la misma, y que las participaciones del top en la riqueza se incrementan notablemente al incluir la fracción oculta.

Hay 4 comentarios
  • Antes de nada, decirle que el artículo es muy interesante. Sin embargo, siempre he pensado que la mayor cantidad de fraude se debe al sistema de tributación por módulos. Este sistema no sólo es que suponga una dejación de funciones de la Administración, sino que, además, permite un fraude inmenso, así como cualquier negocio que maneja mucho dinero en efectivo, ¿considera igualmente que el fraude de rentas altas del capital supera al derivado de los módulos o, no se tiene en cuenta porque en realidad no se trata de fraude?

    Muchas gracias y enhorabuena por el artículo.

    Por cierto, me gustaría plantear algún post sobre la desigualdad provocada por el concierto vasco y navarro y el cálculo del cupo y la aportación, sería interesante.

    • Estimado Fernando, muchas gracias por su comentario, y por las felicitaciones.

      Los efectos del sistema de módulos, que, como dice, seguramente sean también perjudiciales para la equidad, deberían estar capturados en los resultados. La estimación que realizo aquí no permite distinguir fraude en sentido estricto (legal) de otros tipos de "infradeclaración de rentas" legales o en la zona gris. Sin embargo, si mis cálculos son correctos, parece que el fraude en las rentas altas del capital sería mayor.

      Estoy de acuerdo en que tendría mucho interés valorar desde este punto de vista los sistemas vasco y navarro. Por desgracia, obtener datos al respecto es muy complicado! Los microdatos del Instituto de Estudios Fiscales que utilizo aquí no incluyen las declaraciones de dichas regiones.

      Saludos cordiales,

      Sara

  • Bienvenido sea cualquier escrito crítico sobre la imposición en España. El sistema del impuesto sobre la renta y su supuesta progresividad es para morirse de risa. Además de los mecanismos clásicos del fraude habría que tener en cuenta el que podemos llamar fraude "legal", es decir toda esa maraña regulatoria por la que las rentas altas o muy altas consiguen ver reducidos sus impuestos sin hacer nada ilegal. O revisar los tramos del IRPF: a partir de unos 60000 euros al año ya alcanzas el marginal, lo cual es poco compatible con un impuesto progresivo. Pero en fin, ya es sabido que quien hace las leyes tiene la sartén por el mango.

    • Estimado Esteban,

      gracias por tu comentario. Aunque aquí no entré en los detalles técnicos, la estimación en la que se basa la entrada se refiere a fraude en sentido amplio - es decir, incluyendo lo ilegal y otras formas de "infradeclaración de rentas", legales o en la zona gris que hay entre ambas. Esta complejidad, como dices, no ayuda a la equidad en el impuesto.

      Un saludo

      Sara

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