La ‘tasa Google’: un clásico cártel de Estado

Por Pablo Ibáñez-Colomo

Después de un tiempo, la llamada ‘tasa Google’ vuelve a estar de actualidad. Hace unas semanas le había comentado a Jesús (más que nada por su interés en la propiedad intelectual) que podría ser un tema interesante para el blog, y ahora el informe que la CNMC acaba de publicar sobre la cuestión me da una buena oportunidad para dar mi punto de vista. Aunque no lo pueda parecer a primera vista, es un ejemplo que ilustra bien los riesgos que para el ciudadano común puede tener la excesiva connivencia entre poder público y privado. Se trata de un asunto clave para el desarrollo económico y que se ha abordado a menudo y desde diferentes perspectivas en el blog.

Cuando un sector está en crisis, o se ve amenazado por el cambio tecnológico, intentará buscar protección en los poderes públicos. Si tiene la suficiente capacidad de presión o de influencia conseguirá a través de la regulación aquello que no habría conseguido compitiendo en el mercado – mantener sus ingresos y su posición. Es un comportamiento humanamente comprensible. Entiendo que los taxistas usen su capacidad de presión para detener la expansión de Uber (maravillosa aplicación que, cruzo los dedos, parece seguir funcionando estupendamente en Londres). Pero las consecuencias de esta presión sobre el ciudadano común y sobre la economía (a corto y largo plazo) solo pueden ser devastadoras.

Los medios de comunicación tradicionales en España se encuentran en una situación muy difícil, en gran medida debido a la evolución tecnológica (que permite blogs como este y proyectos periodísticos con costes mucho más ajustados que en el pasado). Por eso es natural que traten de explotar su llegada al Gobierno para convertir a Google una fuente alternativa de ingresos, de la misma manera que es natural que el Gobierno responda proponiendo la creación un ‘derecho de remuneración’ a favor de los periódicos por el uso de ‘fragmentos no significativos’ por parte de agregadores de contenidos como Google News (por mencionar al que ha acaparado toda la atención). El concepto de ‘fragmento no significativo’, hablando de todo un poco, me parece fascinante.

El problema es que el mecanismo diseñado por el Gobierno en su anteproyecto tiene difícil encaje desde un punto de vista jurídico y es directamente injustificable desde un punto de vista económico. Las experiencias alemana, belga y francesa demuestran que hacer de Google una fuente estable y permanente de ingresos es más difícil de lo que pueda parecer a simple vista. Primero porque no obliga a nadie a estar presente en su agregador. Segundo porque algunos medios digitales con gran difusión parecen no estar de acuerdo con la tasa, y así lo han expresado públicamente. Si cada medio negocia la remuneración por separado y nadie tiene la obligación de quedarse en Google News si no está contento con las condiciones, parece inevitable que la remuneración, de existir, termine siendo sustancialmente más modesta de lo esperado por los medios tradicionales. Con parecida candidez, prácticamente en estos mismos términos, lo reconocen los representantes de la AEDE (la asociación que representa los intereses de los diarios tradicionales) en un artículo publicado en El País del 28 de mayo.

¿Cuál ha sido la solución encontrada por el gobierno ante este escollo? Una parte de la solución es convertir el derecho de remuneración en ‘irrenunciable’ (el concepto de ‘derecho irrenunciable’ es si cabe aún más fascinante que el de ‘fragmento no significativo’, sobre todo teniendo en cuenta que algunos digitales se publican con licencia Creative Commons). En virtud del anteproyecto, los medios no pueden rechazar solicitar una remuneración por aparecer en Google News (o que alguien la solicite en su nombre), por mucho que quieran. La otra parte consiste en centralizar la negociación a través de las entidades de gestión de los derechos de propiedad intelectual. Lo que el Gobierno parece perseguir, a la luz de la disposición, es que una entidad de gestión negocie la remuneración en nombre de todos los medios.

Para los que nos dedicamos al derecho de la competencia está claro que lo que la modificación legislativa busca en realidad es instaurar un cártel de editores de periódicos. Así lo dije en su día en un blog especializado. Los cárteles (acuerdos entre empresas competidoras para fijar de manera conjunta precios o producción, o para repartirse los mercados) no solo están prohibidos en virtud de la legislación española y de la UE, sino que se castigan con fuertes multas, que pueden superar los 1.000 millones de euros, cuando son detectados. La razón es simple: desde el punto de vista económico, los cárteles solo son beneficiosos para sus miembros; para el resto de la sociedad, son literalmente un robo de recursos. La ‘tasa Google’ parece por tanto insostenible en su forma actual.

El informe de la CNMC ha dicho lo único que podía decir, aunque en un tono suave y sin utilizar la palabra maldita. Recomienda ‘descartelizar’ la ‘tasa Google’ eliminando la condición de ‘irrenunciable’ del derecho y permitiendo la negociación fuera de las entidades de gestión. Este informe supone un avance con respecto a unas declaraciones del Presidente de la CNMC, que en marzo se expresaba (dejándome entre sorprendido y confundido) a favor de la ‘tasa Google’ (‘las cosas hay que pagarlas’, decía Marín Quemada entonces; ‘nada es gratis’, añado yo ahora).

Lo que ya no sé, porque no veo ninguna referencia en el informe a la misma, es si en la CNMC se ha hablado de la Sentencia Consorzio Industrie Fiammiferi (asunto C-198/01) y en particular del párrafo en el que el Tribunal de Justicia de la UE aclara que ‘ante comportamientos de empresas contrarios al artículo [101 TFUE], apartado 1, que vienen impuestos o se ven favorecidos por una normativa nacional que legitima o refuerza sus efectos, en concreto por lo que atañe a la fijación de los precios y al reparto del mercado, una autoridad nacional de defensa de la competencia, que tiene encomendada, entre otras, la tarea de velar por el respeto del artículo [101 TFUE]: - está obligada a excluir la aplicación de dicha normativa nacional […]’.

Hay 10 comentarios
  • Una entidad de gestión, como la SGAE, que ya hemos comprobado todos cómo funciona... Para qué más.

  • Lo que tienen que hacer los editores es dejarse de impulsar leyes injustas y seguir el camino de las TV de pago, negociando con los proveedores de Internet para que ofrezcan paquetes de acceso a medios escritos digitales.

    Tienen que cambiar su modelo, y en vez de tener 1 o 2 millones de lectores, pasar a tener 10 millones a un precio mucho menor.

    Yo quiero que mi ADSL me ofrezca acceso a El Pais, El Mundo, NY Times, FT, ... en un paquete sin tener que subscrivirme uno a uno ni pagar tanto (no puedo leerlos todos, todos los dias).

  • vamos que el presidente de la CNMC no tiene ni idea de derecho de la competencia y ha sido nombrado más por sus lazos políticos que por su currículum.

  • Gracias por el resumen de la situacion. Una observación: llamarla «tasa Google» no me parece del todo correcto puesto que da a entender que es Google quien cobra una tasa (como en el caso del llamado «impuesto Microsoft» — Microsoft no permite a los fabricantes de ordenadores con los que tiene tratos vender ordenadores sin el S.O. Windows, de tal modo que el consumidor que compra un ordenador se ve obligado a comprar este S.O. como parte del ordenador aunque no lo quiera ni tenga intención de utilizarlo). Yo diría más bien «tasa del lobby de la prensa».

  • Se me plantean algunas dudas al respecto, para variar ni todo es negro ni blanco, sino suele tener muchas tonalidades de gris. Lo defendido en el post no va en contra de la famosa sentencia New York Times Co. v. Tasini? Quizás la intención del legislador sea crear un monopolio bilateral, para equilibrar el poder de negociación de Google con el de los editores? Que opinarían Springer o Harvard Business Press si se crearan agregadores similares para artículos o libros académicos que ahora mismo se publican en open Access (normalmente sufragado por los autores), a lo mejor dejarían de apoyar esta opción de open access a pesar de NSF o la Comisión Europea.

  • Para fds,

    Sobre la intencion del legislador: evidentemente que esa es la intencion del legislador. Pero eso convierte al cartel en menos cartel ni lo hace mas justificable. En derecho de la competencia, la cooperacion entre empresas se tolera en la medida en la que conlleve algun tipo de beneficio para la sociedad (una mejora de la eficiencia). Como decia en el post, los carteles son aquellos acuerdos que no benefician mas que a sus miembros. No dan lugar a mejoras en la eficiencia; todo lo contrario, protegen a sus miembros de las consecuencias de su propia ineficiencia (y parece que el ejemplo que nos ocupa no es diferente en este sentido, mas bien es un ejemplo paradigmatico de lo que es un cartel de crisis al amparo del Estado).

    Sobre NYT v Tasini: no veo la analogia. NYT v Tasini es un caso clasico de copyright y que reafirma algunos principios tradicionales: solo se ceden aquellos derechos mencionados expresamente. Lo mismo sobre el open access. No se exactamente que apuntas o en que medida es relevante.

    • Entonces, lo que busca el legislador una redistribución de rentas de Google hacia los medios AEDE no? Para el consumidor y para la hacienda pública española que es mejor, que las rentas las tenga Google o los caducos medios AEDE? Supongo que sería tema para un paper precioso. Respecto a Tasini vs NYT, lo que me pregunto (a lo mejor un experto como tu me puede aclarar) es si los agregadores no están infringiendo lo indicado en la sentencia ya que podían agregar y explotar contenido (ni Google ni Meneame son ONG) sin el permiso del propietario. De hecho, el propio NYT tuvo que dar marcha atrás por la demanda de GateHouse y limitar el scraping o Google Books tuvo que rectificar. Lo que tengo miedo es que se limite el acceso al contenido si no existe la tasa (a parte de efectos redistributivos de rentas fiscales a nivel internacional comentados anteriormente).

  • Es impresionante el rent-seeking que pueden llegar a ejercer algunos sectores, entre ellos el energético y el de media, donde quizás incluya al sector del libro. Si Schumpeter levantar la cabeza...
    ¿Qué medidas deberían tomarse para otorgar mayor objetividad al regulador y minimizar este efecto del lobby?

  • Pablo,
    Muchas gracias por la entrada. Desgraciadamente es difícil discrepar y da mucho que pensar.

  • Bonita paradoja: es mi derecho irrenunciable, pero no puedo controlarlo, tengo que aplicarlo obligatoriamente a través de una entidad monopolista (AEDE, SGAE, etc). La prueba de que solo existen para robar es que a mí no me dejan montar una entidad gestora nueva.

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