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Pin parental: ¿vacuna o adoctrinamiento?

¿Qué pensaría usted si su comunidad autónoma permitiera a cada familia rechazar una vacuna para sus hijos si sus creencias religiosas así lo exigen? ¿O si su ayuntamiento cancelara un programa de vacunación para todo el municipio porque un padre se ha quejado de que la vacuna es “inapropiada para la edad de su hijo”? Hoy voy a argumentar que esto es lo que está pasando hoy en España con el “pin parental” y que los gobiernos a todos los niveles pueden y deben resistirse a esta exigencia acientífica.

Voy a empezar por un argumento teórico y luego repasaré alguna evidencia empírica sobre la cuestión. El objetivo del pin parental es limitar que las escuelas e institutos puedan ofrecer educación sobre “cualquier materia, charla, taller o actividad que afecte a cuestiones morales socialmente controvertidas o sobre la sexualidad, que puedan resultar intrusivos para la conciencia y la intimidad de nuestros hijos.”

Y la razón teórica por la que es razonable que el sector público intervenga en este ámbito es que una persona con mala información sobre estos asuntos es un peligro no solo para sí mismo sino también para los demás. En términos económicos un “maleducado” en estas cuestiones puede generar un importante efecto externo que las autoridades deben mitigar. Es decir, la razón para la intervención es muy similar a la que se aplica a las vacunas, es una cuestión de seguridad pública, un entorno donde hasta los liberales más aguerridos pueden estar de acuerdo en que el estado tiene un motivo válido para actuar.

Pero naturalmente esta es una razón teórica. Si la “vacuna” no funciona, o tiene serios efectos adversos, los ciudadanos harían muy bien en negarse a que la intervención se produzca. Afortunadamente para nosotros otros países llevan ya muchas décadas introduciendo la educación sexual en los institutos y podemos beneficiarnos de su experiencia para saber qué tipo de efectos tiene. Lógicamente además de este razonamiento teórico/empírico hay consideraciones de rango jurídico relacionadas con el derecho a la educación. Por motivos obvios no me voy a meter en ello, pero mis colegas juristas me recomiendan la lectura de los fundamentos jurídicos de una sentencia del Constitucional sobre "homeschooling" que es bastante iluminadora.

Como hay tanta evidencia hasta podemos disponer de un metanálisis de esta literatura, que estudia un gran número de programas sobre educación sexual, tanto de “abstinencia” como “comprensivos” y programas sobre enfermedades de transmisión sexual/VIH.

Algo interesante de leer el artículo es que resulta evidente que en Estados Unidos el debate ya no se centra en si hay que ofrecer educación sexual obligatoria o no, sino simplemente en el tipo de educación que es más beneficiosa. Y esto es algo que puede resolverse revisando los datos disponibles. La disyuntiva es si ofrecer programas que explican a los adolescentes que la única forma de evitar con certeza las consecuencias negativas del sexo (embarazos no deseados, enfermedades de transmisión sexual) es abstenerse de practicarlo por completo, o por el contrario se les explica que la abstinencia es una forma de evitar esas consecuencias pero que hay otras tecnologías que son bastante seguras y cuáles son.

Esta es una cuestión importante. Las tasas de embarazos no deseados son de un 50 por 1000 en el Sur de Europa y de estos embarazos alrededor de un 70% termina en un aborto, y las tasas de enfermedades de transmisión sexual tampoco son triviales.

Los criterios de inclusión de los estudios en el metanálisis fueron que el estudio se realizara a partir de 1990 y que: i) el programa analizado fuera curricular (no una discusión espontánea en clase, o individual por parte del tutor), ii) que se enfocara primordialmente en comportamiento sexual (o sea, que no fuera una discusión combinada con la de otras actividades de riesgo como el uso de drogas), iii) que se enfocara en estudiantes de secundaria en EEUU (esto último no es ideal para nosotros, claro).

Sobre la metodología de los estudios se requería que: i) incluyera un componente experimental o cuasiexperimental razonable, ii) que tuviera al menos una muestra de 100, iii) que midiera el impacto en comportamiento (iniciación al sexo, número parejas sexuales, frecuencia de la actividad sexual, uso de condones y otros métodos anticonceptivos, medias de actividades de alto riesgo (v.g. sexo sin protección), tasas de embarazo, tasas de enfermedad de transmisión sexual), iv) medidas del impacto en actividades que pueden cambiar rápidamente (frecuencia de la actividad, número de parejas, uso de condones y anticonceptivos) durante al menos tres meses, y de las que cambian más despacio (edad de inicio a las relaciones) durante al menos seis meses.

Con estas restricciones se detectaron 8 estudios de los que se concentran en enseñar abstinencia. De ellos, tres eran metodológicamente potentes, en el sentido de incluir buenos diseños experimentales, y buenos análisis estadísticos. Ninguno de los tres encuentra efectos en la edad de iniciación al sexo, abstinencia en los últimos doce meses, número de parejas o uso de condones durante el sexo. Los cinco restantes eran más problemáticos porque no tenían grupos de tratamiento y control bien emparejados o usaban técnicas estadísticas tan robustas. Incluso así tampoco se encuentran resultados consistentes. Por ejemplo, solamente dos de los cinco encuentran retrasos en el momento de la iniciación al sexo o disminución en la frecuencia del sexo.

Para los programas comprensivos hay muchos más estudios que cumplen las restricciones, hasta 48 y los resultados son más claros. En cuanto a la iniciación al sexo, un 47% de los que lo miden muestran un retraso y ninguno un adelanto. El 29% reduce la frecuencia y ninguno la aumenta, el 46% reduce el número de parejas y el 4% la aumenta, el 47% aumenta el uso de condones y el 11% los reduce y el 62% disminuye las actividades de más riesgo. Los resultados positivos son incluso más fuertes en los estudios con diseños experimentales más robustos.

Les dejo la tabla del artículo que resume los resultados por si quieren repasar.

 

A mí después de leer el artículo me parece que las autoridades competentes serían irresponsables si dejaran la decisión sobre la educación sexual en manos de los padres. Esto no quiere decir, por supuesto, que deban dejar el contenido o la impartición en manos de indocumentados, o que no deban actuar si hay abusos. Exactamente igual que no se puede dejar vacunar a alguien que no sea un profesional sanitario o que se debe investigar si hay evidencia de que en lugar de una vacuna nos están inyectando cianuro. Y quizá ese ha sido parte del problema, el sector público no ha se ha tomado este problema lo suficientemente en serio como para hacerlo parte del currículo y estudiarlo con seriedad en base a evidencias sistemáticas. Igual este escándalo es una oportunidad para revisar esas prácticas y convencer a los ciudadanos de que la educación sexual es vacuna, no adoctrinamiento.