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La arquitectura de la supervisión bancaria y el riesgo soberano

Por Pedro Cuadros Solas, Carlos Salvador Muñoz  y Nuria Suárez Suárez 

ECB - Luminale 2016 Euro Tower , MB

La crisis financiera global (GFC, por sus siglas en inglés) de 2007-2008 evidenció, de manera especial en Europa, los estrechos vínculos que existen entre el riesgo del sector bancario (posibilidad de insolvencia o colapso de las entidades de crédito) y el soberano (probabilidad de que un gobierno incumpla sus obligaciones financieras). Este problema se agrava al considerar, como han demostrado diversos estudios, que esta relación es bidireccional y se retroalimenta mutuamente, generando lo que se conoce como el círculo vicioso entre el riesgo bancario y el riesgo soberano. Por este motivo, los reguladores, desde la GFC, han intentado implementar diversas políticas y cambios en la regulación para romper ese vínculo que, como ocurrió entonces, termina teniendo un importante impacto negativo en la estabilidad económica y financiera a nivel global. En este contexto, surgen las siguientes preguntas: ¿Qué medidas pueden ser verdaderamente efectivas para reducir la probabilidad de contagio bidireccional entre el sector bancario y la economía real? ¿Podría una parte de la solución residir en el diseño de una arquitectura de supervisión bancaria supranacional? Precisamente, el reciente artículo titulado “Banking Supervisory Architecture and Sovereign Risk” que hemos publicado en el Journal of Financial Stability trata de dar respuesta a esta última pregunta al analizar en qué medida la implementación de una supervisión bancaria supranacional puede tener un impacto en el riesgo soberano.

¿Por qué la respuesta puede estar en la supervisión bancaria?

Diversos estudios han demostrado que los bancos reaccionan de manera diferente según el tipo de supervisión a la que están sujetos, y que estas reacciones tienen consecuencias en el sistema bancario en términos de asunción de riesgos, políticas de concesión de crédito y entorno de competencia (véase, entre otros, Abbassi et al., 2023; Calzolari et al., 2019; Fiordelisi et al., 2017). Una supervisión efectiva asegura que los bancos mantengan niveles adecuados de capital y liquidez, limitando su exposición a activos con un elevado nivel de riesgo. Así mismo, una supervisión bancaria que promueva la transparencia y la confianza en el sistema bancario contribuye a una percepción más positiva del riesgo soberano en los mercados financieros. Además, como puede observarse en el Gráfico 1, existe evidencia de que los países con una supervisión bancaria más efectiva – medida a través de la experiencia de los supervisores – tienen sistemas bancarios más estables, lo que termina reduciendo la probabilidad de que los problemas del sector bancario comprometan la solvencia de las finanzas públicas y la estabilidad económica. Sin embargo, lo que también parece clave es que, más allá de que exista un cierto nivel de supervisión bancaria, lo que realmente hace que la supervisión sea eficaz es el diseño de la misma (véase, entre otros, Beck & Wagner, 2016; Carletti et al, 2021).

Gráfico 1. Supervisión bancaria y estabilidad financiera (países de la OCDE)

Fuente: Banco Mundial y elaboración propia

El Mecanismo Único de Supervisión (SSM): el setting ideal

Para analizar empíricamente el impacto de la supervisión bancaria en el riesgo soberano, nuestro estudio se centra en la implementación de un nuevo marco de supervisión supranacional en Europa: el Mecanismo Único de Supervisión (SSM, por sus siglas en inglés). Este marco, que entró en vigor en noviembre de 2014, proporciona un entorno ideal para evaluar cómo la supervisión bancaria influye en el riesgo soberano, ya que trasladó la supervisión de los bancos más importantes de un nivel nacional a uno supranacional. Con la implementación de este marco, la responsabilidad de supervisar a los bancos sistémicamente importantes (SIs, por sus siglas en inglés) de los países de la zona euro pasó de las autoridades nacionales (como el Banco de España o el Banco de Italia) al Banco Central Europeo (BCE). Mientras tanto, las autoridades nacionales continuaron supervisando los bancos más pequeños o menos sistémicos (LSIs, por sus siglas en inglés). Desde noviembre de 2014, el BCE ha supervisado activos bancarios que superan los 113 billones de euros. El panel superior del Gráfico 2 muestra, con ejemplos concretos, el cambio en la arquitectura de supervisión bancaria que trajo consigo el SSM.

Este cambio de diseño supervisor a través del SSM resulta particularmente relevante para investigar la relación entre la supervisión bancaria y el riesgo soberano por dos razones principalmente. En primer lugar, porque la implementación de esta supervisión supranacional no es marginal, todo lo contrario, tiene un peso significativo en comparación con la supervisión que permanece a nivel nacional, dado que los bancos sistémicamente importantes están bajo la supervisión directa del BCE. En segundo lugar, porque las autoridades nacionales, los gobiernos y otras estructuras políticas no tienen la capacidad de decidir qué bancos específicos son supervisados directamente por el BCE ni de influir en la proporción del sector bancario nacional que queda bajo supervisión supranacional.

Gráfico 2. Supervisión bancaria con el SSM

Fuente: Elaboración propia

Esta identificación nos permite analizar el impacto del cambio en la supervisión bancaria sobre el riesgo soberano mediante un análisis de Diferencias en Diferencias (Diff-in-Diff), tanto entre distintos países como entre distintos bancos. En primer lugar, podemos comparar un grupo de tratamiento, compuesto por países con supervisión supranacional bajo el marco del SSM donde los bancos significativos pasan a ser supervisados directamente por el BCE, con un grupo de control, integrado por países donde la supervisión bancaria continúa siendo realizada exclusivamente por las autoridades nacionales. Esta comparación realizada antes y después de la implementación del SSM, proporciona una base robusta para evaluar e identificar los efectos causales de este cambio en el marco regulatorio. El panel inferior del Gráfico 2 ilustra la composición de ambos grupos, mostrando claramente los países incluidos tanto en el grupo de tratamiento como en el grupo de control. Diversos tests, cuyos resultados están disponibles en el estudio, confirman que antes del SSM ambos grupos de países presentaban características similares en términos macroeconómicos, del sector bancario y de la supervisión bancaria.

¿Cómo medir el riesgo soberano?

Para medir el riesgo soberano, nuestro estudio, al igual que otros en la literatura sobre riesgo soberano, utiliza principalmente las calificaciones crediticias soberanas a largo plazo (sovereign credit ratings) emitidas por las tres principales agencias: Fitch, S&P y Moody’s. Estos ratings, a diferencia de otras medidas, y tal y como se indica en los informes metodológicos de estas agencias, proporcionan una perspectiva a largo plazo sobre el riesgo soberano en la medida que recogen únicamente los cambios permanentes en el riesgo de impago de los países. Además, como se señala en estos informes, no solo incorporan información obtenida de fuentes económicas, financieras y cualitativas, si no que también consideran explícitamente la efectividad de la supervisión bancaria como un factor relevante en la determinación del nivel de riesgo soberano. No obstante, para garantizar la robustez de los resultados, también se emplean medidas alternativas, como los spreads de los CDS soberanos (Credit Default Swaps), en diversos análisis complementarios.

¿Cuál es el impacto de la supervisión bancaria en el riesgo soberano?: Evidencia empírica y mecanismos

Tras la implementación del SSM, se observa que los ratings soberanos son más elevados en los países cuyos bancos significativos están bajo supervisión supranacional, en comparación con aquellos donde la supervisión bancaria permaneció exclusivamente a nivel nacional. Este resultado proporciona evidencia adicional de que la supervisión bancaria supranacional contribuye a reducir el riesgo soberano. De hecho, en promedio, la probabilidad de que un país obtenga una calificación AAA aumenta casi 10 puntos porcentuales para Fitch, 7,45 p.p. para Moody’s, y 6,84 p.p. para S&P tras la implementación del SSM. Además, el impacto de esta arquitectura de supervisión bancaria no es uniforme entre los países, sino que depende de las características del sector bancario y del entorno legal e institucional de cada nación. En particular, se observa que la supervisión supranacional tiene un efecto positivo más significativo – es decir, una mayor reducción del riesgo soberano – en países con sectores bancarios menos rentables y con un mayor nivel de competencia. Asimismo, este efecto es especialmente relevante en países donde la calidad institucional y las normativas regulatorias no son suficientes para disciplinar de manera efectiva a los participantes del mercado bancario.

Estos resultados evidencian la existencia de una relación causal entre la arquitectura de la supervisión bancaria y el riesgo soberano, pero ¿Cómo podrían los cambios en el comportamiento de los bancos, inducidos por un nuevo régimen de supervisión, afectar al riesgo soberano? Para responder a esta cuestión, en el trabajo exploramos los dos principales canales según el BIS a través de los cuales los sistemas bancarios pueden impactar negativamente la fortaleza de un soberano: el canal de la estabilidad bancaria y el canal de la estabilidad del crédito. El canal de estabilidad bancaria sugiere que un sistema bancario más estable y resiliente reduciría el riesgo para la economía y el riesgo soberano. Por otro lado, el canal de estabilidad del crédito señala que un sistema bancario débil puede limitar la disponibilidad de crédito y obstaculizar el crecimiento económico, lo que también podría impactar negativamente la solvencia de un país e incrementar su riesgo soberano.

Para examinar ambos canales, estudiamos, en segundo lugar, las reacciones de los bancos ante la implementación del SSM utilizando datos a nivel de banco en un análisis Diff-in-diff. En este caso, el grupo de tratamiento lo componen bancos significativos de los países cuya supervisión pasó a ser supranacional (por ejemplo, Banco Santander, BNP Paribas o Deutsche Bank), mientras que el grupo de control lo componen bancos de países donde la supervisión siempre ha sido nacional, pero que si estuvieran en el marco del SSM serían considerados como bancos significativos (por ejemplo, Barclays, Credit Suisse, DNB ASA). Los resultados muestran que, tras la implementación del SSM, los bancos supervisados a nivel supranacional presentan una mayor estabilidad y asumen menores riesgos, validando con ello el canal de estabilidad bancaria. Asimismo, estos bancos proporcionan una financiación más estable a la economía, lo que respalda el canal de estabilidad del crédito.

Lecciones aprendidas

En el contexto del debate sobre el diseño óptimo de la supervisión bancaria, nuestros resultados aportan evidencia empírica de que la supervisión supranacional puede ser una medida eficaz para reducir el riesgo soberano. Además, los resultados evidencian que la implementación de una supervisión supranacional tiene efectos especialmente significativos en países con sistemas bancarios en dificultades y con una menor calidad institucional. Estos resultados pueden ser claves para los reguladores a la hora de diseñar los marcos regulatorios y de supervisión del sector bancario con el objeto de evitar que el círculo vicioso que se produjo en la crisis financiera global de 2007-2008 entre el riesgo bancario y el soberano pueda repetirse en el futuro.