Pensiones de invalidez: el increíble programa menguante

por Sergi Jiménez (@sergijm64), Arnau Juanmartí y Judit Vall

hombremenguanteHace tiempo que teníamos pensado escribir sobre las pensiones de invalidez, que han jugado y juegan un papel importante en las jubilaciones anteriores a los 65 años y que de hecho las condicionan.  En el post de hoy analizaremos la relación entre pensiones y ciclo económico. En un próximo post analizaremos la relación entre pensiones de invalidez y oferta de trabajo (en el contexto de la actual crisis económica), incidiendo sobre las lecciones que podemos extraer sobre compatibilización de prestación (de jubilación) y trabajo. Como veremos en el post que nos ocupa hoy el comportamiento de las pensiones de invalidez ha sido muy dispar en las dos grandes crisis de la economía española (1975-1984 y 1997-2014?). Por otra parte, la evolución en los últimos veinte años, incluyendo la reciente crisis, confirma que  las pensiones de invalidez son una realidad menguante.

Un poco de regulación

El programa de pensiones de invalidez permanente español no es ni muy grande ni muy pequeño comparado con otros países Europeos (véase Disney et al, 2010).  Además considera prestaciones muy similares a países de nuestro entorno, con una generosidad que se situa sobre la media de los países de la OECD pero un grado de integración (laboral) considerablemente menor. La ley 26/85 distinguía entre cuatro niveles de invalidez permanente, dependiendo de su grado. Desde entonces, la legislación ha reducido formalmente su número a tres,  pero también ha incorporado un caso especial con el propósito explícito de usar los fondos de invalidez para subsidiar los despidos de trabajadores en edad avanzada de determinados sectores o áreas geográficas políticamente sensibles (véase aquí para una descripción detallada de la regulación respecto a pensiones de invalidez).

El primer nivel es la incapacidad permanente total para la profesión habitual (IPT), que corresponde a incapacidades para ejercer la profesión habitual. El caso especial al que anteriormente se hacía  referencia, se denomina incapacidad permanente total cualificada para la profesión habitual, englobado en la categoría  precedente pero específico para trabajadores con mas de 55 años y que se encuentran en una situación socioeconómica particular. El segundo nivel, incapacidad permanente absoluta (IPA) corresponde a incapacidades para hacer cualquier tipo de trabajo. El tercer nivel, gran invalidez (GI) requiere, además, atención por parte de terceras personas con el fin de realizar las funciones vitales básicas.

La base reguladora depende de la causa de invalidez y ha sufrido algunas variaciones en el tiempo, aunque en las últimas reformas ha tendido a converger con el cálculo de las de pensiones de jubilación. Para incapacidades del primer nivel, la pensión es equivalente al 55 por ciento de la base reguladora (por debajo del porcentaje que se consigue a la primera edad en la que la jubilación es posible), y esta crece hasta el 75 por ciento (por encima) para personas que pertenecen al subgrupo de mayores de 55 años. Para alguien del segundo nivel (IPA), la pensión es equivalente a la base reguladora, mientras que para alguien del tercer nivel, esta es igual a la base reguladora incrementada en un 50 por ciento para cubrir los gastos de la persona que debe cuidar del incapacitado.

A diferencia de las pensiones de jubilación, las pensiones de invalidez son compatibles con la percepción de ingresos procedentes de alguna ocupación diferente a la que produjo dicha invalidez. Además, las IPA o GI están exentas del pago de impuestos. No ocurre lo mismo con las prestaciones de incapacidad permanente total o parcial, que desde 1994, al igual que las prestaciones por desempleo, están sujetas al pago de impuestos, aunque tienen asociadas importantes deducciones impositivas que reducen notablemente los pagos impositivos (y más aún en el caso de trabajar, actualmente por encima de los 10000 euros de deducción).

Pensiones y ciclo económico

El grafico 1 resume la evolución absoluta y relativa de las (nuevas) pensiones de invalidez y también de las pensiones de jubilación. El panel superior izquierda presenta la evolución del volumen de altas de pensiones de invalidez en relación a indicadores de ciclo. Las líneas verticales indican las dos reformas más importantes desde el punto de vista de las pensiones de invalidez. Observamos en primer lugar que la respuesta de las pensiones de invalidez a las dos grandes crisis de empleo de la economía española ha sido muy dispar: suben espectacularmente en la primera (1975-1985) y decrecen en la segunda (2007-2013).

Tal y como muestran Boldrin et al (2001), en la primera crisis las pensiones de invalidez fueron ampliamente usadas como un mecanismo de jubilación anticipada por trabajadores afectados por planes de reconversión industrial (minería, acero, construcción naval, etc.), como sustitutas de subsidios de desempleo de larga duración en regiones desfavorecidas (en García-Gómez et al, 2010, se muestra que la variación regional es muy importante), o como mecanismo de jubilación anticipada en sectores que no disponían de esta opción. Es decir predominaron las pensiones de invalidez por MOTIVOS ECONOMICOS y no de salud.

Gráfico 1. Flujo de pensiones de invalidez y pensiones e indicadores económicos. 1976-2012.

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El flujo de nuevas pensiones de invalidez, como porcentaje de la población ocupada, o tasa de invalidez (véase el panel superior derecho) creció muy rápidamente, desde el 0,7 por ciento en 1975, hasta alcanzar el 1,5 por ciento en 1983. La reforma de 1985, que endureció ostensiblemente los requisitos de concesión de pensiones de invalidez, sirvió para poner el fenómeno bajo control. Las tasas de invalidez descendieron a continuación, estabilizándose a partir de 1989 alrededor del 0,6 por ciento hasta 1995, para decrecer suavemente desde entonces. De hecho, en la reciente gran crisis no vemos ninguna respuesta de las PI al crecimiento de la tasa de desempleo, más bien al contrario, el tamaño del programa mengua con la crisis. En definitiva, no ha habido manga ancha (un maná de pensiones de invalidez por motivos económicos) como en los 80's, y la mayoría de pensiones de invalidez se derivan de problemas (severos) de salud o pérdida de capacidad de trabajo.

Antes de explicar las posibles causas déjennos (que nuestro esfuerzo nos costaron) explicar el resto de gráficos. El panel inferior izquierdo del Gráfico 1 presenta la tasa de jubilación (respecto a la población empleada) en la economía española desde 1976. Nótese que el ajuste de ésta con la tasa de desempleo es extraordinario (r=0.75, mucho más grande que la correlación de la tasa de desempleo con las pensiones de invalidez  -de 0,48 a partir de 1985- ya mostrado aquí). En definitiva, encontramos que la tasa de jubilación es (sigue siendo) fuertemente contracíclica, básicamente porque los desempleados se retiran a una tasa mayor que los empleados (véase aquí y aquí para España y aquí y aquí para EEUU).

Finalmente, en el panel inferior derecho presentamos el ratio de (nuevas) pensiones de invalidez respecto a nuevas pensiones de jubilación.  En el mismo podemos identificar dos políticas bien diferenciadas: hasta 1985 la mayoría de pensiones eran de invalidez (por encima del 150 por ciento en 1982), relativamente más generosas (ya que o bien están exentas de impuestos o tienen importantes deducciones), y por tanto,  mucho más atractivas. Desde 1985, las pensiones de invalidez se conceden a menor tasa y se estabilizan entorno al 60-70 por ciento para bajar en los años de crisis hasta el 35-40 por ciento actual.

¿Cuáles son las probables causas de la dispar reacción al ciclo?

De hecho son muchas y muy variadas aunque nosotros queremos destacar tres de ellas. En primer lugar a partir de la ley de 1985 hay un endurecimiento notorio en la concesión de pensiones de invalidez, reforzado en la ley 1997. Con estos cambios la concesión de pensiones de invalidez por motivos económicos, aunque no se elimina (véase Disney et al, 2010), al menos se reduce notablemente.  Una segunda causa es que mientras que a finales de los 70 y principios de los 80 la caja de la seguridad social estaba muy boyante, en los años recientes el horno de la Seguridad Social no está para bollos (tal y como mostramos aquí, el balance cotizaciones vs. prestaciones ha sido, hasta hace pocos años casi siempre positivo). Finalmente, la causa más importante de la caída de la tasa de invalidez (respecto a la población ocupada) y del ratio (nuevas) pensiones de invalidez vs. pensiones de jubilación se encuentra muy probablemente, tal y como muestran los paneles de la columna derecha, en la caída del peso en el empleo de los sectores que tienen más riesgo de invalidez (industria + construcción), que prácticamente reducen su peso a la mitad en estas tres últimas décadas (y que lleva aparejado una notable reducción del número de accidentes, véase, por ejemplo aquí). Los datos (excepto cuando se los tortura) nunca mienten, la correlación entre el peso de la industria + construcción en el empleo total  con la tasa de invalidez es de 0.73 y con el ratio de pensiones de invalidez vs. pensiones de jubilación es de 0.93!!! Adicionalmente, en la regresión del ratio entre pensiones de invalidez y jubilación respecto al ratio industria + construcción, tasa de paro y crecimiento del PIB (véase la Tabla 1), el primer factor es claramente el más importante.

Tabla 1. El ratio de nuevas pensiones de invalidez y jubilación. 1976-2012.

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Conclusión

Las pensiones de invalidez, que jugaron un papel muy importante como generoso mecanismo de prejubilación en los 70s y 80s, han perdido importancia en la economía española, debido a, entre otros factores (técnológicos y regulatorios),  la caída de los dos sectores económicos (industria y construcción) con más probabilidad de generar pensiones de invalidez. ¿Es ello el resultado de una política injusta? Si por el camino no se ha dejado de conceder ninguna pensión de invalidez por motivos de salud, creemos que no. Lo justo, una vez se ha controlado por salud, es tratar a todos los individuos por igual.

Hay 8 comentarios
  • Se os ha colado un "a incorporado" en el segundo párrafo que hace daño a la vista.
    Enhorabuena por el post.

  • Hola Sergi. Gracias por la entrada!
    ¿Se puede ver también el recorte en el ratio de incapacidades permanentes Absoluta/Total?
    ¿En estas tres décadas, no se observa una mejora de la salud de la población de 45-64 años que pueda explicar el ratio de incapacidad/empleo?

    • Hola Floren, gracias por el comentario.

      Respecto a tu primera observación, en una investigación en curso que tenemos, no vemos evidencia clara de lo que dices, ni tampoco en sentido contrario. Respecto a la segunda, el que mencionas es uno de los factores adicionales que no hemos comentando en nuestra entrada y que sin duda puede ser importante. Tenemos otra investigación en curso sobre work capacity, dentro del International Social Security group del NBER, que toca tangencialmente este tema. En cuanto tengamos resultados, intentaremos hacer un post sobre ello.

      Sergi

  • Hay algo importante que por experiencia familiar he constatado. En sanidad y derivado claramente de las políticas aplicadas se tiende a rebajar la gravedad de la situación de los enfermos. No sólo afecta a IPT o a IPA, también a la concesión y al grado de discapacidades. Llega incluso a afectar a las bajas. Se trabaja enfermo, con mayor peligro de contagio y con las facultades disminuidas por no ver disminuidos los ingresos y por miedo a perder el puesto de trabajo.
    Las políticas sanitarias y económicas han sido y son determinantes

    • Hola Marga, evidentemente el criterio de concesion es otro factor importantisimo que explica la evolucion. Desde 1997 no ha parado de endurecerse. En los ultimos años ha seguido una evolucion parecida a los criterios de evaluacion de la dependencia. Esperemos que mejore en los próximos años

      Sergi

  • ¿Por que motivo las pensiones de invelidez absoluta no están sujeta al IRPF? No es un incentivo. Yo conozco a muchos compañeros que siempre intentan jubilarse por invalidez (en los tribunales) poco antes de la jubilación por edad.

    • Hola Antonio, es una buena pregunta. Lo mas sensato que es una forma de compensar los "costos" derivados de tener problemas graves de salud. Sin embargo, en el caso de pensiones de invalidez por motivos económicos no tendría justificación.

      Sergi

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