¿Mejora la efectividad de la política de competencia tras reformar las autoridades de la competencia?

Por Joan-Ramon Borrell, Carmen García y Juan Luis Jiménez

La política de defensa de la competencia y las autoridades que la sustentan son actores clave en la consecución de dos objetivos socialmente deseables: por un lado, la política de competencia sustenta el crecimiento económico; por otro, promueve la estabilidad democrática mediante la prevención de la concentración económica excesiva (Petersen, 2013). Reconociendo estas dos funciones críticas, los países emprenden continuamente reformas en sus instituciones, pero no existe un marco óptimo para configurar la estructura de dichas autoridades y, por ende, de dichas reformas.

Así no damos por sentado ni que todas las reformas sean progresivas, ni que los países emprendan todas las reformas que mejoren la eficiencia. ¿Por qué? Pues porque las que mejoran el bienestar a veces no se aplican (Fernández y Rodrik, 1991) e incluso pueden perder el apoyo de los votantes y los políticos con el paso del tiempo (Van Wijnbergen y Willems, 2016).

En esta entrada anterior de 2019 discutimos esta cuestión, centrándonos en las reformas de cinco autoridades de competencia europeas (Reino Unido, Finlandia, Países Bajos, Francia y España). En un artículo recientemente publicado en Regulation & Governance ampliamos y mejoramos este trabajo inicial, con un único objetivo: determinar qué países han mejorado su política de competencia tras reformar sus autoridades (entre ellos, el caso de España). Los resultados no son halagüeños…

Las ventajas de la competencia (y cómo medirlas)

Aunque resulte redundante citarlo, una correcta política de defensa de la competencia mejora muchos indicadores económicos de un país: los resultados económicos y los niveles de democracia (Buccirossi et al, 2013; Mariotti and Marzano, 2021); la intensidad de la competencia en los mercados (Dutz and Vagliasindi, 2000; Krakowski, 2005; Kee and Hoekman, 2007); la valoración de las empresas (Levine, Lin y Xie, 2021), entre otros.

Pero la medición de la política carece de indicadores objetivos. Es por ello que una amplia literatura empírica (Nicholson, 2008; Borrell y Jiménez, 2008; Voigt, 2009, Ma 2012 y 2013; Gutmann y Voigt, 2014, o el propio artículo que hoy mostramos) la han aproximado a partir de indicadores basados en encuestas, que evalúan la percepción de la efectividad de la política de competencia en un país.

El elaborado por el IMD es de los más relevantes. Para este la variable de efectividad de la competencia pide a ejecutivos de diferentes países una valoración del 1 al 6 sobre si la legislación de la competencia en el país en el que han trabajado y vivido durante el último año es efectiva a la hora de prevenir comportamientos anticompetitivos. El resultado promedio a nivel de país se traduce a una escala del 0 al 10.

Datos y estrategia empírica

Para analizar cómo las reformas de las Autoridades de Competencia afectaron a este indicador de efectividad, contamos con un panel balanceado de 38 países entre 1995 y 2020. De estos países, 20 fueron tratados (hubo reformas) y 18 permanecieron sin cambios, conformando el grupo de control (vea tabla debajo). Para cada uno disponíamos, además del índice IMD, de la población, el PIB real a precios constantes, la cuota de exportaciones en paridad del poder adquisitivo, el índice de regulación del Banco Mundial y efectos fijos de zona euro, Unión Europea y OCDE.

Y sobre esta base aplicamos dos metodologías complementarias para identificar los efectos causales de cada una de las diferentes reformas: de una parte, un modelo de diferencias-en-diferencias (DiD) y, de otra, un synthetic control method.

Resultados

Los coeficientes de las variables de diferencias-en-diferencias para cada país están en la tabla siguiente, donde el preferido es el modelo 3, que incluye todas las variables antes mencionadas. Como se puede comprobar, ni todas las reformas mostraron un cambio estadísticamente significativo, ni todas fueron positivas. De hecho, de las 24 reformas, 5 fueron positivas (en verde) y 5 negativas (en rojo).

Para atender potenciales heterogeneidades no controladas en el modelo anterior, utilizamos el synthetic control method, para el que los resultados medios se incluyen en la tabla siguiente.Esta metodología encuentra más resultados medios estadísticamente significativos. En concreto 10 positivos y 7 negativos, siendo el cambio en la efectividad en media un 11% para los primeros y un -12% para los segundos.

El caso de España

En España hubo dos reformas de la Autoridad, ambas muy diferentes (véase explicación previa aquí, o las realizadas por Gerard Llobet aquí o aquí). La primera se produjo en 2007, con la creación de la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC), lo que supuso la desaparición del Tribunal y Servicio de Defensa de la Competencia.

La Figura 1 muestra el análisis de control sintético para este periodo antes y después de la creación de la CNC y, en media, el efecto es positivo: aumentó la efectividad de la competencia un 23%.

Figura 1: Synthetic control del IMD para España en la creación de la CNCNota: en naranja los datos sintéticos creados para España. Las líneas discontinuas representan las tendencias. En azul, los datos reales del IMD para España.

En 2013 se fusionaron todos los organismos regulatorios y la autoridad de la competencia en una única autoridad, la actual Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC). Esta fusión, generó un cambio negativo en la efectividad de la política en España: se produjo una caída media del 12%. No obstante, tras ese inicialmente imporatnte efecto negativo, la percepción de efectividad de la política de competencia se ha recuperado gradualmente hasta converger con la senda de la efectividad percibida sin mediar la reforma (ver línea azul en la Figura 2).

Figura 2: Synthetic control del IMD para España en la creación de la CNMCNota: en naranja los datos sintéticos creados para España. Las líneas discontinuas representan tendencias. En azul, los datos reales del IMD para España.

Moraleja: ¿qué nos enseñan estos resultados?

Entendemos el bienestar social que permite alcanzar la política de competencia tal y como la describe Paul (2021): la política de competencia establece cuándo es mejor la cooperación (horizontal y vertical) y cuándo la competencia es una mejor manera de conseguir el bien común. Así, la política de competencia consigue mejoras de bienestar social cuando desarrolla tres tareas específicas: (1) cuando contiene la dominación, (2) cuando acomoda y promueve la coordinación democrática, y (3) cuando establecer el marco para una competencia equitativa.

En este sentido, compartimos con Ericksen (2021) que las agencias independientes, como las autoridades de competencia, inevitablemente toman decisiones basadas en juicios de valor político. Y los políticos, que saben que eso es así, intentan (en ocasiones) precisamente detraer capacidades de decisión de las autoridades independientes para ganar en discrecionalidad en sus acciones.

Los resultados de nuestro trabajo confirman lo que los estudios de economía política de las reformas indicaban: las reformas no siempre mejoran las políticas. En este caso, las reformas de las autoridades de competencia no mejoran siempre la efectividad de la política de competencia en los términos indicados por Paul (2021).

De forma paradójica, algunas reformas fueron ineficaces, o lo que es peor, se diseñaron de forma maquiavélica por los políticos para frenar la efectividad de la política de competencia. Se trata de verdaderas contra-reformas que se emprenden de forma torticera alardeando de que se trata de apuestas por la competencia y el progreso social. Debemos estar siempre alerta de los riesgos ciertos de involución.

Hay 3 comentarios
  • Interesante entrada. Pero creo que hay una contradicción evidente en estas políticas, mi razonamiento es el siguiente:

    La competencia responde a una fase inicial de un proceso que culmina con la concentración. Es una carrera en la que comienzan muchos corredores, pero al final el pelotón se va reduciendo a unos pocos corredores que se disputan el éxito final.

    La competencia es la lucha por alcanzar el monopolio. Hay pues una contradicción intrínseca en negar dicho monopolio, cuya realización es el incentivo de cualquier empresa para competir con el resto.

    Mantener la competencia artificialmente, mediante arbitrajes y regulaciones, representa un intervencionismo de la misma clase que cualquier medida antiliberal.

    Es un intento de trasplantar el concepto de democracia al sistema económico. Mala praxis, ya que la naturaleza se rige por otras leyes. El bien común es para los débiles. La economía natural empodera a los más fuertes, a los aristoi, los mejores.

    Esto plantea un debate interesante entre el nomos y la naturaleza. Y si la economía es como es, o es como la hacemos (planificamos). Así las fronteras entre economía y política se difuminan.

  • Buenas muy interesante la entrada. Me ha quedado una pequeña duda, la vble que usas para aproximar la calidad de las políticas de competencia es la elaborada por el IMD? he entendido bien no?
    un saludo y gracias por el artículo.

    • Estimado Alberto,
      así es, utilizamos esa variable como dependiente. Puede ampliar información en el artículo (si no tiene acceso, envíeme email y se lo hago llegar).

      Un saludo

      Juan Luis Jiménez

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