La corrupción política en España (2000-2020)_Capítulo 1

Por José Abreu (doctorando ULPGC) y Juan Luis Jiménez

Resulta reiterativo mencionar que la corrupción socava la confianza de los ciudadanos en las instituciones (Solé-Ollé y Sorribas-Navarro, 2018), y es un factor determinante en el desarrollo económico y social de una región (Mauro, 1995; Acemoğlu y Robinson, 2012). Y en el caso de España, la corrupción se ha convertido en uno de los principales problemas de la sociedad como consecuencia de los numerosos escándalos de corrupción política revelados en los últimos años y, además, por el coste que conlleva para las arcas públicas y la economía en general (León et al., 2013; CNMC, 2015; Castañón et al., 2016; Alcalá y Jiménez, 2018).

Tal es así que España es, junto a Croacia, Chipre, Grecia, Hungría, Italia y Portugal, uno de los países donde se considera que la corrupción (percibida) está más extendida (Eurobarómetro, 2022). Además, el 83% los encuestados españoles opina que la corrupción es ejercida principalmente por los partidos políticos (ante una media del 58% en la Unión Europea) y el 67% por sus políticos a todos los niveles territoriales (por un 55% de media en la UE).

La corrupción política en España y sus diferentes efectos ha sido tratada en múltiples ocasiones en este blog (véase aquí, aquí, aquí, aquí o aquí). La mayoría de estos trabajos realizan estimaciones basadas en datos de elaboración propia, al no existir estadísticas oficiales sobre cuántos casos de corrupción política han existido en el país. Y sobre ello versarán las dos próximas entradas en el blog: ¿cuántos casos de corrupción ha habido realmente en las dos últimas décadas en España? ¿Quiénes los han cometido? ¿Qué tipología tienen? ¿Cómo se distribuyen geográficamente?

El principal problema: los datos

Como adelantamos, en España no existe información oficial acerca del número de casos de corrupción política que ha tenido lugar en el país. Aunque desde 2017 el Consejo General del Poder Judicial (en adelante, CGPJ) proporciona un repositorio de datos sobre procesados por corrupción pública, tanto administrativa como política, por territorios, órgano judicial y tipo de procedimiento, no distingue qué casos son considerados como corrupción administrativa y cuáles son de corrupción política; y, además, solo tiene en cuenta aquellas causas “con auto de apertura de juicio oral o de procesamiento, los condenados por sentencia firme y la población reclusa por este tipo de delitos”.

Por lo anterior y como parte de la tesis doctoral que está realizando José Abreu (en proceso), se ha conformado una base de datos que recoge información sobre los casos de corrupción política en España (incluyendo piezas separadas) desvelados en el período 2000-2020, empleando para ello dos hemerotecas digitales: MyNews y Factiva. La localización de cada caso de corrupción en prensa escrita y digital, a cualquier nivel territorial, se ha realizado manualmente a partir de determinados criterios de búsqueda, como por ejemplo el nombre del municipio y el cargo público implicado (alcalde, concejal, presidente, consejero, etc.), así como la utilización del lexema de palabras clave como “imputado”, “investigado”, “condenado” o “absuelto”.

Para el objetivo del trabajo se ha empleado la definición de corrupción recogida por Villoria (2014:160) a partir de la instrucción 1/96 de la Fiscalía General del Estado, según la cual, desde el derecho penal se consideran corruptas “aquellas acciones u omisiones, dolosas o culposas, que pudiendo ser constitutivas de una o varias infracciones delictivas, se realizan por autoridad o funcionario prevaliéndose de su cargo, ya sea con miras a un injusto enriquecimiento o a la obtención de cualquier otro fin, siempre que por su trascendencia, incidan directa y gravemente en el buen orden y gobierno de la colectividad, con grave desprestigio de sus instituciones”.

En cuanto a la inclusión de un caso de corrupción en la base de datos, se atiende a cuatro criterios: 1) que pueda ser considerado un caso de corrupción cuyos hechos se circunscriban al ámbito político: no se incluyen casos de corrupción funcionarial (excepto la llevada a cabo por cargos de libre designación), judicial, empresarial o privada; 2) que la cobertura mediática del caso se haya producido a partir del año 2000 y hasta 2020; 3) que al menos uno de los implicados haya sido llamado a declarar en calidad de investigado (anteriormente denominado imputado) por el órgano jurisdiccional penal competente en el período considerado; y 4) que por lo menos uno de los encausados sea un cargo público representativo, alto cargo, cargo de confianza y/o asesoramiento especial, que ocupe un puesto de libre designación, que haya sido nombrado consejero de una caja de ahorro, que sea militante de un partido político o gerente de una empresa pública (todos ellos quedan englobados con el concepto “cargo” de aquí en adelante).

¿Qué información han utilizado trabajos anteriores?

La literatura académica que utiliza casos de corrupción en España en los últimos años parte, principalmente, de información autoelaborada o de webs como casos aislados. La Tabla 1 resume el número de casos y período analizado por los principales artículos sobre corrupción en España.

Como se puede observar, el número de casos de corrupción política recogidos en estas bases alcanza los poco más de 800 casos, en la más completa de las revisiones.

Veinte años de corrupción política en España dan para mucho (más…)

Pero la corrupción política ha sido (por desgracia) mucho mayor que la encontrada hasta el momento. En las dos primeras décadas del siglo XXI hubo un total de 3.743 casos de corrupción política en España, en todos los niveles de gobierno (siguiendo nuestros criterios de búsqueda y recopilación). Esta cifra más que cuadruplica la mayor de las estimaciones disponible hasta el momento (al menos que conozcamos) y, además, debe destacarse que este número de casos es un límite inferior, dado que puede haber otros aislados en pequeños municipios que no tuvieran cobertura mediática y, por tanto, no pudiéramos localizar.

El Gráfico 1 muestra el número de casos de corrupción con cobertura mediática durante la etapa de estudio, por año de revelación del caso (prensa) e imputación (judicial).

Puede observarse que el período 2009-2015 aglutina el mayor número de casos de corrupción revelados en prensa, concretamente 1.871 causas (casi el 50% del total). Por su parte, la distribución geográfica de estas imputaciones se muestra en la Figura siguiente, donde se destaca que tres regiones acaparan casi la mitad de todos los casos de corrupción: Andalucía (27,5%), Comunidad Valenciana (12,2%) y Galicia (9%). La mayoría de las causas tienen lugar en el ámbito municipal (85,2%), con 1.498 localidades implicadas en algún procedimiento (el 18,4% del total).

No obstante, para establecer una comparativa entre las distintas regiones y no penalizar a las de mayor tamaño, se emplea la tasa de corrupción por 100.000 habitantes, con datos de población a 1 de enero de 2020. Melilla se sitúa con la mayor incidencia acumulada en todo el período, con 24 casos por cada 100.000 habitantes. Le siguen las Islas Baleares y Cantabria con prácticamente 18 y 14,4 casos por 100.000 habitantes, respectivamente.

A nivel provincial (Figura 2), sin contar con Melilla y la uniprovincial Baleares, Ourense se sitúa con la mayor incidencia acumulada en todo el período, con 16 casos por cada 100.000 habitantes. Le siguen León y Málaga, cada una con 15,3 casos.

Resumen

La corrupción política revelada, con todos los efectos negativos que conlleva, ha sido en España hasta cuatro veces mayor a lo obtenido por otros trabajos. La diseminación e incluso el contagio de la corrupción ha supuesto un freno en muchos aspectos de la economía. Pero, probablemente, sus resultados han sido infravalorados.

En la entrada de mañana, donde enlazaremos el documento completo, describiremos quiénes (partidos políticos) realizaron estos actos corruptos, su distribución geográfica, qué tipología presentaban, etc. La imagen no es halagüeña, pero es más real y cercana al país en el que vivimos…

Hay 2 comentarios
  • Muy interesante, sobre todo por la próxima entrada que esperamos con impaciencia. Si el trabajo de Costas que se menciona en el cuadro, ha detectado 817 casos solo de ámbito local y en un periodo más corto, cabe suponer que el número total de casos será muy superior. Y eso teniendo solo en cuenta los detectados porque aquí pasa como con los estudios de economía sumergida (cerca del 25% en España antes de la pandemia): una parte importante no se detecta.
    Una cosa que no tengo muy clara si si considerar el número de casos ponderado por la población, es en este caso una buena medida. SI no se pondera, las regiones con mayor población se verían perjudicadas pero con este sistema puede que quienes se vean perjudicadas son las que tienen menos habitantes. Tampoco veo que se tenga en cuenta alguna medida del "tamaño" de la corrupción (la cuantía de la coima).

  • Hola, Roberto,
    gracias por el comentario. Varias cuestiones al respecto:

    1. El trabajo de Costas et al incluye todos los casos, incluyendo aquellos que no llegaron a tener imputados (investigados). Esta tesis doctoral de José Abreu (yo solo soy uno de sus tutores) solo incluye aquellos casos donde hubo investigados.

    2. Cierto, puede haber casos que no han sido detectados. Por eso lo mostrado son la frontera inferior de la corrupción en España.

    3. El análisis es meramente descriptivo y la ponderación trata de relativizar datos. No hay más allá que ello. El documento de trabajo (disponible en la entrada de mañana), incluye toda la información necesaria.

    Un saludo
    Juan Luis Jiménez

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