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Apagón estadístico

792px-Rembrandt_-_Der_reiche_Narrde Samuel Bentolila y Marcel Jansen

¿Se acuerdan del “apagón estadístico” de 2002, que afectó a datos sobre fiscalidad, vivienda, comercio exterior y Seguridad Social? ¿Y del apagón de 2004, cuando de repente dejaron de publicarse datos oficiales de precios de la vivienda porque estaban subiendo “demasiado”? Pues parece que volvemos a las andadas: ha empezado otro apagón, esta vez relacionado con el problema más importante de este país, el paro, que si se confirma va a dificultar enormemente la comprensión de la evolución de nuestro mercado de trabajo y, en particular, una evaluación rigurosa de la reforma laboral de 2012. ¿Sorpresa?

La reforma laboral de 2012 introdujo muchos cambios, pero el Gobierno no parece dispuesto a colaborar en que se conozcan bien sus efectos. Por una parte, no se publican datos sobre algunas novedades introducidas por la reforma y, por otra, se ha suprimido o se va a suprimir la oferta de datos imprescindibles para evaluarla.

Un primer caso afecta al contrato de trabajo por tiempo indefinido de apoyo a los emprendedores. Este contrato, para empresas con menos de 50 empleados, era una medida estrella de la reforma. Creemos que en parte buscaba elevar artificialmente el número de contratos indefinidos --al carecer de coste de despido durante el primer año-- pero, dadas sus generosísimas bonificaciones y desgravaciones, el Gobierno aparentemente esperaba que se transformara en el contrato estándar para pymes. Pues bien, la página web del Ministerio de Empleo y Seguridad Social da datos de 12 tipos de contratos pero, curiosamente, no del contrato de emprendedores por separado. Así, estamos a expensas de declaraciones ocasionales de la Ministra, quien el mes pasado dijo que en 2012 hubo 89.300 de estos contratos, es decir, el 1% de los firmados por empresas de hasta 50 trabajadores. La ausencia de otros datos impide cualquier intento de estudiar las características de los usuarios y no usuarios del contrato para intentar entender su absoluto fracaso.

Un caso mucho más grave se refiere a la negociación colectiva, cuyo cambio de regulación representó la parte más importante de la reforma. Desde su entrada en vigor en febrero, y en particular tras la revisión de julio de 2012, se observa una notable caída del número de nuevos convenios. Todo sugiere que los representantes de los empresarios están retrasando la firma de los convenios para aumentar la presión sobre los sindicatos. Ahora el período máximo de ultraactividad (mantenimiento de las condiciones de los convenios expirados) es de un año. En ausencia de acuerdo antes de finalizar ese periodo, el convenio decae y se abren dos posibilidades. Si existe un convenio de ámbito superior, se aplica este. En otro caso, la única referencia legal es el Estatuto de Trabajadores (ET), es decir, el salario mínimo, la jornada máxima, etc.

Como explicaremos en otra entrada mañana, aún hay muchas dudas sobre el escenario que se abre si empiezan a decaer convenios. Por ejemplo, no está claro si las empresas impondrán cambios a los ya empleados o se limitarán a los nuevos contratos. No obstante, como primera aproximación, querríamos saber cuántos convenios podrían decaer durante los próximos meses y cuántos trabajadores podrían quedarse sin convenio. También nos gustaría conocer la distribución sectorial y por tamaños de empresa de esos convenios y si se observan ajustes salariales atípicos en convenios que podrían haber decaído en los próximos meses pero han sido renovados en los últimos.

Pues bien, los datos ofrecidos por el Ministerio ya no sirven para contestar a estas preguntas. Los últimos datos de convenios con algún detalle se refieren a enero (el Ministerio solo los publica hasta diciembre pero el Banco de España los da hasta enero). Y, lo que es más importante, solo figuran los convenios registrados electrónicamente en la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos (CCNCC). La ley prevé que las Comunidades Autónomas creen sus propios registros y un mecanismo de coordinación (¿funcionará?).

El registro electrónico es obligatorio desde junio de 2010 para que el convenio colectivo sea válido, según el ET (art. 90.2), pero esto no se ha cumplido ( 🙁 ). Si lo entendemos bien, hasta ahora los demás convenios se registraban en papel y el Ministerio completaba la base de datos con la información correspondiente. Pero desde enero ha dejado de hacerlo, aparentemente alegando que no tiene presupuesto para ello, lo que parece una excusa débil.

Para que se entienda de qué estamos hablando: en enero y febrero de 2013 se registraron 184 convenios, frente a 1338 en 2012. (*) La caída de los convenios firmados durante 2012 ya había reducido la representatividad de los datos (en enero y febrero se registraron 2297), pero si no se vuelve a completar la base de datos, la información sobre convenios será totalmente inútil, justo cuando todos miran a España para ver el efecto de las reformas.

Y las malas noticias no se acaban aquí. Según fuentes fiables (pues han fracasado nuestros intentos de obtener confirmación oficial) y la prensa, el Ministerio también prevé suprimir la Encuesta de Coyuntura Laboral (ECL). Entre muchas otras cosas, la ECL ofrece información muy valiosa sobre medidas de flexibilidad interna como los descuelgues (no aplicación temporal de un convenio) y cambios sustanciales de las condiciones de trabajo. Además, con los microdatos se podría cruzar la información sobre flexibilidad interna con la de las indemnizaciones por despido, comparando empresas que han usado la flexibilidad interna con otras que optaron solo por despedir. Esta información es vital para poder determinar el éxito de la reforma laboral en fomentar la flexibilidad interna como alternativa al despido y su no disponibilidad (sin su inclusión en otras fuentes, como la Encuesta Trimestral de Coste Laboral) sería un desastre.

El diseño de buenas instituciones laborales es muy difícil. Ha de empezar con un cuidadoso análisis de los datos, para identificar los fallos del marco en vigor. Luego hay que diseñar medidas, anticipando cómo interaccionarán con el resto de las normas e instituciones, y antes de ponerlas en práctica se debe pedir la opinión de distintos expertos (como ya hemos discutido antes) y, si es factible, realizar experimentos en forma de programas piloto. Por último, una vez aprobada, hay que evaluar rigurosamente los resultados de la reforma. Las conclusiones de las evaluaciones deben ser públicas y, si cabe, su publicación debe seguir un calendario preestablecido. Un ejemplo de buenas prácticas lo constituyen las reformas Hartz I-IV (2003-2005) del mercado de trabajo alemán. Las autoridades están obligadas a encargar evaluaciones de cada medida a varios equipos de investigadores independientes y los resultados de estas evaluaciones son públicos.

Los tres ejemplos anteriores demuestran que los procesos de reformas en nuestro país son manifiestamente mejorables y, en especial, están faltos de transparencia. En repetidas ocasiones representantes del Gobierno han afirmado que la reforma ha salvado muchos puestos de trabajo. Por contra, los críticos afirman que el aumento de los despidos es buena prueba de su fracaso. Por el momento estas afirmaciones son meras especulaciones, pero si en algún momento queremos conocer los verdaderos efectos harán falta datos, evaluaciones rigurosas y transparencia.

Además, como señalamos al principio, este aparente apagón no es algo aislado. El pasado reciente está plagado de acusaciones a los gobiernos de esconder información relevante para evitar críticas a sus políticas. La falta de transparencia y de asunción de responsabilidades (accountability) redunda en una baja calidad de la democracia y fomenta la desconfianza de los ciudadanos hacia las instituciones y la política.

Y hay otros efectos, de carácter económico. Los salarios son una variable de importancia crucial. Por ejemplo, sin los datos de convenios no habríamos podido conocer el sorprendente aumento salarial pactado del inicio de la crisis. Aparentemente se está incumpliendo la obligatoriedad del registro electrónico de los convenios colectivos. Por si ya fuera poca la inseguridad jurídica derivada del continuo cambio de las normas, su incumplimiento la eleva aún más. La seguridad jurídica es un requisito para el buen desempeño económico. Por concretar: ¿qué pasaría si un juez decidiera invalidar un convenio colectivo por no estar registrado electrónicamente? Temblamos solo de pensarlo.

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(*) P.S., 9/4/2013 - Se acaban de publicar los datos del número de convenios registrados hasta finales de marzo. Hay 300 con efectos económicos en 2013, que afectan a 1.152 mil trabajadores. En 2012 las cifras respectivas eran 2.187 convenios y 5.015 mil trabajadores.