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Recaudación del Nuevo Impuesto sobre el Patrimonio

La Ley 4/2008 de 23 de Diciembre suspendió el Impuesto de Patrimonio (IP) en nuestro país. Tan sólo 3 años después, y a falta de 15 días para que se disuelvan las Cámaras, el mismo Gobierno lo ha recuperado mediante un Real Decreto Ley para los contribuyentes con una riqueza superior a los 700 mil euros. Las principales razones que se ha señalado para su recuperación han sido que “los ricos contribuyan más” y que esta medida evitará mayores recortes en el Gasto. Sin entrar a valorar la primera razón, el objetivo de esta nota es calcular la recaudación que tendrá este nuevo impuesto en 2012 para saber si la recuperación evitará nuevos recortes en el Gasto.

Para estimar estos ingresos adicionales tenemos que partir de los últimos datos del Impuesto de Patrimonio de 2007 publicados en la Memoria de la Administración Tributaria de 2008. Como se puede ver en el Cuadro 1, había 148.658 contribuyentes en 2007 con una riqueza (Patrimonio neto de deudas) superior a los 750.000 1 euros . Estos pagaron 1.702 millones de euros (0,17% del PIB) en junio de 2008.

El único cambio normativo que se ha producido consiste en la elevación del mínimo exento de 108.182,18 euros a 700.000 2 euros. Esto significa que se mantiene la misma tarifa (véase Cuadro 2: 8 tramos con tipos crecientes que van desde el 0,2% al 2,5%) y el límite a la cuota integra que había en 2007. Este limite restringía la cantidad a pagar de Impuesto de Patrimonio para que no fuera tan confiscatorio, y consistía básicamente, en que la cuota integra de este impuesto junto con la del IRPF no podía exceder del 60% de la base imponible del IRPF (Renta).

En otras palabras este límite significa que no puedes pagar conjuntamente por IRPF y por IP más del 60% de la renta 3 . Como se muestra en el Cuadro 3 este límite era muy importante en estos tramos, y sobre todo, para los contribuyentes con patrimonio superior a los 10 millones de euros ya que sin él hubieran tenido que pagar hasta casi 3 veces más.

Pero eso no quiere decir que la recaudación será de 1.702 millones. Para calcular la nueva recaudación tenemos que estimar la base imponible (Patrimonio Neto) de estas mismas personas en 2011 y también cuantas de estas personas pagaran el impuesto en el 2012 ya que muchos de ellos no llegaran ahora al mínimo de 700.000 euros. Para ello, vamos a suponer que la parte de renta variable y de participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva (IIC) ha evolucionado como el IBEX-35. Hay que tener en cuenta que éstos son los mayores activos en el Patrimonio de estos ciudadanos ya que suponen más del 60% de su riqueza (véase Cuadro 4) y en el tramo superior a los 10 millones de patrimonio, este porcentaje representa hasta el 75%. Para el resto de bienes se mantiene el mismo valor que en 2007. Este supuesto puede ser muy discutible por dos motivos. Primero porque no todos los Fondos de Inversión son de renta variable 4 . Y segundo, porque la valoración de la renta variable que consiste en acciones no cotizadas se realiza por su nominal incluida, en su caso, las primas de amortización o reembolso.

Bajo estos el supuesto, se estima para 2011 la base imponible media de los contribuyentes con una riqueza superior a 750.000 millón de euros (véase Cuadro 5). Posteriormente, se descuenta el mínimo exento de 700.000 euros y se aplica la tarifa de 2007. Para obtener la recaudación final, se ha multiplicado la cuota integra media de cada tramo por el número de contribuyentes del mismo y se obtiene un total de casi 867 millones de euros. No obstante, suponiendo que se mantiene el ajuste en la cuota 5 , la recaudación total de este impuesto sería de 623 millones de euros (0,06% del PIB). Como se puede comprobar las personas que tenían un patrimonio comprendido entre 0,75 y 1 millón de euros en 2007 estarán exentos del pago de este impuesto como consecuencia del deterioro que ha sufrido su patrimonio.

Esta cantidad es muy inferior a lo que ha dicho la Vicepresidenta en la Rueda de Prensa: 1.080 millones de euros. Resulta curioso que esta cantidad que se ha señalado es muy similar a lo que pagaron de IP en 2006 todos los contribuyentes con patrimonio superior a los 750.000 euros: 1.068 millones de euros (véase Cuadro 6). Hay que recordar que en 2005 el IBEX -35 estaba muy por encima que en la actualidad, concretamente en los 10.734 puntos, y el mínimo exento, permanecía en 108.000 euros. Por ello, parece razonable que los 1.080 millones de euros de recaudación esperada por el Gobierno en 2012 sea un límite máximo, es decir, en el mejor de los casos.

En el calculo anterior no hemos tenido en cuenta los cambios de valor en el otro gran activo de los hogares: los inmuebles. La razón es que para el computo del impuesto del patrimonio se considera el mayor de los tres valores siguientes: el valor catastral, el comprobado por la Administración a efectos de otros tributos (este se calcula mediante la aplicación de un coeficiente al valor catastral del inmueble e intenta aproximar el “precio de mercado para la Administración”) y que siempre es muy superior al valor catastral, y el valor de la adquisición. Por ello, aunque haya aumentado el valor catastral de los inmuebles de naturaleza urbana en 2008 y 2009, este está todavía muy lejos del precio de adquisición o del valor comprobado. Dado lo complicado que seria usar precios de adquisicion (que sabemos han bajado en los ultimos dos años) para calcular el impuesto, hemos supuesto que el valor de los inmuebles en 2011 es el mismo que en 2007. Este supuesto hace que los 623 millones arriba reportados sean una cota superior a la posible recaudación.

En conclusión parece muy evidente, debido a la escasa recaudación que va a proporcionar, que la recuperación de este impuesto, no va evitar el ajuste en el Gasto Público que se necesita implementar. Y esto sin tener en cuenta los efectos negativos que va a tener este impuesto sobre el ahorro, la inversión, los costes de gestión en la Agencia Tributaria y de cumplimiento en los contribuyentes.


(1) Se ha utilizado desde 750 mil euros debido a la información disponible en la Memoria de Administración Tributaria.
(2) No obstante, también se ha incrementado la exención por la vivienda habitual de 150 a 300 mil euros.
(3) No obstante había un límite inferior ya que en el supuesto de que la suma de ambas cuotas (IRPF y IP) superase el límite anterior del 60%, se reducirá la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio hasta alcanzar el límite indicado, sin que la reducción pueda exceder del 80 %.
(4) No obstante, cabe destacar que el patrimonio de todos los fondos de inversión en España ha pasado de los 238.716 millones de euros en Diciembre de 2007 a los 135.347 millones de euros a Junio de 2011.
(5) El efecto de este ajuste es menor que en 2007 dado que la tarifa del IP es muy progresiva.