El legislador justiciero ataca de nuevo

El legislador justiciero ataca de nuevo

La innovación y el mercado acostumbra a ir siempre varios pasos por delante de la regulación, así que muchas veces nos encontramos con productos y servicios que ni tan siquiera hubiéramos imaginado que existían hace unos años. De ellos, los más exitosos lo son porque terminan beneficiando a la gran mayoría aunque, por supuesto, también perjudican a una minoría. Es por ello, que se requiere una legislación que no priorice los intereses de estos pocos y se fije únicamente en el interés general. Esta semana hemos tenido dos ejemplos en el mismo mercado de que desgraciadamente no es así y el legislador insiste en poner obstáculos a la innovación y determinar como deben ser los productos y servicios que los consumidores pueden comprar o no.

Plataformas como Airbnb han permitido que particulares se pongan en contacto para alquilar pisos por cortos espacios de tiempo. Como es lógico, este tipo de plataformas constituyen una importante amenaza a los hoteles tradicionales, de la misma manera que aplicaciones como Uber son una amenaza en el mercado del taxi (ver al respecto esta entrada de Jesús Fernández-Villaverde). Así que esta semana hemos visto como dos comunidades autónomas han decidido tomar cartas en el asunto y ejercer de legislador justiciero.

  • El lunes pasado, Cataluña decidió multar a Airbnb por comercializar apartamentos ilegales. Aparentemente, la Consejería de Empresa y Empleo lo considera competencia desleal y multa entre otras cosas por intermediar en el alquiler de apartamentos que no están incluidos en el Registro de Turismo de Cataluña y además incluir transacciones entre particulares, algo al parecer prohibido. Además solicita a Airbnb que retire de la plataforma todas las viviendas que no cumplen con los requisitos anteriores.
  • El viernes pasado se hizo público el nuevo decreto de la Comunidad de Madrid que regulará las apartamentos turísticos y que, entre otras ocurrencias, especifica de manera totalmente arbitraria que solo se pueden alquilar apartamentos por un mínimo de cinco días.

Huelga decir que en ambos casos la regulación constituye un golpe considerable a las plataformas de alquiler de corto plazo entre particulares, y tienen mucho en común con otras regulaciones que he discutido en este blog. Así, no es el primer caso donde el legislador decide arbitrariamente qué características debe tener un servicio. Lo discutí en el caso del crowdfunding cuando el gobierno puso límites a la inversión tan bajos que habría matado el mercado y se vio obligado a revisarlos. Tampoco es el primer caso donde los intereses de algunos parecen pasar por delante del interés general. Algo parecido está sucediendo con la tasa Google que he discutido en un post recientemente.

¿Qué se debería hacer? Mis precarios conocimientos de derecho no me permiten proporcionar una alternativa concreta, pero una regulación razonable desde el punto de vista económico podría ir en la siguiente dirección. Primero, se debería proporcionar un marco que introduzca seguridad jurídica para las plataformas, los propietarios e inquilinos, en lugar de obligar a que se adapten a una regulación que claramente no es adecuada para estos nuevos servicios. Segundo, la legalización de estos servicios debería ir asociada a una regulación fiscal que haga que compitan en igualdad de condiciones con otros servicios turísticos (evitando así la competencia desleal). En el caso concreto de estas plataformas, esto parece fácil de conseguir puesto que tienen registro de todas las transacciones y, por tanto, podrían recaudar el impuesto en nombre de los particulares involucrados.

Hay 13 comentarios
  • Muy interesante el artículo. Creo que efectivamente tiene razón. Uno de los grandes problemas de España son las barreras a la entradas en cientos de actividades. Es una fuente de ineficiencias y un lastre para la innovación. Además, propician que convivan muchos mercados de trabajo con excesos de oferta con otros con exceso de demanda, todo ello favorecido por un sistema educativo en el que la oferta de itinerarios formativos no está bien acompasada con la demanda de trabajo. Por lo tanto, añadiría que las barreras a la entrada en muchos sectores son una fuente de paro estructural. Si existen oportunidades laborales en el sector turístico intermediando en el alquiler de pisos, por otro lado en un momento en el que muchos pisos se encuentran desocupados, no creo que sea conveniente frenarlas. Eso sí, como bien dice usted se debe hacer garantizando que la competencia se efectúa dentro de unas mismas condiciones fiscales y dentro de un marco regulador que garantice la seguridad jurídica y la calidad sin imponer innecesarias barreras a la entrada. Una determinada condición, que pueda suponer una barrera a la entrada, sólo se debería establecer de tener una clara justificación.

    Reciba un cordial saludo.

  • Un post muy interesante y acertado profesor Llobet, muchas gracias!

    Sólo un comentario:

    Creo que los pisos turísticos se alejan de un caso en el que el mercado va por delante de la regulación y ésta deviene inadecuada o no inadaptada a nuevos modelos de negocio. El alquiler de pisos turísticos era mucho más fácil hace años que en la actualidad. Es precisamente cuando los incumbentes y el legislador detectan que internet facilita la entrada de apartamentos turísticos cuando se dificulta su entrada. Así se explican (i) las restricciones que en los últimos años muchas CC.AA han introducido en sus legislaciones para obstaculizar la entrada de este tipo de apartamentos (estas restricciones NO existían antes) y (ii) la consagración de dicha filosofía restrictiva de la competencia mediante la modificación de la Ley de Arrendamientos Urbanos por el Gobierno central a mitad de 2013, que saca de esta ley los apartamentos de uso turístico para establecer que pasarán a estar regulados por la normativa sectorial (turística).

    Estamos ante un caso claro de un regulador que – alertado por los incumbentes - cambia la legislación para matar modelos de negocio incipientes que nacieron en un entorno regulatorio más favorable. Lo mismo ocurrió con los hipermercados en los noventa. Este formato comercial se expandió con una regulación favorable a la libertad económica (Decreto Boyer, 1985) y el legislador le cortó las alas con la Ley del Comercio Minorista (1996).

  • No pienso que esos "nuevos negocios" sean o se puedan catalogar de "competencia desleal". Muy al contrario, por poco que se piense en ello, los hoteles, oficinas del alquiler o taxitas estan funcionando en realidad en regimen de monopolio ya que no permiten al pequeño particular entrar en el negocio.

    Lo que si que esta muy claro es que la presencia de esas plataformas, que ahora son "gratis" para los ususarios, muy pronto dejaran de ser gratis y empezaran a actuar tambien con tendencia hacia el monopolio y hacia la acaparacion del mercado imponiendo si pueden y los dejan sus condiciones.

    Ademas de eso, cuando esos servicios se generalicen empezaran haber problemas de defensa del consumidor que ahora permanecen ocultos por las "buenas intenciones" que siempre presentan esas iniciativas en sus comienzos:

    -¿Que pasa si me rompen el frigorifico los inquilinos?
    -¿Que pasa si llego y esta ocupado por otros?
    -¿Que pasa si hay un accidente de coche y quedo paraplejico?¿Quien lo paga?
    -etc

    Total, que hay que regular con mucha seriedad y conocimiento de causa lo que no es nada sencillo dada la velocidad con la que cambian. La desrregulacion nunca puede ser una solucion porque a la larga perjudica al pequeño y se convierte en la "regulacion" del mas fuerte o poderoso (...lease hipermercados y grandes superficies...).

    • Pedro,
      Tus comentarios mencionan varios temas interesantes que me gustaría discutir:
      (1) Hay una pequeña diferencia entre los taxis (y las farmacias, de las que hablé aquí https://nadaesgratis.es/?p=30431 ) y los hoteles, dado como funcionan (en teoría) las licencias.
      (2) Sin duda, las plataformas en la medida en que crezcan pueden terminar cobrando cada vez más. Lo hemos visto recientemente con blablacar (ver http://www.elconfidencial.com/tecnologia/2014-06-25/blablacar-da-el-primer-paso-para-empezar-a-cobrar-en-espana_152030/ ). Es trabajo de la regulación eliminar las barreras a la entrada y promover la competencia y la innovación para que estas plataformas no cobren más de lo que aportan al mercado.
      (3) La defensa del consumidor es esencial en este mercado (como en cualquier otro), pero se trata de implementarla de una manera neutral. No se trata, por tanto, de desregular sinó de regular con sentido.

  • Estoy de acuerdo con el fondo del artículo, pero quiero matizar que un apartamento turístico no es cualquier apartamento que un particular alquila por temporadas, sino las viviendas de un edificio con licencia urbanística de uso turístico. A menudo, como en el caso de los loft, algunos promotores han edificado viviendas en solares con otros usos, utilizando un precio inferior al de mercado como cebo para vender al particular como vivienda lo que en realidad no lo es. Por otra parte, la mayor parte de las determinaciones sobre características físicas del decreto de la Comunidad de Madrid coinciden con el PGOU de la capital.
    Y enlazando con el post de hoy de Vicente Cuñat, aprovecho para comentar otro fenómeno surgido a raíz de la crisis, aclarando que no tiene relación con las plataformas a las que se refiere el post. Hay alguna plataforma que ofrece, verbalmente y sin compromiso, a los propietarios rentabilidades digamos optimistas, alquilando en corta estancia a ejecutivos y otros inquilinos de alto poder adquisitivo. Para ello, te decoran la vivienda y ofrecen una serie de servicios de valor añadido que en realidad están diseñados para mejorar la rentabilidad de la empresa a costa de la del propietario, que termina obteniendo menor rentabilidad que si alquilara a plazos más largos.
    En mi opinión, el éxito de estas empresas se debe a la desconfianza que generan las agencias inmobiliarias a los propietarios y a la búsqueda de rentabilidad a toda costa en tiempos de bajos intereses.

  • Muy interesante el artículo.
    Añado más ideas para el debate. Por un lado, uno de los factores que han propiciado la aparición de este mercado emergente es que hay poco trabajo y que los sueldos son bajos. Es normal que la gente reaccione y trate de ingresar algo por otro lado o de poder viajar gastando menos. Por tanto, desde la perspectiva de la ciudadanía, me parece que si el Estado (u otras administraciones) regulara este sector estaría limitando injustificadamente la libertad de los ciudadanos.
    No veo que sea competencia desleal para hoteles, el producto es un poco distinto (un piso normal no suele contar con las comodidades de un hotel, puede que el arrendador no hable idiomas, que no tenga aire acondicionado, etc) Además, es cierto que los hoteles pagan elevados impuestos por su actividad, pero también lo es que pueden desarrollar economías de escala en sus gastos, cosa que jamás puede hacer un particular.
    Sobre si deberían pagar impuestos los particulares sobre estos alquileres, creo que no, sería un error en estos tiempos con tan elevada presión fiscal, que precisamente incentiva la economía sumergida. Ahogaría este mercado emergente.
    Por último, la seguridad jurídica al consumidor (algo en lo que en España estamos tan retrasados con respecto a otros países de Europa) no la da una ley escrita, sino un sistema judicial rápido y profesional (no influenciable por intereses políticos), del que tanto carecemos. Pero eso, es otro tema.

    • Leticia,
      Me temo que no puedo estar de acuerdo. Desde el momento en que mucha gente se plantea los pisos de alquiler por días como una alternativa a los hoteles, deben ser considerados como su competencia. Sucede lo mismo cuando consideramos hoteles con más o menos estrellas, son productos distintos pero compiten entre ellos
      Así, no veo porque actividades comerciales como el alquiler de pisos a corto plazo no deben estar sujetas a impuestos como cualquier otra actividad (cuando sus competidores si lo que están), aún siendo un mercado emergente. No podemos argumentar que como los hoteles tienen economías de escala entonces está bien que paguen unos impuestos que los particulares no deben pagar. Si los hoteles tuvieran tales economías de escala que les dieran una ventaja insoslayable cuando los particulares pagan impuestos, entonces este mercado no debería emerger.

  • Me parece que el artículo peca de superficial, o tal vez de precipitado. No discutiré que detrás de cada regulación hay algún beneficiario; también detrás de la desregulación, por cierto.

    Lo que pasa es que los que se han quejado de los "pisos turísticos" no son los hoteles ni la competencia, sino los vecinos. No es raro que los clientes de estos pisos vengan (por ejemplo, a Barcelona) con ganas de juerga y causen molestias a los vecinos a todas horas del día y de la noche. Ante estas externalidades, es imprescindible la intervención pública.

    Otras externalidades que pueden llegar a ser muy graves consisten en la alteración de los usos de los barrios más afectados, cosa que también perjudica a los vecinos, no a la competencia. Sobre este problema se han producido ya discusiones muy serias en Barcelona, hablando de su progresiva transformación en una "nueva Venecia": el turismo puede asfixiar la vida urbana autóctona. El ejemplo más avanzado es la Rambla de Barcelona (difícil ver a ningún barcelonés paseando por ella) y, en su acera, el mercado de la Boquería, que cada año se dedica más al turismo y menos a la función para la que lo ha creado el Ayuntamiento.

    • Javier,
      Como verás en mi entrada, en ningún momento abogo por la desregulación. Propongo cambiar una mala regulación por otra mejor, que promueva la competencia y en la que consideraciones adicionales, como las externalidades que mencionas, puedan ser tenidas en cuenta, pero sin discriminar unos usos sobre los otros, que es lo que sucede actualmente.
      En todo caso, las externalidades que mencionas no son ni mucho menos específicas de los alquileres entre particulares ni de los alquileres por pocos días, como tu comentario parece implicar. Pisos alquilados por más largos periodos de tiempo, hoteles, bares y restaurantes son también origen de ruidos, etc y por ello son regulados. El problema viene cuando para mitigar estas externalidades se utiliza una regulación que es fácil de cumplir para algunos pero de muy difícil cumplimiento para el resto.

  • Entiendo que son cosas separadas. La regulación debería facilitar la entrada de nuevos competidores en el mercado. Pero todos deberían competir con las mismas condiciones. Si a los taxistas les exigimos un registro de conducir particular, que paguen una licencia y que no puedan trabajar en determinados momentos, entiendo que Uber debiera soportar algunos de estos costos. Por ejemplo, el registro de conducir debiera ser similar. Es decir, si consideramos que el transporte de pasajeros debe ser regulado, entonces hay que ser consistente. En el caso de Airbnb, si existe un registro de departamentos turísticos a partir del cual se pagan unos impuestos, lo lógico es que Airbnb o los que ponen su apartamento en alquiler a partir de esta plataforma los registren ahí. El registro turístico podrá ser una mala idea, cierto, pero la respuesta no puede ser la de eludir el pago de los impuestos correspondientes.
    Lo que pasa es que no veo que la regulación necesariamente atente contra estas innovaciones sino que muchas veces, las innovaciones intentan saltarse la regulación y la respuesta de los lobbies y del gobierno es frenarlas. Pero al final, el problema no deja de ser que muchas innovaciones buscan una suerte de vacíos legales para ser rentables.

  • "Tampoco es el primer caso donde los intereses de algunos parecen pasar por delante del interés general." --> understatement of the week

    No se me ocurre ningún caso reciente en el que se ponga el interés general haya primado sobre el interés de algunos.

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