Cuando conozco a alguien y me pregunta a qué me dedico o cuando en un formulario me preguntan mi profesión a veces tengo la tentación de definirme simplemente como economista. Bueno, pues al parecer no tengo derecho a hacerlo. El ser licenciado en “Ciencias Económicas y Empresariales” o tener el título de doctorado en Economía no es suficiente.
¿El motivo? No estoy colegiado. Al parecer, el “Estatuto Profesional de Economistas y Profesores y Peritos Mercantiles” no permite utilizar la denominación de Economista a los profesionales que no pertenezcan a un Colegio de Economistas. Esta restricción existe a pesar de que la colegiación no es obligatoria. Puede parecer algo menor, pero en la práctica tiene implicaciones importantes. Para ser administrador concursal, por ejemplo, la ley obliga a ser “economista” lo que en la práctica significa estar colegiado. Irónicamente, para colegiarme solo necesitaría presentar el título y pagar la cuota anual de €164 en Madrid (en Cataluña son €190, por cierto).
Ésta es una de las muchas observaciones de un informe de la CNC que analiza los posibles obstáculos a la competencia que pueden surgir de la actuación de los Colegios Profesionales y que he estado leyendo a sugerencia de un comentario en mi entrada anterior.
El funcionamiento de los Colegios Profesionales ha variado en los últimos años a raíz de cambios legislativos conocidos informalmente como la Ley Paraguas y la Ley Ómnibus de 2009. Uno de los objetivos de estas leyes es adaptar la legislación española a la Directiva Europea de Servicios.
Podemos distinguir dos tipos de efectos de los Colegios Profesionales sobre la competencia. Por un lado, afectan a la entrada de profesionales, mediante los requisitos de colegiación. Por otro lado, pueden imponer restricciones a los precios o características de los servicios que los profesionales pueden ofrecer. Por supuesto, muchas de estas restricciones tienen justificaciones en términos de eficiencia. Otras claramente no.
¿Cuáles son los fallos de mercado que pueden resolver los colegios profesionales? El más obvio sería evaluar la calidad de los servicios que proporcionan los profesionales de ese sector, particularmente en entornos donde la calidad de los servicios es difícil de evaluar por los mismos usuarios. Muchos de estos servicios reciben el nombre en inglés (a falta de que se me ocurra una buena traducción al español) de credence goods (en español "bienes de confianza"); bienes (o servicios) para los que es difícil evaluar muy bien la calidad incluso después de consumirlos. Bajo esta justificación, la colegiación obligatoria debería limitarse a aquellas actividades para las que los usuarios del servicio carecen de la información necesaria y donde el efecto de esta calidad sobre la salud o la seguridad es importante. La Ley Ómnibus formaliza este criterio, pero no enumera qué profesiones se incluirían y remite a una futura ley.
Por tanto, el cometido de los colegios en las profesiones donde la colegiación es obligatoria debería ser garantizar la calidad de los profesionales y añadir información y transparencia en la prestación de los servicios. Se trata de certificar la calidad de los profesionales, no su título.
Sin embargo, con este requisito no alcanza, dados los efectos que la colegiación obligatoria puede tener sobre la competencia. Aunque no existe mucha literatura empírica al respecto una de las pocas excepciones es un artículo de Domberger y Sherr que estudia la liberalización de los servicios legales de los asesores immobiliarios (conveyancing) en el Reino Unido en los años 80. Los autores muestran que esta liberalización conllevó una disminución de los precios a la vez que la (percepción de) calidad no varió o si lo hizo fue a mejor.
Así que la colegiación obligatoria debería limitarse a aquellas profesiones para las que no exista una alternativa que tenga menores efectos sobre la competencia y que consiga resultados parecidos. Por ejemplo, los administradores de fincas deberían argumentar por qué su actividad requiere colegiación obligatoria, tal y como indica su propuesta de Estatutos de 2010, y otras profesiones en las que la calidad del servicio puede ser igual o más difícil de evaluar no existe esta necesidad. El ejemplo habitual es el sector de la reparación del automóvil, donde este efecto es bien conocido y en el, que yo sepa, no se requiere colegiación.
En el resto de las ámbitos los colegios profesionales llevan a cabo, evidentemente, un cometido importante. Por ejemplo, al agrupar a un gran número de profesionales se pueden reducir costes de transacción a la hora de contratar servicios necesarios para su actividad (como por ejemplo, seguros de responsabilidad civil, etc). También pueden llevar a cabo actividades de formación, asesoramiento, etc.
Las ventajas anteriores no deberían, sin embargo, implicar restricciones innecesarias. La liberalización de los servicios profesionales puede tener efectos importantes sobre nuestra competitividad. Para ello debemos promover la libertad en precios, en contra de la fijación de precios (habitualmente orientativos) que, tal y como constata la CNC, es una práctica frecuente en muchos colegios profesionales y que puede contribuir a la coordinación entre los colegiados. La prohibición de publicitar los servicios (en la medida en que la publicidad se ajuste a los requisitos habituales) o la limitación del ámbito geográfico en la que operan los profesionales son otras restricciones dificilmente justificables por motivos de eficiencia. Y ya no hablemos de prohibir que nos podamos hacer llamar economistas...
Hay 29 comentarios
Curiosa situación la que se da si se ha sido miembro del citado Colegio de Economistas, y se dejo de satisfacer la cuota. ¿Entonces fue uno economista un tiempo y luego dejó de serlo? ¿La capacidad de discernir se perdió con la extinción de los recibos trimestrales? Curioso. La filosofía perdida durante siglos en dilucidad la naturaleza del ser, y miren ustedes por donde, con poner una cuota a la existencias estaría solucionado.
En otro orden de cosas, dicen las malas lenguas, un poco a vuelapluma, que si en nuestro país nadie ha conseguido nunca meter en cintura de verdad a los colegios profesionales es por la oposición de Notarios y Registradores, muy bien posicionados en el ministerio de justcia. (Atenmé esa mosca por el rabo)
“Pueden imponer restricciones (...). Por supuesto, muchas de estas restricciones tienen justificaciones”. No se me ocurre qué restricciones puede imponer un colegio que estén justificadas y que no puedan ser adoptadas por el legislador.
“¿Cuáles son los fallos de mercado que pueden resolver los colegios profesionales? El más obvio sería evaluar la calidad de los servicios que proporcionan los profesionales...” No sé cómo el colegio de médicos, por ejemplo, evalúa la calidad del servicio de un médico que tiene una consulta privada o la calidad de un gran hospital; evidentemente, el mero hecho de la colegiación no garantiza nada. En un hospital público sería de risa que la calidad de los profesionales la tuviera que garantizar el colegio de médicos.
“En el resto de las ámbitos los colegios profesionales llevan a cabo, evidentemente, un cometido importante. Por ejemplo, al agrupar a un gran número de profesionales se pueden reducir costes de transacción ...” Esto no justifica la obligatoriedad de la colegiación.
Finalmente, enhorabuena por tratar el asunto de los colegios profesionales, los cuales conforman un poder fáctico que poco o nada aportan y que restringen mucho la actividad de los profesionales. Son organizaciones más próximas a los gremios medievales que a una economía moderna. Una perla, como ejemplo, extraída del código deontológico de los abogados: “El Abogado debe recibir siempre y con la máxima urgencia al compañero que le visite en su despacho y con preferencia a cualquier otra persona, sea o no cliente,
que guarde espera en el despacho. En caso de imposibilidad de inmediata
atención, dejará momentáneamente sus ocupaciones para saludar al compañero y
excusarse por la espera.”
JuanAV,
Cuando hablaba de las funciones importantes que cumplen los colegios profesionales no lo estaba relacionando con la colegiación obligatoria. Precisamente mi intención es distinguir las dos cosas y dejar claro que la obligatoriedad debería reservarse para casos muy específicos, donde los beneficios compensen los costes.
Algo particularmente penoso en este tema son los obstáculos que se ponen a los profesionales extranjeros para ejercer en España. No se aplican adecuadamente las directivas europeas de reconocimiento de habilitaciones profesionales y las convalidaciones profesionales y académicas se demoran injustificadamente. El caso más chusco es posiblemente el de los abogados. Un abogado alemán no puede llamarse "abogado" en España, tiene que presentarse como "Rechtsanwalt". Lo mismo un "solicitor" o incluso un "barrister" inglés o un "avocat du barreau" francés. Y eso que en España, hasta el 2013 y contrariamente a esos países, no hay ninguna prueba de acceso a la abogacía, con lo cual el argumento de "proteger la calidad" se cae por su propio peso. Se trata pura y simplemente del corporativismo y endogamia típicos del país.
Pero no se yo si un gobierno presidido por un Registrador de la Propiedad va a atacar directamente este problema.
Gracias por el artículo Gerard. Muy necesario.
Creo que, junto con sindicatos y algunas instituciones más, los colegios profesionales conforman el grueso del rent-seeking al Estado y de la obstrucción a la tan anhelada y tan deseable competencia.
La garantía de calidad de un servicio, en mi opinión, no te la proporciona el estar en la lista de un colegio. Desde el momento en que la colegiación es obligatoria para el desempeño de determinadas profesiones no quedan más narices que pasar por el aro, por lo que el colegio estará conformado por buenos, malos y regulares (pero todos ellos con recursos suficientes como para poder pagarse las respectivas cuotas, lo que ya es una solución socialmente injusta). Recibir la revista mensual y tener un colchón de seguridad complementario debería ser sólo para quien, desde su libre voluntad, lo requiriese.
Hoy en día, además, con el acceso a las ingentes cantidades de información del que disponemos, el argumento de los costes de transacción se hace menos válido. Se me ocurre, para mayor reducción de los mismos, la creación de mercados virtuales (o la potenciación de los que ya existen), con posibilidad de acceso a listados de profesionales y quizá también de valoración de los servicios.
En definitiva, me parece que lo que hacen los colegios (o, al menos, la mayoría) es realizar un ejercicio de coacción (o me pagas, o no te trabajas) y estrangular la competencia, con la consecuente pérdida de bienestar por las distorsiones en los precios que ello genera.
En un libro de 1946 que se llama "Economía en una lección" podéis encontrar el siguiente fragmento:
"En la ciudad de Nueva York se llegó a prohibir la instalación de equipos
eléctricos que estuviesen fabricados fuera del Estado, a menos que se desmontase y volviese a montar en la misma obra. En Houston, Texas, los fontaneros titulados y el sindicato acordaron que la tubería prefabricada para la instalación sería colocada por los obreros de la unión sindical sólo en el caso de que se suprimiera uno de los extremos roscados, para ser roscada nuevamente en la obra. Varias delegaciones locales del sindicato de pintores impusieron restricciones al uso de pistolas para pintar, en muchos casos destinadas meramente a proporcionar trabajo, aun a cambio de exigir el más lento proceso de aplicar la pintura a brocha. Una delegación local del sindicato de transportes exigía que cada camión que entrase en la zona metropolitana de Nueva York llevase un conductor local, además del propio conductor del vehículo. En varias ciudades, el sindicato de electricistas requería la presencia de un operario en cualquier construcción donde se precisase temporalmente de luz o energía, no siéndole permitido realizar trabajo alguno de montaje. Esta norma, según Mr. Edwards, «implica a menudo la contratación de un hombre que se pasa el día leyendo o haciendo solitarios y cuyo único cometido es maniobrar un interruptor al comienzo y al final de la jornada»."
Está claro que un sistema de colegios profesionales que evalúe y garantice la calidad de sus miembros (sobre todo de los que trabajen por cuenta propia) puede servir para minimizar los problemas de asimetría de información y no contratar un "limón" de ingeniero, abogado, etc.
Sin embargo, no nos engañemos, que yo sepa ningún colegio se preocupa por testar la calidad de sus colegiados. Actúan como simples "grupos de presión" para obtener ventajas individuales en detrimeto del bien general.
Otro caso más que demuestra que seguimos cayendo en los mismos errores que hace 60 años.
Gerard,
La certificación de calidad puede parecer un buen argumento teórico para la existencia de colegios profesionales y otras asociaciones parecidas. No sólo no puede explicar lo que existe sino que además el argumento se cae solo desde el punto de vista teórico una vez que una se pregunta quien certifica a los certificadores (como aquello de quien cuida a los cuidadores). Siempre llegamos a la pretensión de que alguien quiere jugar el papel de Dios y asegurarnos calidad, seguridad, prosperidad, amistad, y muchas otras cosas buenas, pero que siempre terminan con nuestra libertad --que en realidad era lo que interesaba desde el principio.
Lo mejor que se puede hacer con esa lacra social es rechazarla de cuajo. Toda esa pretensión de conocimiento y bondad debe ser enfrentada con un escepticismo profundo, donde la prueba de que se posee el conocimiento y la integridad es 100 por ciento responsabilidad de quien dice tenerlos. Por supuesto, el mejor ejemplo de esa lacra se da en la política donde nadie ha propuesto la certificación de los políticos profesionales, es decir, de los mismos que se nos presentan disfrazados de sabios buenos. Se ha llegado a exigir que los candidatos a prestar ciertos servicios (por ejemplo, en la actividad financiera) prueben su integridad --¿ante quien? pues ante un payaso disfrazado de burócrata designado por un político.
El daño de esa pretensión de conocimiento y bondad a la humanidad ya ha sido demasiado grande, especialmente porque ha servido para degradar el principio de la responsabilidad personal a niveles muy bajos. Si un Colegio dice haber dado chapa de sabio bueno a un médico o a un economista o a una nana, siempre hay gente que se lo cree sin siquiera mirar el carnet de identidad del prestador del servicio pero luego del fraude listo para patalear por no haber tomado los recaudos necesarios en el momento oportuno. La reforma empieza cerrando todos esos Colegios y muchos órganos estatales que pretenden saber lo que no saben y proteger lo que no quieren ni pueden.
Gerard,
Se necesitan buenos estudios de casos. Ojalá alguien se interese por estudiar dos casos --Rodrigo Rato y Dominique Strauss-Kahn. Según Wikipedia, ambos son políticos y economistas y más importante ambos han llegado a ocupar el puesto más alto del Fondo Monetario Internacional. Se puede suponer que si se llega tan alto en puestos designados (no elegidos por votaciones abiertas del mundo entero) es porque se han pasado muchos filtros donde los candidatos “probaron“ tener sabiduría e integridad. Más allá de las responsabilidades civiles y penales que todavía pueden enfrentar por sus conductas de los últimos años, creo que no exagerar si digo que sus ingresos futuros como profesionales de la política y la economía serán mucho menores que sus ingresos de los últimos 10 años. ¿Cómo pudieron subir tan alto luego de una larga carrera y caer tan bajo en un minuto?
Estimado Gerard,
Nos llama mucho la atención tu defensa de la certificación obligatoria de la calidad de ciertos servicios, y aún más que ésta debiera realizarse a través de un colegio profesional. De acuerdo con la literatura sobre credence goods, y como bien señalas, en determinadas circunstancias existen asimetrías de información que pueden impedir que los consumidores tomen decisiones eficientes. ¿Por qué crees que el mercado no puede generar una solución a este problema? Existen formas mucho menos restrictivas para conseguir este objetivo, como es el caso de los distintos tipos de marcas o de la actividad de certificación.
Si el Estado quiere intervenir en el mercado para corregir estos supuestos fallos del mercado, el mejor instrumento es una regulación del producto o de la actividad. Dejar esta función en manos de un colegio (que es en definitiva una asociación de productores) es, como poco, ineficaz. La propia CNC es informe de 2008 sobre colegios ya avisaba de que "Parte del origen del problema se puede encontrar en la definición de los fines de los Colegios, al estar combinando intereses meramente corporativos, de defensa de los profesionales, con los fines orientados a la protección de los consumidores, que son para los que realmente la Administración delega en los Colegios poderes públicoss sobre los colegios profesionales".
Si queremos que nuestra economía se abra a la competencia, es necesaria una profunda transformación de los Colegios. Las razones por las que se mantendrán ciertos casos de colegiación obligatoria habrá que buscarlas fuera del campo del razonamiento económico.
M&J,
Creo que tu lectura de mi entrada es distinta de la que yo pretendía. Como decía en el texto "la colegiación obligatoria debería limitarse a aquellas profesiones para las que no exista una alternativa que tenga menores efectos sobre la competencia y que consiga resultados parecidos." Por tanto, no abogo por la colegiación obligatoria si no más bien lo contrario.
Enhorabuena por haber abordado este asunto. En Bélgica recientemente una persona allegada a mí ha descubierto una situación absurda y medieval: para abrir una pastelería tiene no sólo que tener su certificado de higiene (lógico y necesario para garantizar la salud del consumidor), sino que además debe pasar un examen ante un panel nombrado por el ministerio para demostrar que tiene las destrezas necesarias para ser pastelero/a. Según el gremio debe además hacer un curso de dos años y hacer otros dos años de prácticas. Una vez estudiada la legislación resulta que esos años de curso y prácticas no son legalmente necesarios, pero el exámen sí lo es. Con la excepción del certificado de higiene, las demás son exigencias absurdas. Lo único que el consumidor necesita saber es que el pastelero no le va a intoxicar. Si sus pasteles son de mala calidad (es decir, no gustan) ya se ocuparán los consumidores de comprarlos en otro sitio. Para colmo, la misma normativa se aplica a las panaderías, con lo cual un gran número vende pan prefabricado que se terminan de cocer y calentar en la panadería, dando como resultado un pan de baja calidad. Este tipo de control se puede entender donde la seguridad del consumidor está en riesgo (por ejemplo en la construcción), pero en la mayoría de los demás casos, no se trata más que de corporativismo, como ya ha señalado un lector en un anterior comentario, que tiene el efecto perverso de ralentizar la actividad económica de una sociedad, y la capacidad emprendedora e innovadora de sus ciudadanos.
Sean O'Curneen Cañas
Presidente
Centro Democrático Liberal
Estimado Gerard, gracias y enhorabuena por la entrada. Es evidente que este tema es fundamental, el debate sobre el mismo es muy necesario, a la espera de "regulaciones del producto o de la actividad" (como se ha comentado antes) que se ajusten a las necesidades de competencia y eficiencia.
En mi caso, siempre que pienso en la necesidad de un colegio me vienen a la cabeza los colegios médicos, por lo importante que resulta la calidad y seguridad de este servicio. Tengo muy cerca el caso de los colegios médicos en la Comunidad Valencia, en particular el de Alicante, allí realmente me he podido dar cuanta de como el colegio básicamente se dedica a defender los intereses de los profesionales y poco nada de la protección de los consumidores (espero que no se mal interprete esta afirmación, o por lo menos no mucho). Los servicios prestados a los colegiados son bastante buenos (previo pago de la cuota que no resulta una broma en absoluto), ofertas de trabajo, servicios como seguros y demás con ventajas, etc. El caso es que hace aproximadamente un año en la provincia de Alicante salieron a la luz algunos casos (creo que fueron tres en concreto) de médicos colegiados y que llevaban ejecutivo la profesión durante un periodo prolongado de tiempo, pero que en realidad no eran tales. La responsabilidad correspondiente a cada uno de los centros donde se dieron estos casos no hace falta mencionarla, pero la responsabilidad del colegio de médicos es lo que ha hecho que me de cuenta desde entonces que las profesiones donde la colegiación debe ser obligatoria deben ser definidos urgentemente, los pocos casos que seguro que existen por falta de una alternativa de regulación de mercado. Es urgente porque el siguiente paso es el desarrollo de dicha regulación de las actividades, lo cual no es tarea fácil debido a que serán diversas regulaciones y no una única, para cada actividad, las que se necesitarán. Sin olvidar que las regulaciones deben ser claras y"directas" para garantizar su eficacia y evitar en la medida de lo posible obstaculizar las actividades económicas, todo lo contrato a lo que pretende.
Gracias Gerard por el artículo.
Con los colegios prefesionales hay que tener mucho cuidado y mantenerles muy a raya, especialmente cuando hablen con el CONOCIMIENTO. En los EE.UU. paladín de los mercados, médicos y abogados han logrado subordinar a la sociedad a su beneficio.
Por ejemplo, Nueva Jersey acaba de permitir poder comprar geringuillas en farmacias (para que los toxicómanos no las compartan) sin receta médica.
El que para ejercer la abogacía en EE.UU. hay que pasar por una escuela especializada y muy cara y prestiguiosa y certificada por el colegio y después un exámen hace que tengan excelentísimos abogados que son carísimos y sólo se contratan o por ricos o en contadísimas ocaciones. No es de estrañar la proliferación de libros de hacerselo uno mismo.
Se trata de sin duda de una restricción desproporcionada. Si quieren distinguirse, el "Estatuto Profesional de Economistas..." lo que debería es obligar a sus colegiados a identificarse como "Economistas Colegiados", pero no interferir en el legítimo derecho de los Licenciados, por no mencionar Doctores, no colegiados a autodenominarse como tales. "Economista" solo queda mejor.
El ejemplo mas claro de este desproposito esel de los entrenadores de futbol. ¿A que responde que para decir a unos tipos como tienen que jugar y entrenar, cuyos efectos solo importan a la empresa privada que los paga, uno tenga que acreditar, supuestamente, unos conocimientos excepcionales a traves de no se que certificacion?... ni hay interes publico que lo justifique ni asimetrias de la informacion, por cuanto el tipo que ficha a un entrenador juzga su calidad por los resultados obtenidos en otro equipos, lo cual es del todo evidente
Muchas gracias, Gerard, por recoger el guante con rapidez, escribiendo este post reflexivo
La insuficiente competencia es una asignatura pendiente de la economía española. Y nos sale muy cara en términos de mayores precios y costes y menor empleo y producción
Por ejemplo, la Comisión Nacional de la Competencia señala con claridad que las normativas reguladoras de los aranceles de notarios, procuradores y registradores no cuentan con justificación, de acuerdo con la ley paraguas
La CNC insta a los colegios profesionales a que adecuen sus normas internas de funcionamiento para que se adapten al nuevo marco normativo y eliminen las restricciones a la competencia
¿Alguien conoce cuál ha sido la respuesta de los colegios profesionales a este informe?
¿Y la del Gobierno de España y los de las Comunidades Autónomas?
Saludos
Estimados señores,
Bienvenidos a las paradojas de este momento que vivimos. Como científico me ha ocurrido muchas veces el tener que tratar con colegios profesionales muy beligerantes en mi vida profesional.
Claro que debería ser voluntario y estoy muy de acuerdo en muchas cosas que han dicho todos ustedes, tanto el autor del blog como en muchos de los comentarios. Es una lástima que tenga uno que colegiar en algo para poder ser tenido en consideración por muchas de las distintas burocracias entre las que habitamos. En Antropología Social estas burocracias se denominan sistemas expertos, y dentro de ellos el tecnicismo que parece que nos salva de todo.
Mi propuesta es mucho menos radical que la de establecer un colegio profesional. Es algo que entraría dentro de la pragmática de la actividad social. Giddens toma a Goffman para hablar de un efecto teatral de lo social. Muestra las acciones sociales con un escenario (donde el sujeto y el sistema experto se comunican mediante los puntos de acceso) y unas bambalinas (que son opacas a los sujetos y propias del sistema experto). Dejando de lado el maquiavelismo de los actores (tanto en los sujetos como el propio sistema experto) de esas acciones de dramaturgia.
Es aquí donde entra la pragmática que es el meollo para salvar esos maquiavelismos que tan bien han expresado muchos de los comentarios, en la fuerza que esos colegios tienen para transformar la sociedad y manejarla a su gusto.
Creo que el asociacionismo es bueno, pero la vigilancia del mismo también. La regulación deontológica por el actor mismo (tan nombrada muchas veces y tan inútil en otros muchos casos) no es válida. Este sería uno de los aspectos que un colegio debería tener presente.
¿Cómo harían que sus acciones colegiales fueran pragmáticas?
Me refiero a la pragmática en el sentido que Habermas utiliza en sus teorías.
Un saludo
Santiago
Estoy de acuerdo con la mayoría de las críticas. Hace tiempo se le dio cierta publicidad al informe de la Comisión, pero después se dejó de lado, y ahí seguimos.
Y el tema de la denominación profesional de economista me parece un absurdo. No sólo porque deja fuera de la misma a titulados en económicas que no quieren colegiarse, sino porque también puede dejar a otros que lo mismo quisiseran colegiarse y no podrían. Recuerdo a un compañero que estudió matemáticas y el posgrado del CEMFI al que un "colegiado" le llamó la atención por autodenominarse economista, cuando se dedica profesionalmente al análisis macroeconómico. Lo mismo otros casos con profesionales de formación económica de posgrado (oficial o no) y que se dedican a la economía. Éste último alegó que no podía colegiarse por no tener la carrera de económicas. En fin, un absurdo.
Esta mañana envié un comentario muy corto, no por ello con poco contenido, que no ha debido superar los criterios de admisión del moderador.
El comentario decía así: 'Mi abuela siempre decía que era economista porque controlaba la economía de la familia'.
Si uno recurre al diccionario de la Real Academia Española dice que Economista es aquel licenciado en economía o el dedicado profesionalmente a la economía. Y si miramos qué se entiende por economía, entre las varias acepciones que recoge, una de ellas es la de 'Administración eficaz y razonable de los bienes'. Por tanto, si uno asume que mi abuela dedicaba su vida a la 'administración eficaz y razonable de los bienes' de la familia, mi abuela estaba en lo cierto al autodenominarse economista.
Con esto no estoy haciendo ningún chiste ni ningún juego de palabras. Simplemente quiero poner de manifiesto que la tendencia a buscar una suerte de categorización aristotélica no creo que beneficie a nadie. Porque vamos a ver, un ingeniero industrial que haya hecho un posgrado en economía, ¿es economista? Un licenciado en derecho (que no abogado) y master en dirección de empresas que luego es ministro de economía sin tener el título de economista (lo obtuvo algunos años después de ser nombrado ministro) ¿es economista? O por otro lado, un licenciado en derecho dedicado profesionalmente a las finanzas que dedice colegiarse como abogado, ¿es abogado?
Particularmente opino que está en la mano de cada uno el describirse no como lo que es sino como lo que hace, que en definitiva es lo que le va a ayudar profesionalmente en la vida.
Gracias por el post.
Está claro: si el Estado quiere fomentar el crecimiento sin que le cueste un euro, una medida rápida y sencilla es quitar trabas a la actividad económica. Además de permitir que quien esté cualificado (por un título universitario o por el carnet correspondiente) pueda ejercer de abogado, abrir una farmacia donde quiera, o convertir su coche en un taxi (que no todas las trabas las ponen los colegios profesionales), esto debería incluir la posibilidad de que cada profesional decida libremente el precio de sus servicios.
Tampoco confundamos churras y merinas. Yo considero no ser la persona más apropiada para comprobar la aptitud de mi médico, mi abogado, mi arquitecto o, si nos ponemos en ello, mi fontanero. Los colegios y asociaciones profesionales tienen un papel muy importante que jugar certificando la aptitud, asegurando la formación continua de sus miembros y, no olvidemos, disciplinando a aquellos que infrinjan unas reglas deontológicas claras y transparentes.
Lo malo es que, en España, pocos colegios profesionales verdaderamente cumplen esas obligaciones. En vez de ello se limitan a cobrar cuotas y obstaculizar la competencia, o incluso a encubrir faltas manifiestas de ética profesional.
Buenas noches RC .
".....y, no olvidemos, disciplinando a aquellos que infrinjan unas reglas deontológicas claras y transparentes".
Lamento mucho disentir , las denominadas normas deontológicas no son claras ni transparentes , ni en su elaboración ni en su aplicación , y dudo que los colegios profesionales , en esta materia ( y en otros aspectos ) , sean un modelo de transparencia y ejemplaridad , dada su proximidad a la burocracia estatal , para el resto de la sociedad .
Saludos
Está claro que nos queda mucho para mejorar en las pruebas PISA de comprensión de lectura: si lee con cuidado lo que he escrito, vera que justamente denunciaba que, actualmente, en España, los colegios profesionales generalmente NO promulgan y hacen respetar unas reglas deontológicas claras y transparentes. Y es una lástima, porque el respeto generalizado de tales reglas deontológicas son, a mi parecer, fundamentales para la confianza, y la confianza es a su vez fundamental para el crecimiento económico.
Lo que por otra parte me intriga es que insista Ud. tanto sobre "su proximidad a la burocracia estatal". Lo primero, porque no veo porque la burocracia estatal tiene que ser mejor o peor que las burocracias privadas. Lo segundo, porque no entiendo a lo que se refiere Ud. con "proximidad": desde luego el estado tiene que supervisar de cerca a esos organismos gremiales privados para asegurarse de que cumplan correctamente su cometido y de que no pongan trabas a la libre competencia (algo que, mucho me temo, el estado NO está haciendo y, en España, no ha hecho nunca). Supongo que a lo que se refiere Ud. más bien es a las relaciones personales (cuando no identidad) entre cargos colegiales y cargos públicos que hacen justamente que el estado cierre los ojos ante derivas flagrantes de los colegios profesionales o incluso sea cómplice de ellas.
Creo que los colegios y demás asociaciones profesionales tienen buenas razones de existir (aunque sin muchas de las prerrogativas que tienen en España, y con muchos más deberes), si sirven para fomentar tanto la calidad de los servicios profesionales como la confianza en esa calidad. Prueba de ello es su funcionamiento en otros países, en particular en el norte de Europa. Si Ud. piensa, sin embargo, que el concepto de colegios profesionales es en si un lastre, que las reglas deontológicas no serán nunca claras y transparentes y que hay que hacer tabula rasa y permitir a cualquiera, independientemente de su formación o antecedentes, presentarse como médico, arquitecto o abogado, me temo que no estoy de acuerdo, y a las pruebas me remito.
Poco se han preocupado los colegios de economistas por apoyar e impulsar la docencia de la economía en secundaria y bachillerato, uno de los caballos de batalla de muchos colegios profesionales.
Buenas tardes RC.
Estoy de acuerdo con Vd . en que el estado ha fallado en muchos de sus cometidos relativos a las tareas de supervisión ( empezando por él mismo ) y en la promoción de la libre competencia , por lo que , con una evidencia tan recalcitrante , tal vez , lo más conveniente para los colegios profesionales sea abrir los ojos, tomar buena nota y mantenerse ellos y sus integrantes a una distancia prudente de él , a fin de que dentro de la sociedad se les perciba lejos de las derivas flagrantes de ese estado y en ningún momento como uno de sus cómplices en los fallos .
Saludos
Credence goods : En España se usa "Bienes de confianza" (En ocasiones he utilizado "de esperanza" contraponiendolo a experience goods o bienes "de experiencia")
Fernando,
Muchas gracias. He editado la entrada para incluir la traducción al español.
Más sobre las madres economistas:
http://www.ft.com/intl/cms/s/0/d8afe992-a293-11e1-826a-00144feabdc0.html#axzz1vWpJONWK
La denominación "Economista" se reservó, por un Real Decreto de 1977 para ciertos titulados superiores que se incorporaran a los Colegios de Economistas correspondientes. Creo que es relevante considerar la fecha del RD, 1977. Al menos desde la entrada en vigor de la Ley 17/2009 sobre libre acceso a la actividad de servicios y su ejercicio es dudoso que la colegiación sea obligatoria. Dicha ley establece un catálogo de excepciones a un regla general que es la "no colegiación obligatoria", en dicho catálogo no se encuentra la actividad de "Economista", en cambio sí se encuentra la de Abogado (Colegiación obligatoria para ejercer en Tribunales, por la LOPJ, art. 544) y la de Auditor (si bien el TRLAC establece la adscripción obligatoria al ROAC, no al Colegio de Economistas, y ello porque "auditor" no es equivalente a "economista", auditor lo puede ser cualquier titulado superior que supere los exámenes correspondientes y acredite el resto de requisitos).
Así las cosas, si el RD citado reservaba la denominación "Economista" a quién tenía una cierta titulación superior unido a un requisito de colegiación y este requisito deja de ser obligatorio por una Ley posterior, es muy probable que la conclusión deba ser que "Economista" pueda llamarse quién cumple la primera de las condiciones y sólo esa.
A buen seguro los colegios profesionales serán capaces de dar razones prácticas que fomenten la colegiación, siempre mucho más convincentes que el mero imperativo legal.
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