El oscuro sistema de incentivos en los ERE

[De Samuel Bentolila y Juan J. Dolado]

Las circunstancias que rodean en España a los despidos colectivos, conocidos como expedientes de regulación de empleo (ERE), plantean serias dudas sobre la eficiencia de los incentivos que rigen las actuaciones de empresas y sindicatos.

Los despidos colectivos tienen una regulación especial si: (a) en un mes, la empresa despide al menos al 10% de sus empleados o al menos a 30 trabajadores si tiene más de 300, o (b) en tres meses, despide al menos a 20 trabajadores. La regulación europea exige que la empresa realice consultas con los representantes de los trabajadores, exigencia que en nuestro país se amplía a solicitar autorización a la autoridad laboral de la comunidad autónoma o estatal, lo que obliga a la empresa a acordar el despido y, por tanto, a pagar mayores indemnizaciones.

Vayamos al primer problema de incentivos. En España, además de que cualquier afectado por un ERE percibe prestaciones por desempleo durante 2 años (si ha contribuido durante 6 años) y de que la indemnización está exenta de IRPF, los trabajadores mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación salvo la edad, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo (426 euros mensuales) hasta alcanzar dicha edad. Se trata de sostener la renta de las personas en ese grupo de edades, cuya probabilidad de encontrar otro empleo es baja.

No obstante, el derecho a cobrar el subsidio seguramente lleva a las empresas a despedir a más trabajadores de lo necesario, puesto que el Estado sufraga una parte significativa de los costes. En ocasiones la empresa paga un suplemento al trabajador hasta casi completar su salario anterior, lo que conlleva una pérdida social neta. En el caso del ERE de Telefónica anunciado en abril, el escándalo público por sus actuales elevados beneficios ha llevado al Gobierno a suprimir el incentivo y obligar a la compañía a abonar las prestaciones y subsidios por desempleo que cobren los despedidos hasta su jubilación. No obstante, se trata de un caso especial que, por ejemplo, no se ha dado en el ERE (4.000 trabajadores) del SIP liderado por Caja Madrid y Bancaja o en otras cajas de ahorros.

Este subsidio sesga además la decisión hacia el despido de los trabajadores mayores de 52 años, cuya temprana retirada del mercado laboral supone un coste social enorme. En este caso, probablemente resultase socialmente mucho más rentable dedicar más recursos a reciclar, vía formación, a esos trabajadores (posiblemente a cambio de una revisión salarial a la baja) y/o incluso elevar las subvenciones existentes a su contratación, antes que prescindir de colectivos con gran experiencia acumulada, además de pagarles prestaciones durante periodos que pueden llegar hasta los 13 años.

Otro asunto llamativo y menos conocido es el recogido en la noticia aparecida en septiembre pasado en Expansión, que dice textualmente:

Los empleados de las empresas afectadas por un ERE pagan por los servicios de asesoría jurídica del sindicato una cantidad fija que oscila entre los 100 y los 400 euros. Además, la organización sindical tiene un ingreso extra: cobra a cada uno de estos trabajadores entre un 10% y un 15% de la cantidad que obtiene como indemnización por encima de los veinte días por año trabajado. (…) Así, desde que comenzó la crisis, los sindicatos se han embolsado –sólo por la parte fija del pago– alrededor de 240 millones de euros (unos 80 millones anuales). (…) ¿Saben los trabajadores afectados por un ERE que una parte de su indemnización va a parar a los sindicatos? Los abogados laboralistas consultados coincidieron en responder que generalmente esto se desconoce. “Teóricamente, cada trabajador debería firmar una hoja de encargo para solicitar los servicios jurídicos del sindicato en cuestión, pero esto en la práctica nunca ocurre”.

En efecto, parece que muchos trabajadores afectados por ERE desconocen que el sindicato les cobrará una comisión. Cuando se enteran no se muestran muy conformes y los tribunales les están dando la razón. Ya hay sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia de la Comunidad Valenciana (25/4/2008, comisión del 6% para los trabajadores no afiliados y del 4% para los de afiliación reciente), Cataluña (4/5/2008) y Murcia (5/10/2009, 5% para los no afiliados y 3.5% para los de nueva afiliación) en que se ha condenado a los demandados a devolver las cantidades deducidas a los trabajadores. Así que un primer requisito de eficiencia sería proporcionar mucha más información a los trabajadores afectados sobre este particular. Por cierto, en estos casos la comisión es más baja que la citada en la noticia.

Es comprensible que el sindicato sea remunerado por la asesoría legal que proporciona a los trabajadores no afiliados, pero el sistema actual no es óptimo. Por una parte, al percibir una comisión proporcional a la indemnización, el sindicato tiene incentivos para elevarla al máximo. A modo de ejemplo, suponiendo que los sindicatos percibiesen 150 euros de comisión fija por trabajador y un 5% de los 25 días de salario por año de servicio (45 días - los 20 días del despido por causas económicas), los sindicatos que firmaron el ERE de los 4.000 trabajadores del SIP antes mencionado (bajo el supuesto de un salario medio de 40.000 euros y 28 años de antigüedad) habrían percibido casi 16 m. de euros (*) y, en caso de firmar el ERE de Telefónica, unos 26 m. de euros.

La cifra real quizás sea más baja pero, en cualquier caso, incentiva claramente el aumento de la indemnización muy por encima de la correspondiente a las causas económicas. Ello beneficia en principio al trabajador, pero perjudica mucho a la empresa, que acaba pagando indemnizaciones muy parecidas a las del despido improcedente (45 días de salario por año de servicio con un máximo de 42 mensualidades, ver esta entrada). El mayor coste del despido reduce la propensión a contratar e incentiva el uso masivo de contratos temporales encadenados, factor determinante de la altísima variabilidad del empleo en nuestro país (casi el doble que en EEUU).

Por otra parte, hay un claro conflicto de intereses. Si los sindicatos perciben una comisión por trabajador despedido, entonces tienen menos incentivos a reducir el número de afectados. Quizá este conflicto explique lo ocurrido en el citado ERE de Telefónica. La empresa propuso inicialmente despedir a 6.400 trabajadores, pero luego aceptó “la propuesta de los sindicatos mayoritarios de vincular la duración del ERE con la del convenio” y, como resultado, el número de despidos aumentó hasta los 8.500 (un 33% más). Tras imponer el Gobierno que la empresa pagara las prestaciones y subsidios, Telefónica volvió a la inferior cifra inicial de despidos. Todo ello muestra que podría tener sentido que la tarifa tuviera una parte fija que cubriera en promedio anual la mayor parte de los costes de asesoría jurídica en que incurre el sindicato globalmente (no en una empresa) y se eliminara la parte proporcional.

Un punto final se refiere al nivel de la comisión. Los sindicatos se deben a sus afiliados pero son una institución pública que también debe representar los intereses de los no afiliados, en un contexto en que algo más del 85% de los trabajadores se rigen por convenios colectivos frente a menos del 20% de afiliación. Por ello, parece razonable que no repercutan todos los costes de su gestión en los ERE sobre los no afiliados. Hay que tener en cuenta que reciben fondos públicos, por ejemplo para gestionar actividades de formación de los parados, y que está primada su representación en la negociación colectiva y en muchas otras instituciones, como las cajas de ahorros o los consejos económicos y sociales nacional y autonómicos. En este sentido, sería deseable que hubiera un mayor grado de transparencia sobre las fuentes de ingresos sindicales.

(*) La cifra de 16 m. de euros se obtiene de la siguiente operación: 4.000 trabajadores x [150 + 0.05 x (25/365) x 28 x 40.000 euros].

Hay 21 comentarios
  • parte de lo que se comenta en este post ya lo habían denunciado algunos sindicatos, al menos en algunas de las movilizaciones a las que yo he asistido. sobre el papel, puede ser cierto. sin embargo, no me cuadra con las fuertes protestas (apoyadas u organizadas por los propios sindicatos, que en principio, deberían estar interesados en que el número de despedidos fuesen lo mayor posible) que ocurren a veces, cuando ciertas empresas anuncian despidos o eres (yamaha, nissan, seat valeo, sony,...)

    • Albert,

      No creo que los sindicatos sean favorables a que haya ERE. Al contrario, pienso que hacen todo lo posible por evitarlos. Pero una vez planteado el ERE por la empresa, el razonamiento económico me lleva a pensar que la estructura de incentivos es mejorable, pues la actual podría hacer que no intentaran reducir todo lo posible el número de trabajadores afectados y el sorprendente caso de Telefónica me ha hecho pensar.

  • Buenas tardes,

    He publicado su articulo de "El oscuro sistema de los ERES" en mi blog http://corruptos-corruptos.blogspot.com/ , para que la difusión no pare, ya que en este blog recién nacido en el día de hoy pretendemos que cualquier tipo de fraude,corrupcion, etc.. no queden impunes con el paso del tiempo y de nuestra tremenda capacidad de olvidar.

    Un saludo y espero sigamos en contacto
    Gracias
    M Angel Castro Guerrero

  • Creo que lo plantean Samuel y Juan José es que en el caso de los ERE existe un sistema de incentivos malo que puede tener consecuencias nefastas. A partir de esta evidencia, llegar a la conclusión de que los sindicatos son corruptos me parece un exceso. Los problemas se arreglan detectándolos, que es lo que se ha hecho en el post, y planteando soluciones; no es una solución llevar el asunto a un blog en el que se denuncian fraudes y corrupción. Estamos ante un problema de incentivos y no de corrupción.

    En el mundo de las relaciones laborales y sindicales existe otro sistema de incentivos que también creo que es perjudicial y tiene consecuencias indeseables: los sindicatos negocian para todos (afiliados y no afiliados) y, por lo tanto, los trabajadores tienen pocos incentivos para estar sindicados: ¿para qué van a pagar una cuota si se van a beneficiar de lo que los sindicatos consigan en la negociación? En cierta manera, esto podría explicar las subvenciones que reciben, ya que han de trabajar mucho por trabajadores que no contribuyen a mantener la estructura necesaria (quizás excesiva) para realizar su actividad. Creo que la negociación colectiva debería introducir algún cambio para que en los ámbitos de negociación se fuera más exigente con la legitimación sindical (también empresarial) y que los trabajadores no pudieran beneficiarse de convenios que no contribuyen a construir. Todo esto no sé cómo se hace.

    Saludos,

    Aureliano

    • Aureliano,

      Estoy de acuerdo con tu interpretación de nuestra entrada y en cuanto a los problemas de legitimación que señalas. Nosotros hemos pensado mucho sobre cómo mejorar esta situación. La propuesta de Fedea para la reforma de la negociación colectiva se ocupa de ello, está en:

      http://www.fedea.net/negociacion-colectiva/

      Y una de las propuestas es:

      Propuesta 4. Eficacia de los convenios.

      Condicionar la eficacia normativa y general de los convenios colectivos a que las empresas representadas supongan una determinada proporción del empleo, así como del número de empresarios, del ámbito de aplicación del convenio, y a que los sindicatos negociadores alcancen la misma proporción de los representantes de los trabajadores elegidos en dicho ámbito. El umbral de representatividad debería reforzarse en los convenios de ámbito provincial, comarcal o local. De no darse estos requisitos, el convenio no tendría eficacia normativa y general, restringiéndose su aplicación únicamente a las empresas representadas en la negociación.

      Por último, una explicación sencilla en forma de preguntas y respuestas está aquí:

      https://nadaesgratis.es/?p=9972

  • Lo que plantea Aureliano, que es muy interesante, es lo que existe en Estados Unidos, donde para poder negociar en representación de los trabajadores se exige un porcentaje de la plantilla sindicalizada. Las trabas de los empresarios a la sindicalización -como es obvio- incluyen todo tipo de violencía como hemos visto en númerosas películas. ¿Es este el sistema que defiende el profesor Bentolila?

    • Monedero,

      Creo que estamos y seguiríamos estando a años luz del sistema de empresa sindicalizada o no sindicalizada de EEUU. En España, en todo caso, para que hubiera negociación de empresa haría falta el acuerdo de los trabajadores y el empresario; en su defecto seguiría la adhesión al convenio sectorial. Además, no se contemplaría una votación para que en la empresa haya delegados o comités de empresa, este derecho seguiría estando reconocido.

  • Lo que estoy seguro de que el profesor Bentolila ( y el profesor Dolado) no defiende(n) es usar el "como hemos visto en numerosas películas" como fuente de información sobre las relaciones laborales en EEUU.

  • Si al menos el dinero que suelta la empresa por el "canon" fuese a parar al sindicato, podríamos pensar que al final beneficia a los trabajadores. Lo que pasa es que algunas veces ese ERE lo negician los sindicatos pagado con recursos de todos y luego el "canon" lo facturan empresas de servicios propiedad de y dirigidas por los dirigentes sectoriales del sindicato. ¿FQT asesores?

  • En línea con los reivindicaciones de los indignados: más democracia directa.
    ¿Por qué no hacemos más transparente el sistema y eliminamos todas las subvenciones y prebendas a partidos y sindicatos -más o menos ocultas- sustituyéndola por una casilla en el IRPF como el de la Iglesia Católica? Así, al menos, sabríamos el nivel de financiación que la sociedad quiere dar a estas instituciones.

  • hay que recordar que no todos los sindicatos firman ERE's. CGT (y obviamente CNT) no lo hacen. creo que es la mejor postura.

  • Me ha gustado mucho el artículo, Samuel y Juan. Aclara detalles y conductas que se suelen ocultar para no crear problemas. Pero si se desconocen los detalles se ignora lo esencial y se da credibilidad a ministros y a sindicalistas que ni la tienen ni la tendrán

    Es un asunto en el cual lo más sencillo es bailar el agua al público, al gobierno y a los sindicatos con frases pseudo progres y de buen rollito pero lo que tenemos se ha labrado a pulso nientas los sindicatos iban haciendo caja, expandiendo su burocracia y produciendo paro a millones.
    Perfecta correlación directa debe ser la que existe entre su función de renta y la cifra de desempleo.

    Hoy hemos visto ante el Congreso a un par de cientos de indignados fomentando lo mismo: el paro a base de pedir más rigideces de todo tipo.

    El ministro de la cosa ha seguido "haciendo que hace pero sin hacer nada" y las minorías nacionalistas han vuelto a sacar tajada estableciendo que los convenios autonómicos tengan precedencia sobre los nacionales. ¿Qué significa esto si me quiero establecer en una autonomía donde no estoy? ¿Más problemas?
    Es un desgobierno para echarse a llorar.

    El caso es que venía oyendo esto de la prelación autonómica y a lo mejor resulta que le han metido un pequeño gol a los sindicatos.

    Supongo que el convenio de empresa seguirá teniendo preeminencia (¿salvo si es de una autonomía con un convenio inferior al vigente en otra?) pero me gustaría saber qué pensáis sobre esa incidencia en concreto y si resultará en una flexibilidad mayor o si tendremos que seguir sacando actividades fuera.
    Yo lo hice con una de nuestras actividades a Viséu hace ya unos años y a lo mejor sigo porque a pesar de las apariencias sus gobernantes son más listos y todos hablan inglés y español.

    España no va a hacer las reformas que predica el sistema, tengo la sensación de que esa decisión se tomó hace ya tiempo por el PSOE y desde entonces se dedican a ver cómo dicen una cosa y hacen otra .
    El PP tampoco lo va a hacer porque la izquierda subterránea ya ha organizado la kaleborroka que viene a través de esas manis todavía pequeñas de "indignados sólo con Rajoy, Espe, Cospedal, Camps, etc y silenciosos con el resto" por lo que los escenarios más realistas ya son de "rescate" allá por diciembre/enero con un recorte brutal del gasto público y un gran incremento del paro.

    Cada medida de recorte de gasto público municipal y autonómica que se anuncia son unas decenas o unos cientos de personas a la calle y al presupuesto de desempleo. Mucha gente.

    • Manu Oquendo,

      No está disponible aún el texto que han negociado los partidos nacionalistas con el gobierno. Con esta salvedad, me parece que es un paso atrás porque los niveles de negociación que proporcionan mejores resultados son el de empresa, para tener en cuenta el efecto de la situación concreta del mercado sobre su empleo, y el nacional, para tener en cuenta los efectos agregados de las decisiones de salarios y otras condiciones laborales sobre el empleo. Niveles intermedios como la provincia o la comunidad autónoma no facilitan que se tengan en cuenta los efectos sobre el empleo a estos dos niveles y suelen llevar a más paro.

    • Elisa de la Nuez,

      Gracias por el enlace a la entrada de José Mª Pérez Gómez. Es muy informativa para los legos en derecho. Además recuerda que existe falta de transparencia incluso sobre los datos más importantes relativos a los sindicatos, que son los de los resultados de las elecciones sindicales.

  • para manu: yo creo que exageras. repito que todos hemos visto y oído (los que hemos querido) como los sindicatos a veces reaccionaban en contra de los eres, incluso de manera violenta. decir, sin más, que los sindicatos apoyan los eres para cobrar más me parece muy arriesgado
    donde tú ves rigideces yo veo protección (con sindicatos o sin ellos)
    kaleborroka?........una exageración aún mayor. creo que la gente del país vasco tiene muy claras las diferencias, otros no tanto

  • Una matización al importe de los "incentivos"

    " .. los trabajadores mayores de 52 años que cumplan todos los requisitos para acceder a la pensión contributiva de jubilación salvo la edad, tienen derecho a cobrar el subsidio por desempleo (426 euros mensuales) hasta alcanzar dicha edad. "

    No es exacto: Para cobrar el subsidio se requiere otra condición: No cobrar renta de cualquier tipo superior al 75 % del SMI. Ésta condición no se cumple en los ERE's de las grandes empresas que se citan en el texto ( Telefónica, Cajas .. ) ya que la indemnización pactada supera dicha cantidad en casi todos los casos.

    • Joto,

      Tienes razón, hay un tope de renta del 75% del SMI para percibir la prestación para mayores de 52 años. Pero ten en cuenta que de la indemnización por despido solo se considera renta a estos efectos la parte que supere los 20 días de salario por año de antigüedad ("indemnización legal") según (punto 2.32.9)

      http://www.mtin.es/es/guia/texto/guia_9/contenidos/guia_9_23_2.htm

      Así que no estoy seguro de que no lo cumplan. Además la indemnización se cobra de una vez o se agota. Una vez se les acaben las prestaciones contributivas, creo que sí podrán cobrar esta prestación asistencial (dependerá de si la empresa hace o no un pago en forma de flujo tras el despido). Además, si Telefónica no tuviera que pagar prestaciones tras la reacción del Gobierno, ¿por qué lo anunciaron dándole tanta relevancia? ¿Por qué Telefónica volvió a reducir el número de despedidos hasta la cifra inicialmente anunciada? En todo caso, lo que se confirma es que vendría bien tener más información sobre los importes relativos al ERE.

  • Un buen artículo que yo enmarcaría en algo que ahora está muy de moda, que es una operación de acoso y derribo a los sindicatos. Parece que la última línea de defensa que nos queda a los trabajadores estorba y mucho.
    Pero vayamos por partes y permítanme matizar algunas de las opiniones vertidas en su artículo que no coinciden con la realidad. Es cierto lo que dice "joto", para cobrar el subsidio de desempleo más allá de los dos años de la prestación contributiva de desempleo no se puede tener "ingresos de ninguna naturaleza superiores al 75% del SMI", con lo cual su afirmación en el artículo es cuando menos tendenciosa.
    Sobre el ERE de Telefónica, empresa en la que trabajo desde hace 22 años, no es cierto que la empresa aumentara el número de afectados a requerimiento sindical. El presidente de Telefónica de España anuncia en Londres en una reunión con los inversores la voluntad de reducir plantilla en torno a 6500 trabajadores. Durante la negociación del Convenio Colectivo presenta una propuesta a 5 años que afectaría a 8500 trabajadores y es cuando, por la presión mediática el gobierno les obliga a asumir el coste del desempleo, cuando presentan una nueva propuesta que afectaría a 6500 trabajadores.
    Pero aquí se da una curiosa paradoja, compañeros míos afectados por el probable ERE y que llevan cotizando religiosamente una media de 30 o más años se les quiere privar de un derecho que les asiste y es a cobrar el subisidio de desempleo cuando les despiden. Porque, no lo olvidemos, un ERE es un despido se mire como se mire. Y ahora de la indemnización por despido que cobrarán repartida a lo largo de varios años, se les detraerá la parte que cobren del desempleo. Con lo cual, aunque en los papeles quede muy bién, quien realmente pagan los platos rotos serán mis compañeros afectados por el ERE.
    Por otra parte afirman ustedes que los sindicatos cobran por los ERE´s y dan datos de lo que podrían cobrar en el caso de Telefónica. En esta empresa en la que llevamos sufriendo dos, junto con algunas otras medidas de adecuación de plantillal, JAMÁS SE HA COBRADO UN DURO A UN COMPAÑERO O A LA EMPRESA por gestionar un ERE, y conozco un montón de compañeros afectados. Cosa bien distinta es que deban hacer uso de los servicios jurídicos por algún tipo de reclamación, entonces se aplican las tarifas vigentes y que varían en función del tiempo que lleves afiliado, tarifas que por otra parte son públicas y te explican cuando vas a presentar las reclamaciones.
    Los trabajadores de Telefónica ya estamos hartos de leer algunas informaciones que no son ciertas y que se ponga permanentemente en entredicho nuestra profesionalidad y nuestro trabajo. Nosotros no pedimos este ERE ni ninguno de los anteriores, esta es una decisión empresarial ante la que nuestros representantes, como es su obligación, deben de intentar conseguirnos las mejores condiciones posibles. Lo que busca la empresa ya lo sabemos perféctamente.
    Para terminar, permitanme enlazar con el principio de este comentario, sobre el papel de los sindicatos. Decía mi abuelo que "Los sindicatos son como el aire, solo los echas de menos cuando te faltan".

  • Samuel, gracias por la respuesta.

    Dices que "no estás seguro de que no cumplan" la condición de renta al descontar la indemnización legal .
    Veamos: con la información de prensa sobre el ERE de Telefónica, y haciendo una sencilla operación aritmético, el salario mensual equivalente que tendría que cobrar un potencial despedido para que su futura indemnización ( descontada la indemnización legal) no superara el 75 % del SMI sería de 816.8 € mes (1). Estaremos de acuerdo que no debe de haber ni un solo afectado que, en una gran empresa, con 52 años o más y un montón cotizados, cobre menos que la cantidad anterior.

    En relación a los últimos párrafos: no habiendo prestación asistencial, sí que se tiene derecho a la contributiva ( el paro ). Ése es el importe que Tef va a devolver al Estado y que se anunció con tanta relevancia. Por último, el pago se realiza en forma de renta. En todos los eres anteriores ha sido así, por lo que hay renta suficiente en todos los años para no tener derecho a los 426 €.

    (1) este valor sale de despejar la X en la siguiente sencilla ecuación El % de indemnización y los años son sólo una aproximación, pero nos vale para el objetivo
    (( X*0,7*12*9 - X*12) / 9*12 ) = 0,75 * 641.4
    Supongo que la indemnización es del 70 % para 9 años - Los que van de 52 a 61 -. Es lo que se está discutiendo. ( 70-68 ) Está en la prensa. Le resto 1 año de renta, que el el máximo de indemnización legal. 641,4 e el SMI 2011.

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