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Cambio climático y bancos centrales: problemas de ajuste, oportunidad, idoneidad - I

Con David Ramos y Anxo Sánchez.

En esta serie de entradas vamos a analizar los argumentos por los que los bancos centrales pueden (o no) enfrentarse al problema del cambio climático. Y como es larga la dividimos en tres partes que analizan respectivamente los argumentos de ajuste (al mandato), oportunidad (de la intervención) e idoneidad (de los posibles instrumentos).

El cambio climático es probablemente el desafío definitorio de la humanidad para el siglo XXI, pero los bancos centrales no se han preocupado durante mucho tiempo de él. Pero esto ha cambiado. La Red para el Reverdecimiento del Sistema Financiero (NGFS, ya sabemos que la traducción es fea, pero ya nos dirán cómo traducimos “Greening” si no) incluye entre sus miembros a bancos centrales y autoridades monetarias de todos los principales centros financieros, produciendo documentos con recomendaciones precisas sobre cómo las autoridades deben cambiar sus puntos de vista sobre los riesgos relacionados con el clima en la supervisión, obligaciones de transparencia o en la política monetaria. Los bancos centrales y los reguladores individuales han seguido el ejemplo del NGFS. Por ejemplo, señalando el cambio climático como una amenaza emergente para la estabilidad financiera como ha hecho el Consejo de Supervisión y Estabilidad Financiera británico (FSOC), o prometiendo nuevas operaciones orientadas al clima, como ha hecho el Banco de Japón o adoptando una revisión de su estrategia relacionada con el clima, como el Banco Central Europeo (BCE) o el Banco de Inglaterra .

Sin embargo, también ha habido críticos que señalan la necesidad de cautela, como Jens Weidmann, o simplemente dicen que este nuevo enfoque destruirá los bancos centrales, sin ayudar al clima, como Cochrane. Tanto los defensores como los críticos utilizan múltiples argumentos, lo que a menudo dificulta el seguimiento del debate. Los argumentos sobre el mandato de los bancos centrales a menudo se mezclan con argumentos sobre la capacidad de los bancos centrales para abordar el problema, es decir, la conveniencia de un mayor enfoque climático se mezcla con su legitimidad.

En un artículo reciente , proponemos una metodología para aclarar el debate y abordar las objeciones de manera analítica y secuencial. Distinguimos entre argumentos de “ajuste”, que consideran si el cambio climático tiene cabida en el mandato de los bancos centrales, argumentos de “oportunidad”, que analizan cuándo los bancos centrales pueden o deben actuar, y argumentos de “idoneidad” que analizan cómo los bancos centrales pueden (y no pueden) intervenir. Proponemos una distinción de segundo nivel entre la forma en que estos argumentos pueden ser analizados por los propios bancos centrales, es decir, al evaluar la corrección de un cambio relacionado con el clima dentro de sus mandatos, y la forma en que pueden ser analizados por los tribunales al evaluar la legalidad de ese cambio.

La primera parte analiza si el cambio climático “encaja” dentro del mandato de los bancos centrales, o más bien, si los bancos centrales pueden tener en cuenta los efectos previstos del cambio climático para cumplir con sus mandatos. Una perspectiva comparada muestra que los mandatos de los bancos centrales dependen de sus textos fundacionales, que muestran muchas diferencias. No obstante, incluso tomando la “estabilidad de precios” como el denominador común “central” de esos mandatos, una perspectiva histórica muestra que la comprensión de los bancos centrales de su mandato, es decir, qué factores deben tenerse en cuenta al cumplirlo, ha evolucionado a lo largo de los años. Desde este punto de vista, el cambio climático impacta en la estabilidad de precios y afecta a una multiplicidad de elementos del mecanismo de transmisión. Considerar factores que tuvieron un impacto decisivo en el mecanismo de transmisión como “fuera” del mandato de los bancos centrales porque su efecto sobre la estabilidad de precios es diferido e incierto (es decir, combinar si un factor encaja dentro del mandato de los bancos centrales y cuándo impacta) llevó a malas decisiones en el pasado (por ejemplo, la burbuja impulsada por el apalancamiento que condujo a la gran recesión). Los efectos del cambio climático pueden ser más drásticos. Además, el cambio climático genera una versión particularmente seria del problema de la inconsistencia temporal (los gobiernos se reeligen como mucho cada 4 años, el cambio climático opera a escalas de decenios y siglos). Y la inconsistencia temporal de los gobiernos es una justificación de primer orden para la existencia de bancos centrales independientes.

Estos argumentos sugieren que, como parte de su mandato de estabilidad de precios, los bancos centrales pueden (y deben) observar más de cerca los procesos de generación de carbono en la economía y los riesgos que presentan. Los bancos centrales también están sujetos a otros mandatos u objetivos "periféricos", por ejemplo, "apoyar las políticas del gobierno (o de la UE)" sujeto al objetivo principal (como el Banco de Inglaterra o el BCE) o garantizar la estabilidad monetaria para promover los intereses del país en su conjunto, el desarrollo robusto o el crecimiento sostenible, los cuales pueden desempeñar un papel en el cambio de perspectiva sobre el clima de los bancos centrales, pero un papel de apoyo, y no principal, porque no pueden justificar un cambio de política importante por sí solos. Los principios constitucionales transversales suelen ser demasiado generales para implicar deberes reales y, cuando lo hacen, como el artículo 11 del TFUE (Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea) , que exige que la protección del medio ambiente esté integrada en todas las políticas y actividades de la Unión, el deber es instrumental (es decir, de “integrar”) y no demasiado explícito acerca de cómo. Además, tanto los objetivos secundarios como los principios transversales dependen en gran medida del texto legal, que varía según las jurisdicciones. Si el cambio climático afecta el mandato central de los bancos centrales, esta es una base más sólida para un diálogo global. Otra vía prometedora es el mandato “prudencial”, ya que el cambio climático se considera cada vez más una fuente de riesgo financiero, pero esto, nuevamente, depende de si los bancos centrales tienen un papel en la regulación y supervisión prudencial. Algunos tienen amplios poderes (por ejemplo, el Banco de Inglaterra) mientras que otros comparten esas competencias con otras autoridades (por ejemplo, la Junta de Gobernadores de la Reserva Federal con la OCC, o el BCE con las autoridades nacionales).

Estos argumentos no solo pueden ser considerados por los bancos centrales para justificar un papel más activo en el cambio climático. También se pueden argumentar ante los tribunales, si un demandante afirma que un banco central está haciendo demasiado poco o demasiado, y esto va en contra de su mandato por ley. En este punto, los bancos centrales operan sobre un terreno más seguro, ya que los tribunales tienden a considerar las decisiones de los bancos centrales como (casi) no justiciables, como en los EE. UU., o ser muy deferentes con ellas, como en la UE. Sin embargo, incluso los tribunales más reacios, como el BVerfG alemán, reconocen que los bancos centrales tienen discrecionalidad y que la legalidad de sus acciones depende de si se realizó un análisis de proporcionalidad. Esto, en nuestra opinión, es clave, ya que requiere observar los efectos secundarios de la política, pero los bancos centrales también deberían hacer el ejercicio contrario y analizar los costos de la inacción.

Esto abre nuestro segundo punto, sobre los argumentos de “oportunidad”, es decir, por qué los bancos centrales deberían intervenir “ahora”. Pero para no hacernos pesados, no lo haremos "ahora" sino en la próxima entrega de la entrada.