Como añadir peso a la cadena alimentaria

Como añadir peso a la cadena alimentaria

El pasado viernes 8 el consejo de ministros aprobó el Proyecto de Ley de Medidas para Mejorar el Funcionamiento de la Cadena Alimentaria redactado por el Ministerio de Agricultura. Según parece, este texto (del que solo he podido encontrar la nota de prensa y una presentación) únicamente presenta cambios menores respecto al anteproyecto de ley (APLCA) sobre el que la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) había sido muy crítica, considerando que añadía carga burocrática a las empresas, podía introducir inseguridad jurídica y prohíbia prácticas que podrían tener efectos positivos sobre la competencia.

Uno pensaría que el APLCA analizaría cuáles son los fallos de mercado en este sector y se aprobaría una legislación que intentara reducirlos. Como es tan habitual en este país, sin embargo, el APLCA no hacía nada de eso y simplemente añadía nuevas regulaciones y un nuevo régimen sancionador, adicional a las leyes de defensa de la competencia y de competencia desleal. Tal y como ponía de manifiesto el preámbulo, el objetivo es que “se reduzca el desequilibrio en las relaciones comerciales entre los diferentes operadores de la cadena de valor, el marco de una competencia justa que redunde en beneficio del sector sino también de los consumidores”. Si la competencia justa es la que conlleva precios justos y el nuevo régimen sancionador es el que va a garantizarlos vamos dados. La inseguridad jurídica va a campar a sus anchas.

Es cierto que el mercado de la alimentación se distingue por una gran asimetría entre la mayor parte de los productores, agricultores y ganaderos, y las cadenas comerciales. Esto, sin embargo, no es una característica específica española y sucede en la mayor parte de los países. Es por este motivo que la Unión Europea está llevando a cabo un estudio de las medidas que se podrían tomar al respecto. Probablemente habría sido mejor que el gobierno hubiera esperado a ver las medidas propuestas antes de tomar decisiones que no atajan la raíz del problema y que probablemente van en una dirección muy distinta a las que se propondrán desde Europa.

Como enfatiza la CNC, la asimetría entre compradores y vendedores no es un fallo de mercado sinó una característica del mismo. Así, para imponer una regulación adicional es necesario (1) entender qué característica del mercado hace que requiera una regulación distinta del resto de los mercados donde un lado pueda estar más concentrado que el otro, y (2) entender por que la legislación existente, y en particular las provisiones destinadas a evitar la competencia desleal (o el abuso de posición de dominio), no es suficiente para corregirlo.

Solo existe un par de instancias en las que el APLCA intente reparar fallos de mercado. Por ejemplo, al establecer la obligación de que los contratos que exceden una cierta cuantía se hagan por escrito se facilita que las partes denuncien el incumplimiento de los mismos y, por tanto, se hace su acceso a la justicia más eficiente. En el resto de los casos el anterproyecto incluye provisiones que van de lo curioso a lo seriamente preocupante. Por ejemplo, se regulan las subastas electrónicas (Artículo 10) sin explicar la necesidad de que las subastas de productos alimentarios se rijan por reglas distintas a las que aplican a cualquier otra subasta. Esto no deja de ser irónico, sobre todo, si tenemos en cuenta que a menudo el trabajo académico sobre subastas utiliza datos de alimentos por considerarlos un ejemplo muy claro (ver, por ejemplo, Laffont, Ossard and Vuong (1995) para el caso de las berenjenas). Así, entre las provisiones con una justificación muy discutible que introduce esta nueva regulación está la absoluta prohibición de ofrecer el mismo bien en subasta y en otra modalidad de venta.

Entre otras cosas, el anteproyecto tipifica como abuso (Artículo 12) pagos que excedan el precio pactado excepto en circunstancias muy limitadas. Eso, tal y como la CNC manifiesta, podría prohibir prácticas que pueden ser eficientes, como “determinadas modalidades de pagos comerciales por conceptos como la asignación de espacio en el lineal, la gestión de stocks por cambios en el surtido o los fallos relacionados con el surtido. Estos mecanismos pueden favorecer la configuración de un surtido más favorable para los consumidores e introducir incentivos a los distribuidores, industria y productores para mejorar el funcionamiento de la cadena”.

Finalmente, como se ha mencionado anteriormente, se introduce un nuevo y artificial régimen de sanciones, que se solapa con las jurisdicciones ya existentes. Este régimen sancionador lo ejercerán las comunidades autónomas y la Administración General del Estado. La aplicación de este régimen y las limitaciones que el anteproyecto de ley impone a los supermercados es probable que tengan un efecto significativo en el gran enfrentamiento entre los fabricantes de las marcas de productor y los supermercados acerca de las marcas de distribuidor (lo que anteriormente se llamaban marcas blancas).

La mayor parte de estos aspectos parece que no han cambiado substancialmente en el proyecto de ley. En ese caso, la evaluación de este proyecto de ley será claramente negativa. Primero, incorpora una legislación adicional que es difícil de combinar con los objetivos de eficiencia que deberían primar en el funcionamiento del mercado. Además, en la medida en que se prohíban prácticas que pueden ser eficientes y que los precios “justos” que se persiguen puedan representar un aumento en el coste de aprovisionamiento de los productos existirán perjuicios para los consumidores. Segundo, se añade carga burocrática e inseguridad jurídica, resultado de la legislación adicional y el nuevo régimen sancionador. Tercero, esta legislación difícilmente estará en sintonía con la propuesta comunitaria al respecto.

Esto se debe a que la legislación incide en los elementos equivocados. Tal y como afirmaba la CNC en un informe de 2011, el mercado de la distribución se mueve en un entorno donde primala proximidad al consumidor y menos la competencia en precios, variedad y calidad de productos en los lineales”. Esto es coherente con estudios recientes que constatan que la mayor concentración del lado de la distribución puede estar relacionada con las rentas que las empresas obtienen a través de su localización. Algunos estudios (como pone de manifiesto un informe reciente de la Autoritat Catalana de la Competència) muestran que cerca de la mitad de los consumidores consideran la proximidad como el criterio básico para ir a una tienda o supermercado. La variedad de productos que hipermercados y supermercados pueden proporcionar son también aspectos determinantes. Por ello, las restricciones comerciales tan habituales en España y que, como comentaba en una entrada anterior, han empezado a desaparecer gracias a la nueva legislación pueden contribuir a reducir estas rentas e introducir competencia en los mercados minoristas.

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Tabla procedente del informe de la Autoritat Catalana de la Competència: "Efectos del carácter restrictivo de la normativa comercial sobre la competitividad de la economía catalana (1997-2012)"

Así, se debería profundizar en la introducción de competencia en el mercado de la distribución reduciendo las rentas que los supermercados disfrutan debido a su localización. Con ello, la competencia en el mercado final se trasladaría a la valoración por parte de los consumidores de las características de los productos que compran (en lugar de la conveniencia de la localización) y eso, a su vez, otorgaría rentas a los proveedores que proporcionan bienes de mayor calidad (o que son más eficientes en su producción). No se trata de buscar precios que sean “justos”, sino de proporcionar condiciones que conlleven precios que reflejen el valor que cada agente contribuye a la cadena alimentaria, comparado con el de sus competidores. Estos precios deben ser señales que proporcionen incentivos para que los agentes inviertan en mejorar su eficiencia y la calidad de sus productos.

Hay 11 comentarios
  • Gerard,

    Tu análisis supone la teoría económica del bienestar --los mercados fallan y los gobiernos no. Esa teoría supuso primero información perfecta, y luego (post 1970) información imperfecta, en particular asimetría en la información disponible para las partes en el intercambio. Por cierto, siguiendo con la ilusión de que el gobierno puede arreglar los fallos de los mercados, se concluye alegremente que el gobierno puede superar los problemas de la información asimétrica.

    La realidad española nos recuerda que esa teoría no puede justificar la intervención estatal por las oportunidades de los gobiernos para aprovecharse de la información imperfecta y abusar sus poderes. La asimetría decisiva es entre privilegiados y los demás. El poder estatal implica una asimetría, más grotesca cuanto menos efectivos los controles de ese poder y sus privilegios.

    Si el propósito del análisis es positivo --explicar las economías de las democracias constitucionales-- la teoría neoclásica todavía está lejos de hacerlo por las dificultades de “endogeneizar“ los gobiernos en el análisis de los mercados (todavía los suponemos exógenos). Si es normativo --justificar políticas públicas-- la teoría neoclásica no puede hacerlo porque carece de una teoría que explique cómo la estructura de las democracias constitucionales puede generar gobiernos cuyas conductas (políticas) sean compromisos que promueven el bienestar de la mayoría y respeten los derechos de las minorías.

    • Quasimontoro,
      Gracias por tu aportación. Mi entrada en realidad no pretende entrar en ese debate. Lo que pongo de manifiesto es que si hay un problema en este mercado la mejor manera de solucionarlo no es crear un problema aún mayor. La intervención pública estoy de acuerdo que nunca conseguirá la solución "perfecta", pero se trata de acercarse lo máximo posible. Por ello, creo que es mejor actuar sobre las causas del problema en lugar de sobre los síntomas que es lo que el APLCA parece que pretende.

      • Gerard,

        Tu planteamiento del problema de cómo regular actividades privadas supone que una agencia estatal podría contribuir a solucionar algo que no funciona bien o a perfeccionar algo que funciona razonablemente bien, y que para tener éxito la agencia debería tener autonomía para aplicar y hacer cumplir las normas legales (todas las normas legales requieren grados importantes de discrecionalidad para su aplicación y cumplimiento, pero sólo de expertos honestos y no de otros, en particular políticos y sus cómplices) y estar sujeta a mecanismos eficaces de responsabilidad personal de sus ejecutivos (los expertos honestos).

        Mi planteamiento supone que esas agencias autónomas y responsables no existen y jamás existirán. Sí, podemos ponernos de acuerdo en que es una cuestión de grados, pero tu te inclinas a un extremo y yo al otro. Desde mi punto de vista, cuando se crea una nueva agencia estatal o se da mayor autoridad a una agencia existente, uno debe plantearse cuán mala será o es la agencia y luego preocuparse de la nueva regulación (aunque estuviera de acuerdo en lo substantivo, probablemente la agencia se equivocará en el ejercicio de su poder o peor abusará de ese poder).

        • Cuando se habla de la proximidad como "valor" para el cliente creo que los tiros no van hacia donde ustedes tiran los platos.
          En la mayoría de ciudades y pueblos de España la gente compra en el supermercado de su barrio, o en uno de los de su barrio. Son pequeñas o medianas superficies, de varias marcas (Mercadona, AhorraMas, ElArbol, Alimerka, Froiz, Eroski). Que yo sepa no tienen ninguna restricción importante (no más que cualquier otro negocio). Se instalan o no según sus estudios de mercado.
          Pienso que ustedes se van a los hipermercados de las grandes urbes, que si algo penalizan precisamente es el comercio de proximidad.
          Quizá debería desregularse completamente su instalación, esa es otra discusión, pero no con el argumento de favorecer al consumidor que valora la proximidad.

          • Tal y como se discute en el informe de la Autoritat Catalana de la Competència que menciono en mi entrada las restricciones no solo aplican a los hipermercados (más de 2500 m2) sino también a los supermercados y tiendas de descuento aunque es cierto que en menor medida.

  • Hola,

    Sabiendo muchísimo menos que el autor, que un proveedor sólo tenga como posibles compradores a 2 o 3 cadenas de alimentación me parece una bomba de relojería. Algunas empresas rechazan pedidos excesivamente elevados (digamos, un 40 % de su producción) porque les ataría a ese proveedor. Una empresa no puede crecer tanto.¿Y si por cualquier razón (malentendido, o cambio de estrategia, o ...) no se renueva el pedido? ¿Despido trabajadores? ¿Vendo instalaciones?

    Por tanto, que haya tan pocos intermediarios introduce un riesgo elevado sobre la producción agrícola o ganadera. Y esto se tendrá que pagar con una prima de riesgo.

    Además, conozco empresas que practican la competencia desleal encubierta. Una importante cadena de alimentación (alabada por el profesor Garicano) obliga en sus contratos con los proveedores a suministrar a ella "todo lo que pida", como forma encubierta de quedarse con el 100 % de la producción y dejar secos al resto de intermediarios. (A veces calculan mal, y varios proveedores se han visto apurados al verse obligados a producir más de lo que pueden). En otros países esto podría ser ilegal. Lo cierto es que a esta cadena se la ha acusado de hacer donaciones irregulares a cierto partido político, no sé si por ahí van los tiros.

    Me alegro de que usted (Gerard) mencione la necesidad de desregular la apertura de los comercios. Un inteligente argumento el de la proximidad. Y la reflexión final me parece muy afortunada.

  • Enhorabuena por la entrada. El Mº de Agricultura asume sin pudor que su función debe ser defender las rentas de los agricultores y la industria agroalimentaria, aislándoles en lo posible de la competencia y a costa del consumidor. Un consumidor que es tratado habitualmente como si fuera menor de edad, secuestrado y perjudicado por Mercadona y las marcas blancas.
    Pero el giro intervencionista de este Proyecto de Ley venía gestándose desde hace tiempo, con presiones de FIAB, PROMARCA y los sindicatos agrarios sobre los reguladores y supervisores.
    Sólo así puede entenderse el Informe de la CNC de 2011, que es un conjunto de algunas luces y bastantes sombras para la competencia en el sector. El texto está plagado de referencias al poder de compra de la distribución (calificado de excesivo), y a los efectos negativos (siempre teóricos) que puede tener en el futuro sobre los consumidores. El despropósito llega a recomendar que "Las condiciones contractuales que rijan la relación comercial deberán formalizarse por escrito. Aunque ello constituya una limitación al principio de libertad de forma que rige en el Derecho ... "; y a la valoración negativa de determinadas prácticas comerciales, hechas desde una institución convertida en torre de marfil.
    Luces y sombras de la CNC en este ámbito de la distribución que ha dado alas a Agricultura y su proyecto de Ley ... ... es una pena que la CNC vaya a desaparecer en breve echando este borrón a una larga trayectoria de denuncia de las restricciones al comercio.

    • Los agricultores, al igual que el resto de empresarios, actúan como lobby e influyen en el Ministerio de Agricultura. Igual que los bancos influyen en el de Economía, o las eléctricas en el de Industria, o las Constructoras en el de Fomento (sí, ese que rescató a las concesionarios de autopistas de peaje). No nos rasguemos las vestiduras por ello (o hagámoslo, pero en todos los casos).

      Una queja justa de los agricultores (que alguna hay) es la venta a pérdidas. Que un litro de leche se venda a 0,45 euros, a mi entender, sólo puede significar dos cosas:
      - Que se use la leche como reclamo comercial, vendiéndola a pérdidas (lo cual debe de ser ilegal, ¿o no?)
      - Que se cometa un fraude de algún tipo (comercial, de normativa o sanitario).

      No sé si hace falta una agencia nueva para vigilar casos como este, supongo que no, que basta con que funcionen los órganos que ya existen. Pero tal vez no interese perjudicar a los amigos "donantes" y sea mejor marear la perdiz con agencias y observatorios.

      • Que haya asociaciones y empresas que quieran tener influencia sobre quien propone normas y las ejecuta, me parece razonable. Que éste último considere que su objetivo no es el interés general sino la satisfacción de estos grupos, me parece infumable. Y de esos polvos, estos lodos en agricultura, fomento, industria, etc.
        Que si la venta a pérdidas es ilegal? La Ley de Competencia Desleal dice eso. Pero si hablamos de economía y mercados, no es fácil argumentar que vender a pérdidas sea sostenible o negativo para el bienestar: ¿a alguien le preocupa que Amazón venda sus Kindle a precio de coste o con pérdida? ¿nos importaría que nos vendieran un coche por debajo de coste?
        La verdadera lucha de los agricultores es para hacernos creer que la leche no es como los tornillos ... ... y a lo mejor tienen razon, porque el fabricante de tornillos no recibe tantas subvenciones ni tiene una PAC para protegerle.
        Cada regulación ineficiente, cada código de buenas prácticas inútil tiene un efecto claro en la cartera del ciudadano.

        • Supongo que a los fabricantes de otros e-readers les preocupará que Amazon venda el Kindle por debajo del coste. Si esa venta a pérdidas pretende acabar con la competencia podríamos tener un beneficio inmediato a costa de un monopolio futuro.

          Otra cara del debate es si como Estado debemos mantener una mínima producción agraria con el fin de prevenir "desperfectos" ambientales (despoblación casi total de vastas regiones españolas); y de mantener alguna "soberania alimentaria". Y aquí las vacas no son tornillos: puede que hoy sea más barato traer leche de Nueva Zelanda o de Normandía, pero si mañana hay una crisis alimentaria (y no es en absoluto improbable, via precios de las MP o affairs sanitarios) no se puede volver a producir leche de la noche a la mañana (faltarían las terneras futuras vacas y el know how, que no es el de hacer tornillos).
          No olvidemos que la crisis de la PAC deriva del hecho mismo de su éxito, de haber cumplido los objetivos para los que fue creada: incrementar la productividad, asegurar un nivel de vida equitativo a la población agrícola y garantizar la seguridad de los abastecimientos a precios razonables. Todo ello tras el período de escasez de la posguerra europea.
          Y, gracias a la PAC al menos en parte, se consiguió modernizar la producción agraria europea y garantizar los suministros a precios bajos.
          Por supuesto que deben corregirse desequilibrios y evitar demagogias, pero (al igual que en el informe sobre la universidad española) debemos huir de maximalismos.

  • Hola a todos. Muy interesante el debate. Sin embargo, hay algunas afirmaciones que son al menos cuestionables. No toda la agricultura está igualmente protegida por la PAC, hay subsectores en los que sus efectos subvencionadores son muy escasos (por ejemplo, en hortalizas) y donde el mercado funciona con muchas menos restricciones.
    Y la cosa es que en esos casos también se produce la venta por debajo de los costes de producción en muchos momentos de la campaña. Si tenemos en cuenta que a los precios pagados luego habría que sumarles costes de logística y las mermas propias de productos perecederos, la situación es menos entendible.
    A no ser que pensemos que las empresas de la distribución minorista aprietan allí donde pueden para usar esos productos como banderín de enganche de los consumidores (lo cual puede que sea legal, pero también éticamente discutible).
    La solución al margen de legislaciones es la ganancia de poder de mercado de los propios productores mediante la concentración de su oferta, pero parece que la CNC no está muy dispuesta tampoco a que eso pase (véase el caso de Hojiblanca y Deoleo)...

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