El pasado mes de agosto, por vía de urgencia y sin referéndum, el Congreso aprobó la reforma del artículo 135 de la Constitución Española. La grave situación económica y la necesidad imperiosa a la hora reaccionar ante ella, propició que los dos grupos mayoritarios de la Cámara llegaran al primer acuerdo de calado para tocar la Constitución desde 1978.
El objetivo de la reforma constitucional es el de dotar al Estado de herramientas suficientes para contener el Déficit Público.
Llega la hora del desarrollo normativo mediante una ley orgánica del artículo 135. En este contexto Fedea organiza la Conferencia Internacional “Límites constitucionales al gasto público: ¿ayudan a salir de la crisis? La experiencia internacional”, que tendrá lugar el próximo día 20 en la Bolsa de Madrid.
En este encuentro se estudiarán los casos de tres países que ya cuentan con un sistema normativo e instituciones como las que debe de desarrollar España durante este año: Suecia, Reino Unido y Chile.
Contaremos con la presencia de John Hassler (Subdirector del Consejo de Política Fiscal sueco), Stephen Nickell (Responsable de la Oficina de Budget Responsibility del Reino Unido) y Mario Marcel (Subdirector de la Unidad Public Governance and Territorial Development en la OCDE).
¿Han servido para algo esas reglas constitucionales? ¿Cómo ha sido su desarrollo? ¿Qué instituciones han sido creadas para asegurar el buen funcionamiento de las mismas? ¿Es suficiente una regla fiscal con rango constitucional para solucionar nuestros problemas de endeudamiento?
Sin duda son muchas las lecciones que podemos aprender de otras reformas similares en todo el mundo. Nuestro querido Jesús Fernández-Villaverde nos ayudará a identificar las claves de esas reformas, los puntos fuertes y débiles que las caracterizan y su relación con el caso español.
Esta es una gran oportunidad para nuestro país. Una regla constitucional bien desarrollada, dotada de instituciones independientes y capaces, que busquen el consenso social y la estabilidad a largo plazo, ayudará a la gobernanza de la economía, pero no debemos de olvidar que una reforma de este tipo por si sola no es suficiente. Se deben de abordar los problemas estructurales que aquejan a nuestra economía: la reforma del mercado de trabajo, del sistema financiero, de la educación y de la sanidad.
Durante la Conferencia y en nuestro ánimo de influir positivamente en el desarrollo de nuestra sociedad mediante la investigación económica, daremos a conocer una serie de propuestas basadas en la experiencia internacional para el desarrollo normativo de la que ha sido la primera reforma constitucional de nuestra joven democracia. Esperamos contar con vuestra presencia. La entrada es libre pero se recomienda confirmar la asistencia porque el aforo es limitado
Hay 7 comentarios
Excelente idea! Seria genial que pudieran colgar los papers/presentaciones en la red para aquellos que no podamos asistir podamos hacernos una idea de lo bien que estuvo la conferencia 😉 Mil gracias y animo para el 2012.
Gran idea, sí señor!
De todas formas, lo que nos preocupa a muchos no es si es bueno contener el déficit estructural a largo plazo (es, obviamente, bueno y necesario) sino por qué reformamos nuestra Carta Magna en estos términos y no lo hacemos para decir, por ejemplo, que nadie en nuestro país se va a quedar sin vivienda, prestaciones sociales, trabajo, etc. O mejor, algo cuantificable, podríamos poner en la CE que el índice de Gini de la distribución de la renta va a dejar de incrementar año tras año. Esto último no estaría mal en el siglo XXI ¿no? Mucha gente pensamos que blindar a los acreedores (banca) en nuestra CE mientras no blindamos derechos fundamentales es, como mínimo, deleznable. Tenemos un grandísimo problema de deuda pública pero los orígenes se han soslayado, como también se ha soslayado que lo que tenemos es un problema de desigualdad en la distribución de los recursos (viviendas, trabajos, rentas...). Que las arcas se resienten en nuestro país con la crisis más que en otros por nuestra escasa conciencia cívica (crisis=trabajos sin contrato, justificación para no pagar impuestos...), porque nuestro sistema impositivo carga muchísimo sobre las clases bajas y medias (que ahora no tienen empleo), y otros temas fundamentales también parecen haberse olvidado.
Ya se ha discutido sobre esto en este blog varias veces pero, como en tantos temas, ya hemos pasado del que es para muchos el verdadero debate al denominado (o, más bien, nos gusta denominar a los economistas) "debate técnico". A veces nos perdemos un poco...
Saludos
¿Hay alguna posibilidad de que lo grabéis y lo colguéis para los que no podemos asistir?
Gracias y un saludo
Sí, eso estaría muy bien para los que no trabajamos en esto
Dos reflexiones
a) En Derecho existe la disciplina del Derecho Comparado; en Gestión Empresarial existe el Método del Caso. Cuando estudié Económicas (y Empresariales, rama de Económicas), a lo largo de los cinco cursos académicos, no vimos algo similar aplicado a la economía y creo que esta fue una de las grandes carencias de la carrera. La conferencia viene a ser Derecho Comparado y también Método del Caso aplicado a la economía (Macroeconomía). Por lo tanto mi enhorabuena, creo que necesitamos mucho de esto.
b) ¿Y el endeudamiento privado? Muchas veces he reflexionado acerca de quienes eran los responsables principales (o verdaderos) de la crisis actual (en España). Y siempre llego a la misma conclusión: El Banco de España que no fue elevando el coeficiente de solvencia para frenar el descomunal endeudamiento nacional. ¿No pensáis que además de este límite constitucional sobre el gasto público sería interesante establecer un "coeficiente de solvencia mínimo"? Los Acuerdos de Basilea son recomendaciones y ya sabemos lo que pasó con el Pacto de Estabilidad y Crecimiento.
b) El sobreapalancamiento
Con la reforma del art. 135 de la CE se completó la segunda de las reformas llevadas a cabo sobre la CE, no la primera!
http://www.congreso.es/consti/constitucion/reforma/index.htm
Me parece que es una idea muy interesante mirar a otros paises para ver como han hecho y como les ha ido en esta tarea tan dificil de establecer reglas fiscales. Sin embargo en mi experiencia, las comparaciones internacionales hay que tomarlas con cuidado porque muchos paises tienen caracteristicas institucionales unicas que no se pueden trasladar de unos paises a otros.
Por ejemplo, fijemonos en el caso de Chile. Su regla de balance estrcutural ha sido muy exitosa en terminos de mantener la estabilidad macroeconomica y en aislar la economia de las grandes fluctuaciones del ciclo. Sin embargo, si se mira con mas atencion la implementacion de dicha ley surgen unas cuestiones interesantes que vale la pena analizar:
1. En primer lugar, parte del exito de la regla chilena podria estar derivandose de la propia division de tareas entre el legislativo y el ejecutivo en lo que refiere a la aprobacion del presupuesto. El poder ejecutivo (es decir, el Ministerio de Hacienda) tiene mucho poder, y es la institucion que mas o menos decide lo que se hace en terminos presupuestarios y de politica fiscal. Su poder se refleja en el hecho de que si el presupuesto que manda la congreso no se aprueba, el presupuesto propuesto por el gobierno es el que se ejecuta. Esto es impensable en otros paises con distribucion de poderes mas balanceados, entre el ejecutivo y el legislativo. De hecho, si miramos la historia de la regla de Chile, se deduce que la regla se establecio para limitar el poder del Ministerio de Hacienda!!! En la mayoria de los paises, los problemas presupuestarios a veces no vienen del Ministerio de Hacienda sino de una sociedad que esta fragmentada, con coaliciones en el parlamento y multitud de niveles de gobierno, como Espana, en la que a veces, la calma se obtine a base de gastar mas. De hecho, en mi opinion, la sociedad chilena no esta exenta de estos riesgos, pues puede propducirse una mayor demanda de protagonismo del congreso (o de la sociedad civil--miren que esta pasando con los estudinates) en terminos presupuestarios en proximos anos, o una mayor demanda de descentralizacion de las regiones, y eso puede poner la regla chilena a prueba.
2. La regla chilena, aunque muy exitosa, en realidad ha sido relativamente prociclica en los ultimos anos. Esto se debe a que no es exactamente una regla sobre el gasto. Es una regla sobre le balance estructurla, que se fija en un numero (zero por ciento del PIB por ejemplo en 2009), y los gastos se obtienen como residuo una vez se claculan los ingresos estrcuturales. Dichos ingreso estructurales se clacuan segun la correcion del ciclo economico, pero tambine a traves de calcular los ingresos del cobre que correspnderna a un precio de largo plazo (el cual en los ultimos anos ha estado por debajo del precio real en el mercado). Sin embargo, el precio de largo plazo del cobre, que o fija un Comite de Expertos independiente del gobierno, ha sido aumentado, de forma significativa (con uan base cuestionable, porque quien sabe cual es ese precio y como se mueve), lo cual se ha traducido en una aumento significativo (de dos digitos) del gasto primario en terminos reales en los ultimos anos.
Al final la regla que yo creo los paises debn seguir es uan regla de gasto, que consista en limitar el crecimiento del gasto al crecimeinto potencial de la economia. Period.
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