¿Sería inconstitucional el contrato laboral único, como alegan algunos juristas? Esta es la pregunta que hace algún tiempo nos propusimos contestar los promotores de la “Propuesta para la Reactivación Laboral en España”. Ya tenemos la respuesta: se pueden buscar fórmulas para que tuviese un encaje legal.
Para aprender sobre este asunto, varios de los promotores nos reunimos con tres reconocidos catedráticos de derecho laboral, cada uno de los cuales escribió un breve dictamen sobre el contrato único. Sus opiniones difieren de las de los economistas, pero la reunión fue muy útil para nosotros. Seguidamente, Marcel Jansen y yo escribimos un artículo para el libro electrónico sobre la Propuesta, que acaba de publicar Fedea, coordinado esforzadamente por el tándem Juanjo Dolado-Florentino Felgueroso y presentado anteayer ante una nutrida representación de la prensa.
Resumo muy brevemente nuestros argumentos, sin jerga legal (no hago justicia a todo lo que decimos en el artículo, pero los interesados pueden leerlo entero: no es muy largo y tiene afán divulgativo). Se alegan dos razones contra la viabilidad jurídica del contrato único. La primera es que la coexistencia de dos tipos de contratos indefinidos distintos violaría el principio de igualdad ante la ley. La respuesta es fácil: nuestra legislación permite la coexistencia cuando lo que se persigue es el fomento del empleo. Esto explica porqué pueden coexistir hoy legalmente contratos indefinidos con indemnizaciones de 45 y 33 días de salario por año de antigüedad (aunque en el segundo hubo que dejar a un grupo de trabajadores fuera para salvar escollos legales y quizá hubiera que hacer lo mismo esta vez).
La segunda razón aducida es que suprimir el control judicial sobre los despidos por razones empresariales (es decir, económicas) violaría el derecho del trabajador a una tutela judicial efectiva frente a un despido injustificado. En primer lugar, cabe señalar que con el contrato único las otras dos vías de impugnación judicial frente al despido injustificado se mantendrían, es decir, el recurso contra la violación de derechos fundamentales (p.ej. por discriminación) y el recurso contra el despido disciplinario.
No obstante, algunos juristas piensan que un contrato que unificase todas las causas empresariales para el despido, procedentes e improcedentes, sería inconstitucional. Pero si esto fuera cierto, la actual normativa sobre el despido improcedente también lo sería. En concreto, si el problema es el sacrificio del control judicial de la causa del despido, con la regulación actual ya existe. Desde 2002, el empresario puede romper la relación laboral si reconoce la improcedencia del despido y pone a disposición del trabajador una indemnización de 45 días de salario por año de antigüedad en 48 horas. Si el trabajador la cobra, renuncia automáticamente a ir a juicio. Y si el problema es que el despido injustificado solo sería compensado económicamente, sin el derecho a la readmisión, esto también sucede con la regulación actual. Por tanto, si el actual sistema es legal, entonces también lo sería el contrato único.
Lo más importante es que el contrato único, al ser indefinido, extendería la tutela judicial efectiva a todos los que actualmente están excluidos de ella: todos los asalariados con contrato temporal, es decir un tercio del total (media del periodo 1992-2007).
Según las últimas informaciones aparecidas en prensa, el gobierno no va a intentar acabar de verdad con la dualidad laboral. Aparentemente se propone potenciar los contratos a tiempo parcial, fomentar la reducción de jornada siguiendo el "modelo alemán", crear un plan de empleo juvenil con un contrato en prácticas con mayor flexibilidad que el habitual (¡un contrato más, y van 18!) y penalizar algo los contratos temporales.
Creo prudente esperar a que estas propuestas se confirmen antes de comentarlas. En todo caso, los artículos del libro electrónico de Fedea –que tan rapido y tan bien ha resumido Luis Garicano en este blog– analizan algunas de estas medidas y, desgraciadamente, el diagnóstico no es favorable. Animo a todos a leer algunos capítulos del libro y comprobarlo.