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Pensiones de jubilación ¿para qué, cómo y cuáles?

Esto post lo escribió un "experto" que prefiere quedar en el anonimato.

En el debate sobre la reforma de las pensiones se suelen olvidar algunas cuestiones básicas acerca de cuáles deben (y pueden) ser los objetivos de un sistema contributivo de pensiones y de las diferentes alternativas disponibles para alcanzar dichos objetivos. Si, por fin y de verdad, se va a abordar una reforma del sistema público de pensiones en España, conviene recordarlas.

¿Para qué?

Un posible objetivo de un sistema de pensiones de jubilación es proporcionar a los trabajadores una renta que sustituya al salario a partir de una determinada edad en la que las facultades laborales se resienten. De hecho, los sistemas de pensiones introducidos a finales del siglo XIX y principios del siglo XX aducían esta motivación. En algunos países, mayormente en Europa Continental, el sistema comenzó siendo contributivo y de cobertura general para todos los trabajadores, de manera que estos recibían una pensión en función de los salarios al final de su vida laboral. En el norte de Europa y en los países anglosajones, con una mayor incidencia de pobreza en la vejez, el sistema de pensiones fue inicialmente limitado a los trabajadores de menor nivel de renta a los que se les pagaba una pensión de la misma cuantía a todos ellos.

Alternativamente, se puede concebir un sistema de pensiones de jubilación como un instrumento para asegurar el riesgo de “longevidad”, es decir, para cubrir a los individuos frente a la incertidumbre de la duración de su vida ofreciéndoles una renta vitalicia. En este caso, el Estado garantiza que ningún individuo se quedará sin recursos por el simple hecho de vivir más años de los que contempló cuando planificó sus ahorros.

¿Cómo?

Los sistemas contributivos de pensiones pueden organizarse de varias formas diferentes en función de cómo se combinen el principio que rige la determinación de la cuantía de las prestaciones, por un lado, y, por otro, su forma de financiación.

En cuanto a la determinación de beneficios se distingue entre sistemas de prestación definida y sistemas de contribución definida. Bajo un sistema de prestación definida la pensión de jubilación depende del salario y de los años de empleo del individuo a lo largo de su vida laboral. El objetivo de este tipo de sistemas es conseguir que la relación entre la pensión y el salario al final de la vida laboral guarden una cierta relación. Por el contrario, bajo un sistema de contribución definida la pensión es función del valor acumulado de las cotizaciones realizadas y de la esperanza de vida en el momento de la jubilación. Se trata, por tanto, de un “seguro de vida a la inversa”, no de un instrumento para sustituir salarios.

Por lo que se refiere a la forma de financiación hay dos alternativas: reparto (pay-as-you-go) y capitalización. En un sistema de reparto las pensiones de jubilación de cada generación se financian mediante las cotizaciones realizadas por las generaciones posteriores que se encuentran en el periodo de vida laboral. Por el contrario, en un sistema de capitalización cada generación financia sus pensiones mediante su propio ahorro. Así pues, en un sistema de reparto se producen transferencias intergeneracionales de renta que no se producen en un sistema de pensiones de capitalización.

Aunque es habitual identificar los sistemas de pensiones de prestación definida con los de reparto, por una parte, y los sistemas de contribución definida con los de capitalización, también son posibles otras combinaciones entre las normas de cálculo y la forma de financiación (véase el Cuadro 1). En España tenemos un sistema convencional de reparto y de prestación definida, en el que la pensión depende del historial laboral del individuo. Hay otros sistemas contributivos de reparto y de prestación definida en los que la pensión es una cantidad a tanto alzado fijada por el Gobierno para cada año e independiente del historial laboral de los individuos. También es posible diseñar un sistema de reparto y de contribución definida, como es el caso del sistema de cuentas nocionales individuales que ha sido recientemente introducido en Suecia y en Italia. Los sistemas de capitalización pueden ser, igualmente, de prestación definida o de contribución definida. Los sistemas de contribución definida están ampliamente extendidos en el sector privado, bien a través de los planes de pensiones ocupacionales, o bien a través de los planes individuales de pensiones.  Por otra parte, los sistemas públicos que utilizan fondos de reserva para financiar prestaciones definidas tienen, al menos parcialmente, un componente de capitalización.

Cuadro 1. Sistemas alternativos de pensiones


¿Cuáles?

Cuando se instituyeron los sistemas públicos de pensiones a finales del siglo XIX y principios del siglo XX la esperanza de vida era muy inferior a la edad de jubilación y solo alrededor de un 40% de cada cohorte de población llegaba a dicha edad. Por otra parte, solo una parte pequeña de la población trabajadora tenía suficiente capacidad de ahorro como para contemplar cubrir gastos durante la jubilación. No sorprendentemente, la incidencia de la pobreza extrema durante la vejez era muy elevada. En estas condiciones la solución era obvia: extrayendo pocos recursos de la relativamente numerosa población trabajadora era posible sustituir los salarios de la escasa población jubilada a partir de los 65 años (la edad de jubilación que se eligió en la mayoría de los países). Por ello, muchos sistemas públicos de pensiones se originaron como sistemas contributivos de reparto y de prestación definida con tasas de sustitución cercanas al 100%, es decir, con pensiones de cuantía similar a la de los salarios de los últimos años de vida laboral.

Desde entonces, la situación socioeconómica ha cambiado. La capacidad de ahorrar ha aumentado: según datos de la Encuesta Financiera de las Familias, elaborada por el Banco de España ( http://www.bde.es/webbde/es/estadis/eff/eff.html ), en 2005 un 50% de las familias cuya persona principal tenía entre 55 y 64 años poseía una riqueza neta valorada en más de 185 mil euros. Por lo que se refiere a la demografía, en la actualidad, de cada cohorte de población, más del 90% llega a los 65 años; la esperanza de vida a los 65 años es de casi 20 años y se incrementa al ritmo de un año por década; y la población trabajadora es cada vez menos abundante en relación a la población susceptible de estar jubilada: en 2050, según las proyecciones demográficas del INE, habrá en España 1,75 personas en edad de trabajar (de 16 a 54 años) por cada persona de 65 años o más, cuando en la actualidad esta relación es de alrededor de 4.

¿De verdad, hay quién puede creer que es posible mantener pensiones contributivas de prestación definida con tasas de sustitución de aproximadamente el 80% como son en la actualidad en nuestro país? Parece que solo caben dos opciones. Una es reconocer que, si se mantiene el sistema de reparto y de prestación definida, la tasa de sustitución de las pensiones se tendrá que reducir significativamente. La segunda, mi preferida, es que se cambie la concepción del sistema de pensiones hacia un instrumento de seguro contra el riesgo de longevidad que pueda cumplir lo que promete. Veremos qué ocurre con la reforma en nuestro país, pero me temo que los avances en una u otra vía van a ser, como en el pasado, muy tímidos.

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