Plagios y Consecuencias

Hoy, el defensor del lector de El País, Tomàs Delclós escribe sobre el caso de plagio por parte del magistrado Alfonso Villagómez Cebrián que Rodrigo Tena denunció en Hay Derecho.

Delclós explica la situación con gran cuidado y rigor. Además cita una carta que Francisco de la Torre (amigo, compañero de E-3 y de SEFOCUMA) y yo le escribimos al respecto y en la que decíamos:

“Siempre hemos contribuido (de manera no remunerada) al periódico por la satisfacción de ayudar a que el debate en la sociedad española mejore en las cosas de las “que sabemos”. Cuando alguien plagia lanza una duda sobre todos los demás “expertos”. El lector, con razón, puede empezar a pensar que lo que nosotros escribimos puede también tener poca originalidad o ser una copia descarada y por ello no prestar atención a nuestros argumentos. Entendemos perfectamente que EL PAÍS opere bajo la presunción de que los artículos que le envían sus colaboradores son originales. Es una presunción razonable y comprobar lo contrario sería innecesariamente costoso, en especial en estos tiempos de crisis económica en los medios. Pero sí que nos gustaría que el periódico, que además es un medio de referencia, tomase un actitud enérgica como respuesta a este caso, porque creemos que EL PAÍS y sobre todo sus lectores, se merecen artículos originales.”

Quería aprovechar esta entrada en NeG para añadir tres comentarios:

1) Personalmente, lo que me llevó a escribir la carta al periódico fue la “explicación” dada por el magistrado en el blog Hay Derecho. Copio de la misma:

“No trato de disculparme con la culpa ajena, pero por El País no se me confirmó ni avisó de que el texto iba a ser publicado.”

¿Y eso qué tiene que ver? ¿No envió acaso, como señala el defensor del lector, el artículo para que fuera publicado? ¿O es que si le hubiesen avisado que se iba a publicar hubiera dicho “no mira, mejor lo cambio, que no cito adecuadamente”?

Como se ve en el artículo de El País es una excusa que ha reiterado:

“…desconocía que el texto iba a ser publicado en la información que sobre el mismo tema se recogió en la edición del periódico del día 13 de abril”

Lo que me molestó profundamente es que esta es la típica excusa española: se saca uno de la manga algo que no viene a cuento para emborronar la discusión y, de manera más o menos abierta, incluir en las culpas a un tercero. Sinceramente, me parece peor la explicación que el acto original.

2) En España no hay casi nunca consecuencias de nada. El magistrado, excepto por los colores que le puedan sacar un par de entradas como esta, continuará su vida sin mayor consecuencia. Esto no debería ser así, pues este es el motivo detrás de muchos de nuestros problemas: ante la ausencia de controles, se abusa una y otra vez y, como Antonio Cabrales señalaba ya en este foro, se pierde la confianza en las instituciones.

Yo, si tuviese un caso judicial que ser dilucidado en España no querría que fuera llevado por Alfonso Villagómez. Su comportamiento (reiterado) de plagio y su respuesta en Hay Derecho y en El País hace que carezca, para mi, de la legitimidad para ejercer su cargo o para que confíe, ex ante, en su decisión. Ser magistrado es uno de las posiciones más importantes del Estado de Derecho y exige, por ello, un comportamiento exquisito.

En mi opinión, Alfonso Villagómez ha cometido de manera reiterada errores muy graves que son incompatibles con su condición de juez y debería, de manera voluntaria, abandonar la magistratura.

Desconozco si existen mecanismos disciplinarios dentro de la carrera judicial para que existan consecuencias en caso de que Alfonso Villagómez no tome la iniciativa voluntariamente, pero si tales mecanismos no existen, deberían existir.

3) Yo he sido muy crítico con los derechos de propiedad intelectual en este mismo blog. Pero mis criticas han sido siempre a sus contenidos económicos, no a los morales. A mi me parece, por ejemplo, que casos recientes como el de la traducción de las obras de Marx retiradas de internet es absurdo y que tanto el copyright como las patentes deberían ser reformadas profundamente. Jamás he negado los derechos morales del autor a ser reconocido como tal. Me parece fenomenal que alguien quiera copiar esta entrada y colgarla en su propio blog o hacer fotocopias y repartirlas a sus amigos (como por ejemplo ha ocurrido con mi famosa conferencia de ICADE). Mi derecho no es a la remuneración económica, mi derecho (moral, que no necesariamente jurídico) es que cuando se citen mis argumentos de manera directa se diga que yo soy el autor (para lo bueno y para lo malo) de los mismos.

Hay 21 comentarios
  • Suscribo totalmente esta entrada. Mis sensaciones fueron muy semejantes a las que describe. Me parece que la reacción del Sr. Villagómez fue tal como dice, meter un asunto que no tiene nada que ver ni disculpa en absoluto. Hacer un par de entradas en Hay Derecho para quedar tan amigos y ya está... Aquí no ha pasado nada y seguimos igual.

    Me parece muy bien que se insista en esta entrada sobre la falta de consecuencias de las acciones de este tipo porque a base de uno hacerse el bueno nos comen (parece que ya lo perdonaron en otro blog)

    Me recuerda una escena de la novela "La Ciudad de los Prodigios", cuando el protagonista (un personaje bastante sinvergüenza), viendo a la gente desde las alturas dice algo así como " la gente es buenísima, no os podéis imaginar las cosas que se dejan hacer..."

    Por otro lado la explicación dada respecto al plagio que decía algo así como "me he equivocado" es un sinsentido, eso no fue una equivocación, plagiar es muy difícil que se haga sin intención.

    En fin que enhorabuena por el post

  • Me quedo un poco perplejo con la respuesta del director de la sección de Opinión diciendo que no pasan los artículos por herramientas de detección de plagio por un tema de "confianza" con los colaboradores. Dice, por otro lado, la pobreza del periodismo español. The New York Times jamás consentiría algo así.
    Por otro lado, si una estrella mediática como Fareed Zakaria sufre las consecuencias de cometer un plagio del tipo del señor Villagómez (que además es reincidente), creo este señor debería estar vetado de todos los medios de comunicación. ¿Es que no hay otros que puedan escribir de temas jurídicos para EL PAIS? Quizá realmente el problema de la sociedad civil en España sea más grave de lo que pensamos.
    Gracias, Jesús, por la frescura de tus entradas.

  • Totalmente de acuerdo. También parece curiosa la reacción de El País, diciendo que adoptarán medidas para que la historia no se repita, pero sin tomar ningún tipo de represalia contra este personaje que les ha tomado el pelo (¿qué menos que decir desde la redacción que nunca se le volverá a publicar nada a Villagómez?)

  • A mi también me dejan perplejo tanto la reacción de Villagómez como la explicación del Defensor del Lector. En el caso de Villagómez: acaso el que el plagio no esté destinado a la publicación (lo que ya en si es poco creíble: para qué lo envía a la redacción de un periódico nacional, si no?) lo hace menos reprensible? En cuanto a El País: no han oído nunca el proverbio ruso "confía, pero controla"? La naturaleza humana siendo lo que es, sin medidas de control se abre la puerta a todo tipo de abusos. Entiendo que una hoja parroquial se limite a confiar en sus colaboradores, pero no uno de los principales medios de la prensa escrita en lengua española.

  • Por cierto, no viene muy a cuento, pero ésto me ha rascado un poco:

    "casos recientes como el de la traducción de las obras de Marx retiradas de internet es absurdo"

    Sr. Fernández-Villaverde, no creo que pensase Vd. que es absurdo si se ganase la vida traduciendo. Traducir las obras de Marx del alemán al inglés no me parece un trabajo sencillo ni trivial, y merece ser retribuido. Según revela su enlace, el problema radicaba en que, habiendo traducciones antiguas libres de derechos de autor, se prefirió piratear (y uso la palabra muy conscientemente, porque me parece llamar a las cosas por su nombre) una edición académica reciente de una pequeña editorial para colgarla en internet. Lo único que me parece absurdo en este caso es que haya supuestos marxistas que se ofusquen: si se defiende la remuneración del trabajo frente a la del capital, la propiedad intelectual es posiblemente la única forma de propiedad que se pueda considerar completamente legitima (sin contar con que, dado que vivía en gran parte de sus escritos, no me extrañaría que Marx tuviese opiniones bastante claras sobre los derechos de autor...)

    • La traduccion que se utilizo por Marxists.org fue pagada en su dia por la Union Sovietica (Scott McLemee lo explica aqui http://crookedtimber.org/2014/04/24/karlo-marx-and-fredrich-engels-came-to-the-checkout-at-the-7-11/#more-32745), es decir, por el dinero de un regimen criminal. Por una de esas casualidades de la vida, al caer el regimen comunista, Lawrence & Wishart resulto heredera de esos derechos. Que quieran ahora explotarlos me parece como minimo de muy mal gusto: el posible beneficio del copyright deberia ir a las victimas de la Union Sovietica, no a los que por años justificaron sus crimines con mil excusas.

      • Me parece que, si es cierto que la traducción de Lawrence & Wishart fue pagada por el oro de Moscu, la injusticia no radica para nada en la existencia de derechos de autor, sino más bien en :

        a) cómo la Unión Soviética explotó la sangre y el sufrimiento de millones de personas en proyectos de utilidad discutible, como la traducción de las obras completas de Marx, y

        b) como, tras la caída de la Unión Soviética, muchas riquezas que habían sido obtenidas con aquel enorme coste humano fueron privatizadas de manera opaca, contribuyendo a generar algunas de las fortunas más escandalosas del planeta. El caso de esta traducción (o el caso semejante del juego [Tetris](http://www.todayifoundout.com/index.php/2011/02/the-rights-to-tetris-were-originally-owned-by-the-soviet-union/) ) palidece ciertamente comparado al de [Norilsk Nickel](http://en.wikipedia.org/wiki/Vladimir_Potanin), por ejemplo...

        En resumen, no eche la culpa a los derechos de autor por las injusticias cometidas bajo el "socialismo real" y el "capitalismo de amiguetes". La propiedad intelectual tiene tanta relación con ellas como la propiedad física con las fortunas de Oleg Deripaska y Roman Abramovich...

        • Yo lo veo de una manera distinta. Los derechos de autor se suponen que remuneran a los que trabajan, por ejemplo, en una traduccion. Pero los traductores ya fueron pagados, con lo cual no hay ningun incentivo que proteger. Encima, el titulo de L&W a esos derechos es un tanto tenue y no esta claro que sobreviviese un juicio, pero la gente de MIA no quiere emprender acciones legales.

          Es un ejemplo mas de como una intepretacion extensiva de los derechos de propiedad intelectual llevan a un absurdo: lo que tendremos ahora es una pura transferencia de las universidades del mundo entero (que pagaran por la version digital de las obras completas) a unos señores que tienen un chiringuito que dice ser los herederos de una propiedad intelectual por la que no pagaron en su dia.

          Ejemplos como este hay decenas: cuando una legislacion lleva una y otra vez a absurdos, uno tiene que preguntarse si tiene sentido. Pero bueno, es un tema colateral a la discusion principal.

          • "Pero los traductores ya fueron pagados, con lo cual no hay ningun incentivo que proteger."

            Eso, disculpe Vd. porque por lo general respeto mucho su criterio, es un argumento ridículo. Cuando un coche nuevo llega al concesionario, los obreros que lo han fabricado ya han sido pagados. Quiere decir eso que si me sirvo libremente en el concesionario y me llevo el coche sin pagar eso no va a repercutir en los incentivos a esos obreros? Excepto en el mundo de Yupi, me temo que no es el caso... si todo el mundo sigue mi ejemplo, esos obreros van a acabar muy rápido en la cola del INEM.

            Del mismo modo, si tras pagar a los traductores se "libera" la traducción...quién va a pagar a los traductores por algo que deja de tener cualquier valor tras ese pago? Pues unos pocos filantropos, solamente.

            Otra cosa es que el título de L&W a esa propiedad sea muy dudoso, pero como ya he señalado, eso no es ninguna excepción en la rebatiña que fue la liquidación por cierre de la Unión Soviética. Y si las "universidades del mundo entero" (o al menos las que consideran necesitar una traducción inglesa de las obras completas de Marx y Engels) desean evitar pagar un duro a L&W, lo tienen muy fácil: basta con pagar una nueva traducción y, puestos a ser generosos, distribuirla bajo licencia Creative Commons. De paso, esa traducción seria posiblemente mas fiable que una efectuada bajo el vigilante ojo del KGB...

            • La analogia con el coche es incorrecta por la naturaleza de la propiedad intelectual vs. la propiedad fisica:

              1) Los coches son un bien rival. Si yo voy a un concesionario y me llevo un coche sin pagar, nadie mas lo puede emplear. El derecho de propiedad asigna quien puede utilizar ese bien rival. El que los trabajadores de la compañia hayan o no sido pagados es irrelevante: aun tenemos que decidir, como sociedad, quien emplea este coche. Una manera de verlo es pensar en una pepita de oro que me encuentre en un rio: nadie la ha producido, pero como sociedad aun tenemos que decidir de quien es (es mia? es del dueño del terreno por el que pasa el rio? del estado?).

              2) Los bienes intelectuales no son un bien rival. Si yo tengo una copia en pdf de la traduccion no limito con ello que nadie pueda emplear su propio pdf. Es mas, puedo hacer 7 billones de copias de la traduccion, darle una a cada habitante del planeta y no pasa nada. De igual manera, si tengo un DVD de una pelicula y hago una copia para mi hermano, yo sigo teniendo un DVD que es exactamente igual que antes de hacer la copia.

              La propiedad intelectual economica se justifica, exclusivamente, en otorgar los incentivos correctos a los creadores de la obra. La propiedad sobre bienes rivales se justifica en la necesidad de decidir quien emplea el bien.

              Esta diferencia fundamental en la naturaleza de la propiedad es la que explica, por ejemplo, que la propiedad intelectual este sometida a limitacion temporal (el copyright es finito) pero no la propiedad fisica (el coche podra estar en mi familia por siglos). Esta diferencia no es creacion de los economistas: es una constante en el derecho occidental desde hace siglos. Por ejemplo, en el derecho de los paises de habla inglesa, la propiedad fisica es "common law property" mientras que la propiedad intelectual es "statutory" y por tanto con una caracteristicas legales radicalmente diferentes. Mi argumento, pues, lejos de ser ridiculo, es el que se encuentra en cualquier libro de texto de economia o de derecho y economia. Una de las consecuencias mas tristes de los lobbistas de la propiedad intelectual y su insistencia en que violar el copyright es "robar" es que mucha gente ya no entiende algo que estaba claro desde hace mucho tiempo.

              La pregunta entonces es, como sociedad, como damos incentivos adecuadamente a los creadores de obras intelectuales?

              El copyright es una manera imperfecta pues genera un monopolio ex-post que distorsiona la asignacion de recursos (el coste marginal de producir el bien es cero -o practicamente cero- pero este no es el precio de mercado). Por tanto la presuncion debe ser intentar limitar este monopolio lo mas posible y, en caso de duda, escoger la opcion que nos acerca mas a la asignacion optima ex post. En este caso de las obras de Marx, donde hay un titulo incierto, el origen de la traduccion no fue comercial sino el dinero de la Union Sovietica y ya ha pasado bastante tiempo desde la misma, me parece que la unica alternativa razonable para el ordenamiento juridico seria no reconocer ese derecho economico de propiedad intelectual.

            • La analogía del coche es la correcta para el argumento que estaba utilizando, que era que los traductores "ya habían sido pagados".

              La creación intelectual original es un bien rival al mismo título que cualquier bien físico. El que a continuación se pueda reproducir con un coste marginal nulo o casi nulo es irrelevante: el primer ejemplar ha tenido como mínimo un coste de oportunidad para el creador. De no haber podido contar con la remuneración económica de los derechos de autor, el creador se podría haber dedicado a otra cosa (por ejemplo, se me ocurren cientos de actividades más amenas que traducir a Marx y Engels...)

              Las energías renovables ofrecen una analogía quizás más apropiada: tras la inversión inicial, los paneles solares ofrecen electricidad con un coste marginal prácticamente nulo. Sin embargo, no creo que fuese de recibo conectarse a la huerta solar del vecino sin pagarle, y desde luego permitirlo sería casi tan nocivo como las medidas del actual gobierno respecto a las renovables.

              Me puede Vd. responder que el vecino no tiene un monopolio sobre la electricidad comparable al que el creador tiene sobre su obra. Pero es que, si hay algo que distingue a la creación intelectual, es la abundancia de competencia. Si no me apetece pagar por leer a Marx y Engels en inglés, puedo leer a otros. Otra cuestión es la de la legitimidad de como se ha obtenido cierta propiedad, pero es un problema que no se limita a la propiedad intelectual (lejos de ello!)

            • RC

              No, se equivoca usted.

              1) El derecho de propiedad sobre el coche (o la electricidad) se justifican INCLUSO si no hay problemas de incentivos. Por eso emplee el ejemplo de la pepita de oro encontrada de manera fortuita. Esto demuestra que los incentivos son secundarios en la esencia del derecho de propiedad sobre un bien rival. Los incentivos son unicamente una justificacion a fortiori del mismo.

              El derecho de propiedad intelectual se justifica SOLO por el problema de incentivos. Si estos no existen (la Union Sovietica pago a los traductores por otros motivos), no existe justificacion economica alguna para el derecho de propiedad intelectual pues lo unico que crea son distorsiones.

              En un mundo en el que solo existiesen bienes rivales no reproducibles -y por tanto los incentivos no jugasen papel alguno- todo nuestro sistema legal de propiedad fisica funcionaria sin ningun problema. En un mundo donde no hubiese problemas de incentivos en los bienes no rivales, no habria necesidad de tener derechos de propiedad intelectual economicos.

              2) La analogia de la electricidad es falaz: la electricidad es un bien rival, ya que si yo empleo la electricidad no la emplea usted. Usted esta confundiendo ausencia de rivalidad (que implica coste marginal cero) con tener coste marginal cero. Todas las vacas ("bien no rival") son animales de cuatro patas ("tiene coste marginal cero"), pero no todos los animales de cuatro patas ("bienes de coste marginal cero") son vacas ("bienes no rivales"). Y ademas, y a peor, la huerta solar solo tiene coste marginal cero hasta que llega al limite de su capacidad. Despues tiene coste marginal infinito. Los bienes no rivales SIEMPRE tienen coste marginal cero.

              3) Mezcla usted coste marginal cero (el coste de reproducir la traduccion del pdf) que es el importante en la naturaleza del bien, con el coste de oportunidad del traductor, que es el importante para la creacion de incentivos. Son dos cosas distintas.

              La intuicion que usted tiene es una de "inconsistencia temporal": que yo te diga que te voy a proteger un derecho para inducir un comportamiento y una vez que la accion ya se ha realizado, no lo proteja porque ex post es costoso hacerlo. Efectivamente: este es un problema con el que hay que ser cuidadoso pero no por ello convertirlo en un fetiche. En particular, como decia antes, creo en casos de duda -como este- se debe optar por la opcion de no proteger ex post un derecho de propiedad intelectual en el que los incentivos no jugaron papel alguno.

              Pero bueno, creo que ya hemos iterado mucho en este argumento y parece que vemos las cosas de manera distinta.

    • Hola. La expresión «propiedad intelectual» induce a engaños. Primero, porque incluye un conjunto de cosas—patentes, derechos de autor (copyright), marcas…—que no tienen nada que ver unas con otras. Segundo, porque el término «propiedad» no es adecuado. Los productos de la mente realmente no son susceptibles de apropiación como lo puede ser un objeto físico. En palabras de Thomas Jefferson, «if nature has made any one thing less susceptible than all others of exclusive property, it is the action of the thinking power called an idea, which an individual may exclusively possess as long as he keeps it to himself; but the moment it is divulged, it forces itself into the possession of everyone, and the receiver cannot dispossess himself of it.»

      • Efectivamente. Este libro

        "Intellectual Privilege: Copyright, Common Law, and the Common Good"

        lo explica muy bien. La "propiedad intelectual" es un monopolio concedido por el estado, no propiedad.

  • “Impunidad” y “consecuencias” son dos términos que lucen por su ausencia y así nos vemos. Quién mejor que los jueces para saber sobre ambos, y asocio este tema con el juicio a Elpidio Silva, conocedor del sistema, y que nos ha dado la oportunidad de ver como funcionan las cosas y el respeto que tienen por la justicia quién la conoce desde dentro.

    Sobre “El País” como medio de referencia, permítanme que tenga mis dudas. Que fuera en su tiempo, de acuerdo, a día de hoy, es un simple gestor de contenidos que se limita a rellenar secciones por el mínimo coste posible y con un consejo de administración vinculado en gran porcentaje al sector financiero. La información paso hace mucho tiempo a segundo plano.

  • Las explicaciones posteriores al Defensor del Lector me han parecido aún más "curiosas": "mis líneas sobre el aforamiento procesal no lo fueron a solicitud del periódico; desconocía que el texto iba a ser publicado en la información que sobre el mismo tema se recogió en la edición del periódico del día 13 de abril". Esto es coherente con que el texto haya sido remitido sin solicitud previa del periódico. Sin embargo, las explicaciones son casi peores. Si no es aceptable que cuando un periódico te pide una opinión la plagies, mucho menos es enviar un texto (a la sección de opinión, además) para que se publique, plagiando una parte sustancial. En Derecho, eso se llama premeditación y alevosía, y son agravantes.
    Por otra parte, como poníamos de manifiesto en la carta Jesús y yo, entiendo que El País confíe en sus colaboradores. También hay que reconocer que hacer pública esta transgresión a la confianza y a la buena fe del medio y de sus lectores, en los dos casos que han detectado, sin tratar de minimizarlo, es otro gesto positivo, en lugar de tratar de enterrar el tema.

    • Efectivamente. La "excusa" es una explicacion retorcida 🙂 Como me comentabas tu hace poco, si hubiese sido que tenia que entregar el articulo con una fecha limite, la "tentacion" de copiar hubiera sido mas perdonable. Pero la iniciativa de enviar el articulo fue suya y por tanto el error de juicio mucho mas severo.

  • Ya se que no tiene mucho que ver con el post, pero hace 3 dias falleció Gary Becker, premio Nobel y pionero en aplicar la teoría económica a otras materias como la discriminación o el comportamiento criminal. Seguramente Jesús podría hacernos alguna semblanza.

    P.S.
    Para poner algo en relación con el post o, mejor, sobre la propiedad intelectual, hay una frase, creo que de Bernard Show, que dice algo así-cito de memoria-"Si yo te doy una manzana a cambio de otra manzana, acabamos con una manzana cada uno. Si te doy una idea a cambio de otra idea acabamos con dos ideas cada uno".

    Saludos

    • Tano Santos y Luis Garicano, que lo conocieron mucho en Chicago, van a escribir al respecto. Me parece que ya estan en ello.

      La frase de B. Show esta francamente bien

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