Generación P

de Juan J. Dolado y Florentino Felgueroso

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Con un 43% (28%) de desempleados entre los jóvenes de entre 20 y 24 años (20-29) con educación superior en nuestro país, una cuestión de interés es cuál es el papel que juega el contrato en prácticas para mejorar su empleabilidad.

¿Es mejor para un recién graduado intentar obtener uno de estos contratos o buscar otro tipo de contrato supuestamente más estable?

 

Para empezar, recordemos que el contrato en prácticas tiene como finalidad que personas con titulación universitaria o de formación profesional de grado medio o superior adquieran la práctica profesional adecuada a su nivel de estudios. En España no existe un máximo de edad para este contrato y la duración del mismo no puede ser inferior a seis meses ni durar más de dos años, aunque se puede modificar según convenio colectivo. La retribución del contratado no puede ser inferior al 60 % durante el primer año (75% durante el segundo año), del salario fijado en convenio para un trabajador que desempeñe un puesto de trabajo equivalente, sin que las citadas puedan ser inferiores al SMI. Finalmente, al igual que otros contratos dirigidos a los más jóvenes, tiene asociadas unas reducciones en las cuotas empresariales a la seguridad social tanto durante el período de prácticas como en la transformación del contrato en indefinido.

Los contratos de prácticas (internships) son comunes en muchos países y están siendo objeto de atención creciente. The Economist fue el primero que acuñó el término Generation I (I de internships en inglés) o Generación P en su traducción al castellano (y es autor del juego de palabras “From here to internity”, en recuerdo al clásico de Burt Lancaster y Deborah Kerr). En un momento en el que las tasas de desempleo juvenil y de ni-nis continúan siendo muy elevadas en algunos países europeos, examinar la influencia de este tipo de inserción en el mercado laboral sobre los salarios presentes y futuros de los jóvenes o la probabilidad de encontrar empleo posteriormente resulta imprescindible. Sin embargo, apenas existen trabajos dirigidos especialmente a este tema, siendo el más conocido Van den Berg et al. (2002) donde se evalúan los efectos de realizar prácticas hospitalarias por parte de recién licenciados en Medicina en Holanda.

Por ello resulta especialmente interesante un reciente trabajo de Annette Harms (University of Lausanne) sobre este tema utilizando amplias bases de datos de jóvenes graduados en Alemania e Italia. Para el primer país, se hace uso del panel de datos del Deutsches Zentrum fuer Hochschul- und Wissenschaftsforschung (DZHW) mientras que para el segundo se utilizan los datos de Almalaurea, ambos para el año académico 2004/05. En ambas fuentes se sigue a los graduados en ese curso durante varios años posteriores. El trabajo se centra en comparar salarios, empleabilidad y satisfacción en el puesto de trabajo de jóvenes que han accedido a un contrato en prácticas con otros que no lo han hecho. La realización de prácticas es el tratamiento al que se somete la Generación P. Como tantas veces se ha puesto de manifiesto en NeG, realizar este tipo de comparaciones en tratamientos que no son aleatorios puede dar lugar a sesgos de selección en los resultados obtenidos. La razón es que los individuos sujetos al tratamiento escogen participar en el mismo, pudiendo diferir en sus características inobservables de los integrantes del grupo de control.

La autora aborda este problema mediante una técnica estadística denominada “Propensity Score Matching“ que construye “gemelos estadísticos“ en base a sus características observables, lo que bajo determinados supuestos, eliminan (o al menos aminoran) dichos sesgos. Los resultados obtenidos para ambos países difieren de una manera interesante. Por lo que respecta a Alemania, en el Cuadro I se comparan las diferencias salariales mensuales (en logaritmos, de manera que las diferencias se interpreten en términos relativos y no absolutos) en el momentos de hacer las prácticas, un año después de su finalización y 5 años posteriormente, tanto cuando no se utiliza PSM (Unmatched), como cuando se utiliza (ATT, acrónimo de Average Treatment Effect on the Treated). Los resultados del ATT muestran que hay una penalización de 27.5 puntos porcentuales (pp.) en los salarios actuales de contratados en prácticas y de casi 21 pp. tras un año, pero que dicho diferencial desaparece (no es estadísticamente significativo) al cabo de 5 años.

c1 En lo que respecta a Italia, el Cuadro 2 muestra que la diferencia salarial es mucho mas pequeña, solo de 2.7 pp. un año después de graduarse, desapareciendo posteriormente.

c2 En lo referente a la empleabilidad, los Cuadros 3 (Alemania) y 4 (Italia) muestran los resultados de estimar un modelo Logit para la probabilidad de estar empleado un año después de finalizar las prácticas.

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c4Los resultados de nuevo difieren sustancialmente: mientras en Alemania la Generación P tiene una menor probabilidad de estar empleado, lo contrario ocurre en Italia. En lo único en que no difieren es que en ambos países (pero más en Alemania) la Generación P opina que esta clase de contratos conducen a una estabilidad laboral inferior a la de otros tipos de contratos.

La interpretación que da esta autora sobre las diferencias observadas es que en un mercado laboral que funciona razonablemente bien, como es el caso alemán, la probabilidad de acceder a otros tipos de contratos es alta y, por ello, aceptar un contrato en prácticas no es una buena señal para los empresarios, que lo interpretan como una selección negativa de los candidatos. No obstante, al tratarse de un mercado activo sin grandes trabas a la integración de los jóvenes en el mercado de trabajo, las diferencias se difuminan al poco tiempo. Por contra, en Italia, con un mercado laboral mucho mas esclerótico, el hecho de que un joven acceda a hacer prácticas se interpreta como una señal positiva.

En la medida en que el mercado de trabajo en España se asemeja más al italiano que al alemán, las lecciones a extraer de esta evidencia serían positivas. De ahí que el lanzamiento de grandes programas de becas por parte de algunas de las grandes empresas (sobre todo entidades financieras) en nuestro país pueda interpretarse como una buena noticia. Dichos contratos podrían convertirse en un trampolín (stepping stone) hacia una mejor integración de nuestros graduados en el mercado de trabajo. No obstante, en algunos de estos programas, se les asegura a los candidatos seleccionados que la probabilidad de que accedan a un contrato más estable en la propia empresa es nula, con independencia de cual sea su rendimiento. La razón es bien conocida: la todavia amplia brecha de costes de despido entre el contrato indefinido y los precarios . El resultado es que al cabo de unas pocas semanas, bastantes de estos jóvenes dejan el contrato en practicas porque entre tanto han encontrado algo mejor. Ello produce una elevada rotación, costes de formación inicial que no se recuperan y un desperdicio de recursos (excepto propagandísticos) para las empresas convocantes. Mucho mas provechoso puede ser el caso en que los contratados son cedidos a Pymes, como ya ocurre en el caso de una granr entidad financiera. Se trata de que los callejones sin salida (dead ends) den paso a los trampolines.

Además, la celebración de los contratos de prácticas requiere que los jóvenes titulados trabajen en ocupaciones adecuadas a sus estudios. Así que, en un mercado de trabajo como el español, con tanto desajuste educativo y ocupacional (sobre-educación), este tipo de contratos puede ser desplazado por otros contratos temporales que no han de cumplir con esta exigencia.

Según la EPA, mientras que solamente un 7% de los jóvenes menores de 30 años que han conseguido un título universitario en los últimos cinco años tuvieron un contrato de prácticas a lo largo del 2014 (un 3% de los titulados en FP de grado superior), un 22% trabajaron con otros tipos de contrato temporal. Además, las tasas de conversión de los contratos de prácticas en indefinidos en las mismas empresas son muy residuales: un 4% para los titulados superiores con una antigüedad de 18 meses o más, lo que supone prácticamente la misma tasa de conversión que la de otros jóvenes titulados con una antigüedad similar pero con otro tipo de contrato temporal.

Esta es la evidencia de la que disponemos. Es escasa y muy poco fiable. A lo mejor parte del dinero destinado a estos programas podría dedicarse a financiar la elaboración de fuentes de datos que permitieran evaluarlos. Es solo una idea pero si Alemania e Italia los tienen, ¿por qué aquí no es posible?

En cualquier caso, nuestras autoridades bien podrían dar los pasos que tanto estamos esperando y liberar los datos administrativos que permitan realizar éstas y muchas otras evaluaciones de políticas públicas. Sin estos datos no hay evaluaciones serias. Y sin evaluación, suele haber despilfarro.

Hay 8 comentarios
  • Un tema importante. Creo que una de las claves es que este tipo de contratos requieren que los trabajos sean adecuados a los estudios, con lo que el desajuste que tiene España en este sentido quizá sea un problema para que este tipo de contrato pueda aportar todo su potencial. Creo que, por poner dos ejemplos, vendría bien adaptar la oferta de titulaciones a la demanda de los empleadores de perfiles concretos y eliminar barreras al acceso a muchas profesiones. ¿No corremos el riesgo de que sin atajar las raíces, nuestros problemas se perpetúen y este tipo de contrato sirvan más para ahondar en la precarización que en la mejora de la inserción?

    Un cordial saludo.

  • Los contratos en prácticas son el peor invento jamás creado para dinamizar el mercado de trabajo entre los jóvenes. La empresa es la principal beneficiada dadas las bonificaciones sociales que tienen por emplear a jóvenes que acaban haciendo las mismas funciones que otra persona, a menor sueldo y con poco aprendizaje (el contrato en prácticas a mi entender es una continuación del proceso de formación adquirido en la universidad hasta un máximo de 2 años). Además, en numerosas situaciones el trabajo podría considerarse en el nivel de subempleo (con mayor cualificación de la que se precisa) y bastaría con tener formación profesional para ello (quizás sería más interesante introducirlo en los cursos de FP administrativo-contable). Si la cifra de jóvenes con contrato en prácticas es tan baja en España, no hay duda que habría que suprimirlo y dedicar parte de esos recursos a otro tipo de políticas.
    Pero estoy de acuerdo con los autores que podría destinarse parte del presupuesto a evaluarlo. Enhorabuena a los autores por una gran entrada, relevante y pertinente, dada la elevada tasa de desempleo juvenil en España.

    • Supongo que está dentro de las tareas del universitario enterarse de dónde vale la pena hacer las prácticas.

  • En mi experiencia, lo más habitual son los convenios de prácticas y no tanto los contratos de prácticas. En este tipo de prácticas, que técnicamente no se consideran una relación laboral, la empresa paga una cantidad fija a la universidad por formalizar el convenio (unos 250 euros) y puede o no pagar una remuneración al estudiante en concepto de ayuda al estudio. Normalmente la ocupación es a tiempo parcial y la remuneración baja pero mayor que cero y el estudiante puede rescindir el convenio unilateralmente en cualquier momento.

      • Realmente esperanzador para acabar con el paro juvenil y generar expectativas a los jóvenes. Quizás lo más eficiente sea establecer convenios de prácticas de 3 meses máximo cada año de carrera, a media jornada para que no influya en los estudios de los jóvenes. Una vez terminada la carrera deja de tener sentido un contrato de prácticas....siempre y cuando no se discuta la calidad de la enseñanza universitaria (que es otro tema).

  • Felicitar a los autores.
    Al igual que a todos quienes contribuyen a este estupendo y didáctico foro. Un espacio ciudadano de los que tan necesitados estamos.
    Feliz Navidad

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