El aumento del salario mínimo: no tan trivial

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La aprobación en el Congreso de la propuesta de subir el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) mensual hasta los 950 euros mensuales, y la posterior aceptación por parte del gobierno de subirlo un 8% en el 2017, ha generado múltiples reacciones. Me han preguntado en distintos medios sobre los efectos que puede tener esta medida. La respuesta no es tan trivial como parecen argumentar aquellos para los que “todos son pros” o “todos son contras”.

Quienes reclaman un aumento tan sustancial argumentan que la recuperación económica no está llegando a todos, y que hay que asegurar un suelo salarial efectivo que impida la precariedad y pobreza entre los trabajadores (consecuencias de la últimas reformas laborales). Sus efectos positivos sobre la demanda interna fortalecerían la creación de empleo y el crecimiento. (1) Los “todo contras” argumentan que no hay margen para un aumento del salario mínimo, que los efectos sobre el empleo pueden ser desastrosos y que rompería la tendencia actual de crecimiento económico. De hecho, lo mejor sería suprimir el SMI (por ejemplo, (2), (3))

Me temo sin embargo que no nos podemos basar en argumentos tan triviales si queremos hacer una valoración ajustada de la subida del SMI.

Un salario mínimo en perspectiva histórica: no tan distinto al de los últimos 30 años.

Para empezar, merece la pena echar un vistazo hacia atrás y ver la evolución del salario mínimo desde su creación en el año 1963 hasta la actualidad. El Gráfico 1 muestra dicha evolución en términos reales, con base 100 en 2015. La línea azul representa el SMI al inicio de año, y la naranja a final del mismo. Cómo se puede observar, después de un período de ajuste, desde su implantación hasta mediados de los años 80, el salario mínimo real se ha mantenido relativamente estable,  en torno a unos 635 euros mensuales (por 14 pagas). De hecho, el salario mínimo actual es muy similar al del año 1984.

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También se han incluido en el gráfico los salarios mínimos correspondientes a 2017 (aumento del 8%) y 2020 (950 euros) aplicando las previsiones de inflación de Funcas para 2016 y 2017, y una inflación del 2% anual en el período 2018-2020. Si estas previsiones fueran acertadas y el aumento del SMI no tuviera un efecto sobre los precios, habría que remontarse al año 1980 para encontrarse con un salario mínimo real superior al fijado para el 2017. Con un SMI de 950 euros en 2020 entraríamos en terreno desconocido, superaría en un 18% el máximo alcanzado en el año 1978.

Aumentos del SMI y aumentos salariales en convenios colectivos

Esta constatación depende evidentemente de lo que pasará con los precios. Estamos lejos del período inflacionista de finales de los 70, que acabó mermando notablemente el SMI real. Pero, si se produjera un efecto contagio sobre los salarios pactados en convenio, y éstos sobre los precios, el crecimiento del SMI en términos reales sería menor que el que aparece en el gráfico.

Otro episodio no tan lejano de aumento sustancial del SMI se produjo entre los años 2004 y 2009. El gobierno de Zapatero aumentó el SMI un 35.5% entre 2004 y 2009, después de varios años de aumento del 2%, equivalente a la inflación prevista. En el año 2004 se produjo un primer aumento del 2% y luego otro del 6.5%, en total un 8.63%, similar al previsto para el año que viene. El aumento final, una vez descontada la inflación, fue del 18.6% .

A falta de un ejercicio econométrico que permita un análisis más fino, fijémonos en la evolución de los aumentos salariales medios pactados en los convenios colectivos durante estos dos períodos.

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Como se puede observar, parece que la evolución de ambos indicadores haya seguido patrones bien distintos. Los aumentos de salarios  pactados en la negociación colectivos no parecen haberse visto alterados por el crecimiento del SMI. Como nos mostraron Mario Izquierdo y Juan Francisco Jimeno en este artículo (Samuel Bentolila en este post)  la evolución de los salarios vino más influida por la indiciación salarial, con cláusulas de garantía, que a su vez generaba unos "efectos de segunda ronda", que acababan convirtiendo aumentos transitorios de la inflación en permanentes.

¿Cuál sería la cobertura del SMI?

Es decir, los convenios colectivos si que tienen efectos sobre los precios. La ausencia de posibles efectos del SMI sobre los convenios colectivos se debe probablemente a que las tarifas fijadas en dichos convenios pueden ser bastante superiores al SMI. Ahora bien, para llegar a los 950 euros, al margen del 8% ya aprobado, aún quedaría un aumento de más de 34% en tres años. ¿Cuál sería el nivel de cobertura del SMI si este aumento se llegara a producir? ¿Podría llegar a alcanzar las tarifas fijadas en convenios colectivos (en niveles)?

El nivel de cobertura y la caracterización de los perceptores se puede aproximar con varias fuentes en la actualidad.  Estoy trabajando en ello, esperando sacar pronto un paper, de momento, sólo un pequeño adelanto con los datos de la MCVL:

Según la MCVL, la cobertura del SMI ha aumentado rápidamente desde el inicio de la recuperación. Aún así, en el año 2015, estaríamos aún en un 2.5% de los asalariados que percibirían un salario igual o inferior al SMI, una vez ajustado por jornada y días trabajados. Con el SMI del 2017, la cobertura pasaría ser 3.6%,  y hasta al 8.8% con los 950 euros en el 2020.

Con el SMI del 2020, los trabajadores más jóvenes verían doblar su nivel de cobertura, hasta casi el 30%, y la cobertura entre los de 25 a 29 años se multiplicaría por 2,5 superando el 17%. Algo similar ocurriría en las ocupaciones menos cualificadas, con las empresas más pequeñas y aquellas de recién creación  que superarían todas ellas el 20% de cobertura.

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En resumen, mientras que un aumento del 8% del SMI para el año 2017 supondría un aumento moderado en su cobertura, el paso a unos 950 euros elevaría sustancialmente la cobertura total, y en especial para los colectivos que tienen una mayor probabilidad de ser cubiertos por los convenios colectivos de sector. En este caso, la relación directa entre convenios colectivos y SMI sería mucho más probable que en la actualidad. De esta forma, también sería más probable que este aumento del SMI tuviera efectos sobre los precios, vía convenios colectivos, mermando las expectativas de que pueda reducir la pobreza laboral.

¿Efectos del salario mínimo sobre el empleo?: necesitamos más evidencia para España

Existen centenares de artículos sobre efectos de aumentos de los salarios mínimos sobre el empleo. Unos obtienen  efectos positivos y otros  efectos negativos. El único consenso en realidad es que no puede haber consenso, y que es necesario tener más de una evidencia en cada contexto en el que se producen dichos aumentos.  En el caso español, sin embargo, la evidencia es escasa, en especial para los aumentos del  SMI durante el período 2004-2009, encontrando resultados negativos en Galán y Puente (2012) (para los jóvenes y personas de edad más avanzada) y Blázquez, Llorente y Moral (2009) que no encuentran efectos negativos ni para los jóvenes. Necesitamos pues de más evidencia, y cuanto más rápido mejor. Es decir, sería bueno no esperar al 2020 y tener pronto unas primeras evidencias sobre los efectos de aumento en el 2017.

¿Qué objetivo se pretende alcanzar con un aumento tan sustancial del SMI?

En cualquier caso, si lo que se trata es de "poner un suelo más efectivo para impedir la precariedad y la pobreza de los trabajadores", muy probablemente estemos errando. Como explicaba en un post hace unos meses, el SMI ha perdido parte de su capacidad para lucha contra la precariedad y la pobreza laboral. Ya no estamos en los años 70, en el que el SMI podía ser más efectivo con contratos estándar, a tiempo completo e indefinidos. Ni la precariedad, ni la pobreza vienen ya determinadas por el salario por día o por hora en exclusiva, sino también por la jornada y los períodos de empleo. Si más de 6 millones de trabajadores asalariados perciben un salario por debajo del salario mínimo anual es porque no trabajan suficiente tiempo.

Las últimas reformas laborales es cierto que no han hecho nada por mejorar la calidad de los empleos. El aprovechamiento por ejemplo de la última reforma para pagar salarios por debajo de los salarios de convenios de sector probablemente haya sido un factor que pueda exolicar una parte del aumento de la cobertura del SMI (véase el surgimiento de las empresas multiservicio y otra subcontratas que pagan el SMI, en lugar de los salarios de los convenios de sector (6)). Pero el número de personas de bajos ingresos y el aumento de trabajadores que residen en hogares pobres no ha cesado de aumentar desde el inicio de la crisis, y no se puede achacar a las reformas laborales. ¿Quiere decir que no se debe actuar? Todo lo contrario, pero con otros instrumentos complementarios, que se ajusten al contexto actual, como el complemento salarial. Cierto es que la cuantía de este complemento también es modulable en función del salario mínimo, siempre que éste no tenga efectos sobre el tiempo de trabajo.

Conclusiones

Necesitamos de más evidencia para saber hasta dónde puede crecer el SMI para que no tenga efectos indeseables sobre los precios y el empleo, que anulen las expectativas que pueda generar. A priori, y con los datos mostrados en esta entrada, un aumento del 8% puede parecer razonable, con 950 euros (un aumento del 45%) probablemente pasamos a otra dimensión, a terreno completamente desconocido y, por lo tanto, peligroso.

Finalmente coincido totalmente con las conclusiones de Marcel Jansen en este blog sobre la necesidad de “repensar” el salario mínimo juvenil, y la necesidad de una comisión parecida a la del Reino Unido o Irlanda que haga recomendaciones que acaben siendo vinculantes sobre la fijación del salario mínimo. La forma en la que se han aprobado los 950 euros, con tan escaso bagaje de evidencia empírica que permita tomar decisiones, no ha sido buena idea. Peor idea desde luego que sean Sindicatos y Patronal los que acaben negociando los SMI  y los convenios colectivos, conjuntamente y en exclusiva. Al menos, no antes que se replantee su representatividad.

 

 

 

 

 

Hay 32 comentarios
  • Un análisis sin perjuicio politico. Añadir que, al igual que se habla del SMI, no se trata la inexistencia de limite para los salarios máximos de la alta dirección que en mi opinion un poco exagerada, son los nuevos propietarios de las empresas
    Así, creo que no esta clara la correlación entre los aumentos de los sueldos de la alta dirección y la productividad de los directivos. Hay ejemplos para todos los gustos

  • Creo que, independientemente de cual sea el SMI óptimo, la propuesta se ha basado casi exclusivamente en la Carta Social Europea, que se limita a describir cual es el salario mínimo para llevar una vida digna.

    Ni siquiera es una recomendación de que todos los países deberían subir su SMI a ese nivel. LA CSE describe un objetivo social, no una medida.

    Es como si la CSE dijese que una sociedad feliz en aquella en la que todo el mundo sonríe por la calle, y el gobierno decretase que todos tienen que ir por la calle sonriendo bajo amenaza de multa. O, de forma mucho más realista, se parece al control de precios venezolano.

    Además, no hay que olvidar que el sueldo de los diputados de Unidos Podemos está diréctamente referenciado al SMI. Subir el SMI es subir el sueldo a sus diputados, y cuesta creer que eso no genere un conflicto de intereses.

    • Que el SMI alcance el 60% del salario medio no es tan sencillo por múltiples razones. Habría que decidir qué fuente salarial utilizar y si se fija por hora, día, mes o año. Por otra parte, si subir tanto el SMI acaba teniendo efectos sobre el empleo o provoca un deslizamiento salarial, aumentará el salario medio, requiriendo mayores aumentos aún del SMI. Si al menos se fijara por hora y salarios más bajos, probablemente el objetivo fuera más realista. En cualquier caso, argumentar que si todos cumplimos con este objetivo, se produciría una convergencia en suelos salariales entre países europes tiene poco sentido, dado que los salarios mínimos estatutarios tiene roles muy distintos en los sistemas de determinación salarial europeos.

  • Siempre me he preguntado si un mismo nivel de SMI para toda España, con las diferencias de renta tan altas que hay entre diferentes provincias no provocaba los niveles de paro tan altos en algunas de las regiones mas pobres.

    Alguna vez que he leído artículos al respecto ponen en duda tal relación, pero siempre me ha parecido que no hay una respuesta concluyente al tema.

    • Desde luego, la cobertura de un salario mínimo de 950 euros no sería la misma en Andalucía que en el País Vasco. Más allá de posibles efectos composición, a igual trabajo, los salarios son bastante distintos entre las regiones, en especial para las categoría profesionales menos cualificadas. Es lo que nos dicen las estimaciones de ecuaciones salariales y una simple comparación de convenios colectivos. Así que, muy probablemente, subidas elevadas del SMI tendrían efectos distintos en cada CCAA. Estados Unidos es buen ejemplo de compatibilidad entre un salario mínimo nacional (federal) y salarios mínimos regionales (estatales). En las últimas elecciones en varios estados se votó por aumentos de los salarios mínimos estatales, anticipándose a la promesa de Trump de subir el salario mínimo federal hasta los 12 dólares por hora. Ahora bien, allí no existen convenios colectivos de sector territoriales (provinciales, autonómicos, nacionales) como aquí. Este es un hecho que debería tenerse en cuenta si se decide permitir que las CCAA fijen su propio SMI.

    • Gracias por el enlace! Cuando Bill Clinton decidió aumentar el salario mínimo federal, después de una década de congelación, y con la decisión de fijar un salario mínimo en UK a finales de los 90, empezaron a surgir "infinitos" estudios sobre los efectos del salario mínimo. Se empezó a discutir la visión tradicional acerca de los efectos negativos de los salarios mínimos sobre el empleo. De hecho, desde Stigler (1946) la única preocupación era medir el tamaño de una elasticidad que se suponía negativa. Ello dio lugar a Nueva Economía del Salario Mínimo. Ya llevamos cerca de 25 años desde entonces y existen argumentos teóricos suficientes para explicar efectos no significativos o negativos. Pero como digo en el post, no creo que se pueda hablar de un consenso, en cada caso, momento, lugar, colectivos afectados, etc.. necesitamos bastante evidencia para poder ser concluyentes.

  • Si los estudios sobre el tema no permiten concluir nada... ¿qué nos hace pensar que tendremos nunca "evidencias" de la existencia de alguna relación significativa entre SMI y empleo?

    Quizá esperamos encontrar una relación, porque la teoría, en su forma más tosca y elemental, indica que la hay, o debería haberla. El problema podría estar en nuestro apego a esta.

    • Sólo nos queda esperar que haya suficientes datos e incentivos para que se produzca mucha investigación sobre el tema, que genere resultados, y pensar que una parte sustancial de esta investigación sea "honrada" en el sentido de que no se vaya a buscar un resultado determinado. Creo que es factible. Igual soy demasiado optimista por naturaleza.

  • He leído este artículo y el referenciado de Marcel Jansen. Entiendo los inconvenientes de la utilización del SMI que se señalan, y en concreto cómo una subida "excesiva" y generalizada (homogénea) puede desencadenar efectos opuestos a los que se buscaban con el aumento, pero me surge una duda: en el contexto de un número elevado de trabajadores escasamente formados, o con una formación no adecuada a las exigencias cada vez más difusas y cambiantes del mercado de trabajo, con elevadas tasas de desempleo, y una debilitación notable de la negociación colectiva (y de la acción sindical), ¿qué instrumentos pueden utilizarse para garantizar una distribución (que no redistribución) "justa" de la renta entre trabajo y capital? ¿Tiene sentido o es posible relativizar el SMI a niveles de beneficios?

    • Tradicionalmente, las empresas que pagaban el SMI no eran las empresas que puedan estar generando más beneficios. En especial, si se piensa en grandes empresas que suelen tener convenio colectivo propio o un peso importante en los convenios colectivos de sector. Otra cosa es el fenómeno de la subcontratación y el surgimiento de empresas multiservicios que utilizan algunas empresas para sacar un mayor margen de beneficios, "hundiendo" los salarios de los empleos menos cualificados. Creo que los tribunales se están encargado de este caso... pero, si, algo habría que hacer, y reconsiderar que aspectos de la reforma laboral son los responsables de este desaguisado, con el problema añadido de que la mayor parte de la empresas, muy probablemente, no estén utilizando la reforma de forma tan abusiva.

    • Interesante concepto: "distribución justa", ¿quien se opondría? (más si se trata de "justicia social"). Pero, ¿por qué limitarnos al reparto entre trabajo y capital? ¿por qué no "decretar" unos precios relativos "justos" entre rentas de diferentes trabajos?. No es "justo" que el señor Sanchez (Galan) reciba el mismo sueldo que 250 maestros de primaria o que Messi gane más que toda la plantilla de algunos hospitales.

      Pongamos que existen 500 actividades diferentes y que podemos aplicar la propiedad transitiva a los sueldos relativos: con establecer 499 parámetros podríamos calcular los 249,500 pares de precios relativos entre actividades.

      Habrá que dejar espacio para los diferentes grados de habilidad que da la antigüedad (trienios). Pongamos que los 40 años de vida laboral se pueden dividir en 8 "bloques de experiencia" con distintos precios relativos. En una alarde de liberalidad habrá que considerar también que las habilidades no siempre van parejas con la experiencia, consideremos otros dos bloques de "habilidades extraordinarias" lo que nos lleva a un total del 10 "niveles de calidad" por profesión: con 5,000 parámetros, problema resuelto.

      No me parece un esfuerzo inabordable desde la burocracia para traer "justicia al mundo". Las tablas se pueden revisar cada 5 años (en honor al Gosplan).

      Y también deberíamos hacer algo parecido para las rentas relativas del capital: no es "justo" que las eléctricas tenga la misma rentabilidad que las empresas innovadoras o verdes.

    • También es interesante la distinción entre "distribución" y "redistribución". Imaginemos un impuesto en el que el hecho imponible es "pagar un sueldo por debajo del mínimo establecido por el gobierno", en el que la base imponible es la diferencia entre el sueldo real pagado y el sueldo mínimo decretado y el tipo a aplicar es el 100% (el sujeto pasivo puede ser o la empresa o los consumidores de los productos fabricados por esa empresa, en realidad resulta indiferente).

      Imaginemos, además, que es un impuesto finalista y que lo que se recauda se distribuye entre los perceptores de sueldos por debajo del mínimo decretado hasta cubrir la diferencia entre su sueldo real y el mínimo.

      Puesto que se trata de un impuesto y dada la forma en la que se reparte, claramente estaríamos hablando de "redistribución". Pues bien, el sueldo mínimo no es más que una forma práctica de imponer ese impuesto (es totalmente equivalente a él) con otro nombre y sin tener que discutir si los tipos los fijan las comunidades, los ayuntamientos o el gobierno central (un alivio, hay que reconocerlo).

  • Yo estoy totalmente de acuerdo con que haya un SMI para jóvenes, siempre y cuando sea el SMI actual, ¿verdad?

    Ya si eso un SMI para mayores de 45, parados de larga duración, para cada comunidad, para cada barrio... menos para los de la comisión que estudie los SMIs.

      • No entendí muy bien su comentario. Si se refiere a mi, tiene, en cualquier caso, toda la razón, hay bastantes personas más cualificadas que yo para formar parte de ella. Sólo aspiro a que haya total transparencia y los informes de dicha comisión estén disponibles. Y, por otro lado, tranquilo, no habrá comisión.

  • Muy facil, el salario minimo maximo es el reparto equitativo de beneficios de la empresa entre todos sus empleados.

    Salario minimo maximo = beneficios de la empresa / numero de empleados de la empresa

    • Creo que esta opción generaría efectos perversos sobre la información que den las empresas sobre sus beneficios. Además, donde no hay sindicatos, no hay probablemente mucho de repartir, y donde los hay, la tendencia es a intentar convertir en fijo todo lo que es variable.

  • La conclusión del análisis parece ser que el gobierno ha tomado la medida sin tener ni la más mínima idea de cuales serán las consecuencias sobre el nivel de desempleo, sobre el nivel de precariedad, sobre el poder adquisitivo real de los salarios o sobre el nivel de actividad económica.

    Entonces, si no es por razones económicas, ámbito en el que lo ignoramos todo ¿por qué se ha tomado la medida?

    • Creo que el motivo es evidente, despues de los distintos estudios que se comenta y las escasas conclusiones. "Porque queda bien y gasta poco". Su escaso impacto se deduce del muy limitado número de trabajadores a que se puede aplicar.

      Lo preocupante es saber realmente: ¿Que sucede con los trabajadores a tiempo parcial cuyo ingreso no alcanza esta cifra del SMI? Y que no se beneficiaran ni de esta subida.
      Los que rebien B, porque se trasladará al A.
      Los que no trabajan mucho, porque sus ingresos seguiran siendo muy escasos.
      Y los que trabajan más de lo declarado y no llegán al SMI porque puede que simplemente, contraten por menos tiempo para seguir igual.

      ¿Quien se preocupa de perseguir estos abusos hacia los menos favorecidos y contra la recaudación de Seguridad Social e IRPF? Esto si que afecta, seguro. Tanto si se trata de abusos como si se trata de soluciones de subsistencia inviables a nivel económico.

      • No es tan limitado: el 30% de los trabajadores entre 18 y 24 años o el 20-25% entre los no cualificados, las empresas de menos de 5 trabajadores y las de nueva creación ... que parece una lista de las áreas más sensibles a nuestra ignorancia sobre el impacto en desempleo o actividad.

        La parte de que suena bien, seguro ... a lo mejor es que el 2020 les parece suficientemente lejos ... y, tal vez, políticamente lo esté ... a lo mejor tiene que ver con eso.

    • Lo del aumento del 8%, porque se consideró menos importante que conseguir sacar adelante los PGE, lo de los 950 euros no creo que el Gobierno haya dado su visto bueno aún. Habrá que ver como toma su decisión en los próximos años. Pero pensar que, en este país, las decisiones sobre política social y económica, en especial, en educación y en empleo, se realizan con evaluaciones previas mínimamente rigurosas, es una consideración bastante ilusa. En cuanto estas decisiones de política económica se tomen en base a la evidencia, cerramos este blog, y nos dedicados a la filosofía y al cotilleo.

      • No se puede estar más de acuerdo.

        Ahora, también hay que reconocer, haciendo autocrítica, que pedirle al gobierno (a los gobiernos) que "esperen" para tomar decisiones a que tengamos evidencia equivale a reconocer una (lamentable) incapacidad de la profesión.

        A lo mejor la principal intención del gobierno es forzar el desarrollo de la teoría económica ...

        • La teoria economica ya está suficientemente desarrollada en este campo, a no ser que se refiera Vd a distinguir efectos de los salarios minimos entre gobiernos que toman decisiones basadas en la evidencia, y los que lo hacen basándose en aprioris teóricos, según su credo. La principal conclusión del post es que esto último no es buena idea. Si no tiene evidencia generela o ponga los incentivos para poder disponer de ella. El SMI se fija cada año desde hace ya más de 50, quizás vaya siendo hora.

  • Es cierto que no hay consenso sobre el efecto del SMI en el empleo. Pero en cambio el efecto sobre del SMI sobre la pobreza y desigualdad sí que parece estar más clara. La mayoría de los estudios empíricos (11/12) apuntan a un relación negativa entre pobreza y salario mínimo con una elasticidad de entre -0.07 y -0.15. (Es decir, aumentar el salario mínimo disminuiría la pobreza, especialmente para las familias más pobres).
    http://cepr.net/blogs/cepr-blog/minimum-wage-and-poverty

  • Totalmente de acuerdo. Lo que no me queda un poco claro, es que mencione un complemento salarial. Quiero decir, si tienes un buen contrato me parece genial el complemento pero ahora mismo la situación en España es menos contratos definidos y más gente trabajando muchas horas, sin contrato y no llegando al SMI (experiencia propia). ¿Qué soluciones aplicaría en ese caso?
    Muchas gracias. Un saludo!

    • Amalia, si no hay contrato no hay complemento salarial. Que pueda afectar al salario declarado es un problema que encontraríamos en los tres tipos de instrumentos re distributivos: salario mínimo, comoplemento salarial o rentabásica.

  • La verdad es que resulta bastante deprimente ver que el salario mínimo en términos reales está a niveles de principios de los 80, cuando creo que la renta per cápita se ha duplicado (aproximadamente) en este periodo de tiempo. ¿No habría alguna variable más relevante con la que comparar? (¿el salario medio o el mediano, la productividad de los trabajadores sin cualificación?) También estaría bien saber qué ha pasado en los países de nuestro entorno, aunque no sería demasiado consuelo ver que ha sucedido lo mismo (por algo las desigualdades se han disparado desde los 80 en todo occidente).

    • No dispongo de una evolución de los salarios, medidos homogéneamente y ajustados por hora y tiempo trabajado, tan larga para calcular un indice de Kaitz (SMI/Salario medio) tan larga.

  • Sin duda los economistas profesionales saben mucho más sobre este asunto que los ciudadanos de a pie, así que todas las disquisiciones leídas aquí y en muchos otros sitios sobre este asunto son pertinentes.

    No obstante, desde mi visión a pie de calle, es evidente que el salario mínimo, para quienes están notoriamente por encima de él, es un asunto irrelevante. Defender su subida, para ellos, es algo sencillo que permite ir a dormir convencidos de ser bondadosos y progresistas.

    Diferente es el asunto para quienes viven en sus márgenes. Para estos, una subida del SMI supone quedar en la picota. Su empresa comenzará a pensar seriamente en sustituirlos por otros medios productivos menos caros (maquinaria, informática), o en disminuir el coste añadido que la subida del SMI supone, proponiendo al "beneficiado" con la subida que se pase al lado sumergido de la economía.

    Cuanto mayor y más "benefactora" sea la subida del SMI, más gentes se encontrarán con sus pies en la calle o en la desprotección social, me parece a mí. El factor trabajo se habrá convertido para la empresa en más caro, y por tanto su sustitución (o su abaratamiento por vías irregulares) resultará comparativamente más rentable que su manteminiento.

    La mera necesidad de tener que arbitrar salarios mínimos específicos para jóvenes prueba que este efecto es real, general, y mayor cuanto mayor sea esta forma arbitraria de fijar precios mínimos en un mercado.

    No aprendemos. Dañamos a quienes pretendemos defender.

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