Jubilación Flexible

por Yarine Fawaz, @sergijm64 y Alfonso Sánchez Martín

 Las dificultades financieras derivadas del envejecimiento para los sistemas de pensiones de reparto  son ampliamente conocidas. La búsqueda de sostenibilidad se ha centrado en soluciones paramétricas (eg. retrasos en la edad de jubilación normal, prácticamente un año en los últimos quince en los países de la OECD) y/o inclusión de mecanismos de ajuste automático, como en el reciente caso español.  Una tercera vía explorada en algunos países, constatada una mayor longevidad y en mejor salud de los individuos (aquí), consiste en permitir (con posibles restricciones) una mayor compatibilidad entre trabajo y percepción de pensión (véase aquí, aquí, y, sobre jubilación anticipada, aquí y aquí).  La lógica de este mecanismo se sostiene en la relación existente entre los tipos impositivos efectivos soportados por los trabajadores de mayor edad y su oferta de trabajo (Gruber y Wise 1999, 2004).

Interpretando una mayor compatibilidad como un menor tipo impositivo efectivo, cabría esperar un aumento en el esfuerzo laboral de los mayores, mayores ingresos por contribuciones y, quizás, una mejora de la situación financiera del. Además, la posibilidad de compatibilizar trabajo y pensión, abre una nueva vía de aseguramiento ante posibles recortes (inesperados) de los derechos de pensión que esperan los individuos. Esto es especialmente importante para aquella fracción de la población que no puede ahorrar de forma complementaria a la pensión pública y que, en la vejez, gozan de relativamente buena salud.

El panorama internacional muestra una gran diversidad institucional en la regulación de la relación entre trabajo y pensión. La tendencia general es hacia permitir la compatibilidad con cada vez menos restricciones, especialmente a partir de la edad normal de retiro (ENR). En la figura 1 observamos que en las edades que preceden a la ENR, la compatibilidad suele ir acompañada de restricciones más o menos severas. En cambio, a partir de ésta, empieza a dominar la compatibilidad sin restricciones. Observamos un gran abanico de opciones que se extiende desde la plena compatibilidad de trabajo y cobro de pensión (UK, Alemania) a los casos de completa incompatibilidad  en que existe una vinculación férrea entre el cobro de pensión y el abandono del mercado de trabajo  (como la existente en España antes de 2011).

Figura 1. Compatibilidad trabajo-pensión en algunos países

La literatura previa (tanto en forma reducida, Baker & Benjamín, 1999, o Disney and Smith, 2002; como estructural,  Gustman & Steinmeier, 2004, o Benitez-Silva et al, 2007; o, finalmente, teórica, Cramer et al (2006, 2008)) ha encontrado efectos apreciables en la oferta de trabajo y efectos pequeños sobre la decisión de cobro de pensiones.  La mayoría de estos trabajos se han centrado en análisis de los efectos de los ``test de ingresos'' (aquí) sobre la renta laboral de los pensionistas.

¿Qué nos dice la teoría de ciclo vital sobre la compatibilidad empleo/pensión?

En un trabajo conjunto, en progreso, analizamos las consecuencias de separar las decisiones de cobro de la pensión (claiming) y trabajo en un modelo de ciclo vital con restricciones de crédito. En el mismo extendemos el modelo de ciclo vital de Sánchez- Martín (2002) y utilizado en, por ejemplo, Jiménez-Martín y Sánchez-Martín (2007, 2015).  Se trata de un modelo en tiempo continuo en que los agentes deciden, a cada edad, el momento óptimo de jubilación y los mejores perfiles de consumo, ahorro y horas trabajadas. Para ello tienen en cuenta el proceso dinámico de sus ingresos laborales, su expectativa de supervivencia y los retornos obtenidos por el ahorro (dadas sus decisiones de cartera).

La Figura 2 representa la regla de decisión sobre trabajo (panel superior) y decisión de pedir pensión (panel inferior) para dos individuos representativos. Las implicaciones de la compatibilidad son bastante claras. Al pasar de un sistema incompatible (azul) a uno compatible (rojo), la decisión de pedir la pensión no varía mucho, pero la decisión de trabajo puede variar mucho, en ambas direcciones. Dependiendo del peso de las poblaciones (y cómo evolucionen en el tiempo)  que quieres trabajar más (izquierda) y menos  (derecha), y de las restricciones, test de ingresos (aquí), que se les imponga a ambas situaciones, puede aumentar o disminuir la oferta de trabajo.

Figura 2. Reglas de decisión sobre trabajo y petición de pensión en un modelo de ciclo vital

De hecho, en Jiménez-Martín y Sánchez-Martín (2015, mimeo), comentado en un anterior post (aquí), se muestra que la separación de las decisiones de  cobro de pensión y de oferta de trabajo (jubilación) es buena para el bienestar de la mayoría de los individuos y también para la seguridad social.

¿Qué factores decantan la balanza hacia la compatibilización? Evidencia preliminar e incompleta con el SHARE

La figura 3 presenta evidencia en dos momentos del tiempo (2004-2006 y 2013-2015) sobre compatibilidad para individuos de 60-65 (panel izquierdo) y 66-75 (panel derecho) usando datos del SHARE. Resulta evidente que la compatibilidad ha aumentado en el tiempo tanto en las edades de jubilación anticipada como después de la edad normal de retiro. Nótese que la compatibilidad es relativamente más importante en aquellos países que ponen menos pegas a la misma según lo relatado en la figura 1 (aunque esto podría esconder otros factores, como la generosidad relativa a cada rango de edades y en cada país, que de momento no consideramos).

Figura 3. Compatibilidad pensión-trabajo. Países del SHARE. 60-65 y 66-75.

¿Qué factores explican la compatibilidad? Aunque no podamos calificarlo como evidencia causal, las figuras 4 y 5 nos ilustra sobre dos de los más importantes en 2013-2015 (olas 4 y 5 del SHARE): educación y salud respectivamente. En la medida que estos factores afecten positivamente y mejoren con el tiempo (como así parece indicarlo la evidencia disponible, véase al respecto el reciente informe de la OECD Preventing age inequality), y las pensiones mantengan una senda de generosidad decreciente, la propensión a compatibilizar tenderá a aumentar

Respecto a la educación, vemos que, en ambos grupos de edad, en general la compatibilidad aumenta con el nivel educativo. Para el caso de España también es así, aunque es más difícil de percibir ya que la propensión a compatibilizar no llega (ni de lejos) al uno por ciento.

Figura 4. Compatibilidad y educación. Países del share. 60-65 y 66-75.

En la figura 5 presentamos los mismos conceptos para tres indicadores de salud: tener buena o mala salud autopercibida, tener dos o más problemas de salud crónicos y tener una fuerza de agarre o prensión alta (grip strength). En los tres casos y para los dos grupos de edad y en prácticamente todos los países (incluido España, aunque en este caso, es difícil de percibir) observamos que la propensión a compatibilizar es mayor entre aquellos con mejor salud, menos problemas crónicos y más fuerza de agarre o prensión.

Figura 5. Compatibilidad e indicadores de salud. Países del share. 60-65 y 66-75.

Finalmente,  la primera columna de la tabla 1 nos resume estos efectos sobre la probabilidad de compatibilizar para los países del share que están presentes en las primeras y últimas olas. Encontramos que la probabilidad es mayor para el grupo de 65-69, para los que tiene educación superior (especialmente aquellos que tienen buena salud), para los que tienen mejor salud, y menos problemas crónicos y que aumenta con el paso del tiempo. Nótese que ninguno de los coeficientes, excepto del grupo de edad 65-69, supera el uno por ciento, lo que denota que aún hay mucho margen de mejora.  Específicamente para España (columna 2) los resultados muestran que no hay ningún factor educativo o salud que contribuya a explicar la probabilidad de compatibilizar.

Tabla 1. Algunos determinantes de la probabilidad de compatibilizar en países del SHARE y España

EL caso español en profundidad: el RD 4/2013 y sus resultados

Hasta 2013 la compatibilización era prácticamente imposible (de hecho en las olas 1 y 2 del share no se detecta individuo alguno compatibilizando). Si bien había la posibilidad de jubilación parcial o flexible, éstas no se pueden considerar propiamente como formas de compatibilización ya que siguen más un concepto de tiempo (se divide un hipotético 100 entre pensión y trabajo) que de ingresos.

Desde 2013 (Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo) es posible la compatibilización aunque bajo condiciones muy restrictivas, especialmente para los trabajadores por cuenta ajena. Así, los pensionistas que quieran compatibilizar su pensión con el trabajo, deberán (1) haber cumplido la edad legal de acceso a la jubilación ordinaria, y (2) haber alcanzado una tasa de reposición de la base reguladora del 100% . Finalmente, la empresa que los contrata deberá mantener el (resto) del empleo durante un periodo substancial (también es posible recibir la pensión de jubilación y trabajar por cuenta propia si los ingresos anuales totales no superan el Salario Mínimo Interprofesional en cómputo anual -y sin la obligación de cotizar por las prestaciones de la Seguridad Social),  La cuantía de la pensión será equivalente al 50% del importe resultante en el reconocimiento inicial. Durante el periodo en el que se siga realizando el trabajo, los empresarios y los trabajadores cotizarán a la Seguridad Social únicamente por incapacidad temporal y por contingencias profesionales, aunque estarán sujetos a una cotización especial de solidaridad del 8% (lo cual es discriminatorio respecto a otros trabajadores).

¿Qué resultado práctico ha tenido la ley?. La  Tabla 2 resume los pensionistas que al final de cada año han optado por la compatibilidad en uno u otro régimen de cotización. En marzo de 2017 sólo 33823 trabajadores estaban optando por la compatibilización, 84 por ciento de ellos autónomos. Tomando la cifra más reciente de jubilados entre 65 y 74 años como referencia, vemos que hay como 0,6 millones de jubilados autónomos y 2,85 millones por cuenta ajena en ese rango de edades. Con esas cifras, un calculo aproximado nos indica que la probabilidad media de compatibilizar es 4,75 por ciento en el régimen de autónomos y 1,78 por mil en el régimen general (muy parecida al promedio que se encuentra en el share). Es decir, ¡es un 2600% más probable compatibilizar si autónomo que si trabajador por cuenta ajena!

Tabla 2. Trabajadores que compatibilizan pensión y trabajo en España

Reseñar que, recientemente, la reforma de los autónomos (ley de 25/10/2017) ha introducido la posibilidad de compatibilizar sin penalización para aquellos autónomos con al menos un trabajador por cuenta ajena, lo que, aunque beneficioso para este colectivo, sin duda contribuirá a aumentar la brecha entre colectivos.

Concluyendo

La compatibilización entre pensión y trabajo es en general buena para los individuos y una fuente de aseguramiento y protección (ante shock de ingresos) para muchos de ellos, especialmente aquellos que tiene muy difícil o directamente imposible ahorrar de forma privada (y se encuentran en una relativamente buena salud). La propensión a compatibilizar está aumentando porque la mejora de la salud de los individuos en edades avanzadas junto a las presiones derivadas de los procesos de envejecimiento (que dificultan la financiación vía reparto y que disminuyen el peso relativo de la población joven) que sufren (o sufrirán) todos los países avanzados así lo están facilitando. Por ello, merece la pena invertir un poco de esfuerzo en regularla óptimamente, evitando los (numerosos) errores del pasado. Establecer un esquema con compatibilidad sin restricciones a partir de la ENR y con alguna restricción antes de esa edad (especialmente para aquellos con mayor disponibilidad a pagar) sea, probablemente, la mejor opción

Hay 5 comentarios
  • Sergi,
    Muy interesante. Tengo la impresión de que la jubilación flexible encaja mejor en sistemas de contribución definida que en los de prestación definida (cuyo objetivo, al fin y al cabo, es la sustitución de rentas laborales). Si es así, creo que seria importante tenerlo en cuenta en posibles propuestas de reforma.
    Saludos,
    JFJ

    • Hola JF, intuyo por donde va tu comentario, pero creo que no tienes razón. Separar ambas decisiones es siempre beneficioso para los individuos y, bajo pequeñas restricciones, para el
      sistema de pensiones

      Sergi

  • Resultados muy interesantes y con implicancias de política muy coherente en un contexto de creciente esperanza de vida y mejoras en paralela dela salud en edades avanzadas. Me pregunto cómo se ajustarían los resultados en contextos diferentes como los de LatAm donde la informalidad limita la cotización a pensiones y a la percepción de derechos en la edad oficial de retiro.

    • Hola, es dificil de determinar. Probablemente la informalidad y los escasos derechos de pensión acumulados fuerzan a muchos individuos a seguir trabajando más allà de lo deseable.
      Sergi

  • Cuesta entender nuestra incapacidad como sociedad para aceptar el hecho de que los sistemas piramidales, como es nuestro sistema de pensiones, son insostenibles.

    Es obvio que uno puede prolongar la vida de un sistema piramidal reduciendo la rentabilidad prometida (aumentando las contribuciones y/o reduciendo las prestaciones), aumentando la base de "primos" (aportadores) o reduciendo el número de perceptores de "retornos".

    Da mucha pereza ver como se intentan todo tipo de soluciones que solo ponen de manifiesto el caracter conceptual y estructuralmente piramidal del sistema y, por lo tanto, su insostenibilidad en una muestra amplia de condiciones demográficas y de retornos financieros que pudiera deparar el futuro.

    Creo que es materia para los sociólogos el entender nuestra resistencia irracional a aceptar una verdad (la insostenibilidad de los sistemas piramidales) que nadie puede técnicamente negar.

    Mejor dejarse de parches y tomar de una vez las decisiones "políticas" que se "ocultan" detrás de este problema:

    * Decidir a quienes "queremos" complementar las pensiones (no todo el mundo lo necesita)
    * Financiar, con la mayor transparencia posible, desde los PGE la "generosidad" que los políticos decidan que los demás tenemos, obligatoriamente, que tener con los jubilados que "decidamos" que lo necesitan.

    Simple y valiente, lo demás son ganas de no enfrentar los sesgos irracionales que como sociedad tenemos.

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