¿Funcionan los subsidios a la contratación de discapacitados?

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por @sergijm64, Arnau Juanmartí y Judit Vall

Si hiciéramos caso a la evidencia acumulada sobre el efecto de los subsidios a la contratación (aquí), tendríamos suficiente con enfatizar que los subsidios no parecen funcionar excepto para grupos muy específicos. La evidencia para España parece apuntar en la misma dirección (aquí y, más recientemente, aquí). La duda que nos hace perseverar es comprobar si los discapacitados, especialmente aquellos con prestación contributiva o, algún subgrupo de éstos, son la excepción que confirma dicha regla. ¿Lo son? Desafortunadamente no tenemos muy buenas noticias....

La proporción de personas en edad de trabajar que dependen de las prestaciones de invalidez ha crecido considerablemente en los países de la OCDE.  Al mismo tiempo, la integración en el mercado de trabajo de las personas con discapacidad es muy baja en muchos países, especialmente en España. Así, en 2008, la fracción de personas en edad de trabajar con prestaciones era el 5,8% (OCDE (2010)), y la tasa de empleo de las personas con discapacidad era en el promedio de la OECD del 43% (en comparación con una tasa de 75% para los no discapacitados), que probablemente sea mucho menor para aquellos con prestaciones. Tal y como comentábamos en un post previo (aquí) el programa de pensiones de invalidez, a pesar del aumento sustancial de la población con una discapacidad reconocida, no es ni muy grande ni muy pequeño comparado con otros países europeos (véase Disney et al, 2010 y también la Figura 1).  Además considera prestaciones muy similares a países de nuestro entorno, con una generosidad que se sitúa sobre la media de los países de la OECD pero un grado de integración (laboral) considerablemente menor (véase la figura 2).

Todas estas cifras pueden subrayar un alto número de personas parcialmente discapacitadas que pueden y quieren trabajar pero que no pueden trabajar. Para estas personas, las prestaciones de invalidez son, en general, su única fuente de ingresos. Este alto nivel de dependencia de las personas con discapacidad hacia las prestaciones y su exclusión del mercado de trabajo impone una presión financiera innecesaria sobre las cuentas públicas. Además de socavar el papel del trabajo como principal fuente de ingresos y  de ruta hacia una mayor integración en la sociedad para muchas personas con discapacidad.

En España, actualmente hay tres niveles de prestaciones contributivas de invalidez de los que solo el más leve, la incapacidad permanente (parcial o total) para la profesión habitual, permite trabajar prácticamente sin restricciones. Otras prestaciones (Invalidez Permanente Absoluta o Gran Invalidez) tienen requisitos muy fuertes para la compatibilidad, con lo ésta que raramente se observa. Las prestaciones de incapacidad permanente total o parcial, que desde 1994, al igual que las prestaciones por desempleo, están sujetas al pago de impuestos, aunque tienen asociadas importantes deducciones impositivas que reducen notablemente los pagos impositivos (y más aún en el caso de trabajar, actualmente por encima de los 10000 euros de deducción).

Los subsidios a la contratación especificos para personas con discapacidad fueron introducidos en España en el RD 1327/1981. El decreto estableció deducciones de las contribuciones a la Seguridad Social a nivel nacional (con una cierta graduación según la edad) y una cuantía fija para la contratación permanente de aquellos discapacitados que superasen un cierto grado mínimo. Sobre esta última subvención (común), las comunides, a medida que fueron adquiriendo competencias, introdujeron o no mejoras en las cuantías. Dado que, desafortunamente, la política nacional no tiene variación suficiente en el periodo muestral, nuestro principal objetivo aquí es cuantificar el efecto de dichas intervenciones a nivel regional.

Figura 1. Proporción de personas en edad de trabajar con prestaciones de invalidez en varios países de la OECD a finales de los 2000s.

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Figura 2. Tasas de empleo de discapacitados y no discapacitados en la OECD.

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El efecto de los subsidios a la contratación de discapacitados

En el presente post analizamos los resultados de un trabajo reciente (que enlazaremos en los próximos dias), para el que obtuvimos financiación competitiva del  programa RECERCAIXA,  en el analizamos el papel de los subsidios regionales a la contratación de discapacitados en España en la probabilidad de encontrar un empleo temporal o permanente y también en la conversión de contratos temporales a permanentes. Con tal objetivo utilizamos datos de la muestra continua de historiales laborales de 2006 a 2014, complementados con información retrospectiva hasta 1990, para construir un panel de transiciones trimestrales de 1990 a 2014. El panel izquierdo de la figura 3 resume y compara las transiciones de los trabajadores discapacitados con las de los trabajadores no discapacitados y el panel derecho resume las medias por comunidad autónoma.  En ambas figuras las diferencias entre discapacitados (con prestaciones) y no discapacitados, en favor de estos últimos, son  evidentes. También cabe destacar la importante dispersión regional, que hace que las transiciones en algunas regiones puedan doblar  las de otras.

Por otra parte, la figura 4 presenta la probabilidad trimestral de observar una conversión de contrato para discapacitados y otros trabajadores. Nótese que las dos líneas son prácticamente idénticas reflejo de una de dos hipótesis alternativas: o bien las políticas son sumamente efectivas cara  a eliminar el previsible gap o, alternativamente, es el reflejo de que una vez empleados (y comprobada su productividad condicional) los discapacitados son inindistinguibles del resto de los trabajadores, y por tanto no haría falta una política de conversión especifica (lo que hace que la subvención se puede considerar en este caso a fondo perdido).

Figura 3. Transiciones de discapacitados y no discapacitados. MCVL 1990-2014.

dis3Figura 4. Conversiones de contrato de discapacitados y no discapacitados. MCVL 1990-2014.

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En este contexto, evaluamos tres tipos de subsidio monetario que varían a nivel regional: un pago único concedido al empleador por persona discapacitada que contrata y mantiene empleada un cierto número de años; un pago único a la contratación temporal; y, finalmente, un pago único a la conversión de contratos temporales en permanentes. Además en todos los casos evaluamos la protección al empleo (tiempo de supervivencia garantizado que llevan aparejadas dichas subvenciones. En nuestra estrategia de identificación aprovechamos que la política de subvenciones tienen numerosas fuentes de variación: tiempo, género, edad, grado de discapacidad y región. En particular aprovechamos la amplia variación regional del calendario de implementación de la política, desde prácticamente el mismo momento en que fue transferida a las CCAA, para diseñar una estrategia de evaluación de diferencias en diferencias (que complementamos controlando por los posibles efectos de anticipación y retraso de la política).

Metodológicamente planteamos un modelo de riesgo en competencia para las transiciones desde el desempleo a un empleo temporal o permanente como función de la variable de política (cuantía y protección del empleo asociadas) y otros factores de control para individuos que tiene una prestación contributiva de invalidez. Asimismo analizamos, en base al mismo modelo, la bondad de la política de conversiones de contratos temporales a permanentes y, finalmente, la posibilidad de que la política tenga efectos llamada, incentivando las transiciones a la propia discapacidad.

Las Figuras 5 y 6 muestran la importante variación regional de los elementos más característicos de una de las políticas consideradas (y que so podría extender a las otras): la cuantía de la subvención a la contratación permanente y el tiempo que se requiere mantener el contrato, que varía entre 3 y ¡20 trimestres! (esto último observado en la más agudo de la crisis).

Figura 5.  La variación de los subsidios a la contratación permanente según comunidad, grado y género.

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Figura 6.  La variación de la protección al empleo (en trimestres) en la muestra. 1990-2014.

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Principales Resultados

Nuestros resultados (véase la Tabla 1) muestran que, en general, el esquema de subsidios es ineficaz para incentivar el empleo temporal, y en general el empleo y las conversiones de empleo temporal a empleo permanente. Aun así, encontramos que los subsidios a la contratación permanente incentivan la contratación (tanto temporal como permanente) de trabajadores mayores. Por otra parte, encontramos que el subsidio de conversión incentiva las conversiones de contrato para las mujeres. También encontramos evidencia de lo contrario. Por ejemplo, encontramos que los subsidios de conversión las desincentivan para los hombres y para las personas de 36 a 50 años de edad (no mostrado en la tablas).

Tabla 1. Efecto de los subsidios sobre las transiciones al empleo.

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Tabla 2. Efectos de los subsidios sobre las transiciones al empleo según el género.

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Sin embargo, los efectos más importantes los encontramos en las variables de protección del empleo (véase también las tablas 1 y 2). El régimen de subvenciones incorpora un elemento de protección del empleo, consistente en la obligación del empleador de mantener al trabajador subvencionado en el empleo durante una cierta cantidad de tiempo si se contrató bajo un contrato permanente. Encontramos de forma bastante consistente que el número de trimestre de protección desincentiva la contratación y, lo que es más importante, que el efecto es en general más fuerte que el potencial incentivo de la subvención monetaria.  Estos resultados sugieren que la protección al empleo puede ser contraproducente a la hora de incentivar el empleo de este colectivo.

Al objeto de contrastar la robustez de los resultados analizamos los posibles efectos de anticipación o retraso de la política. Tal y como muestra la figura 7 en general no encontramos elementos significativos ni de anticipación ni de retraso de las diferentes políticas en el total de la muestra.

Figura 7. Análisis de los efectos de anticipación y retraso de las políticas sobre las transiciones al empleo permanente en el total de la muestra.

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Finalmente, analizamos el efecto de las diferentes políticas sobre la probabilidad de transitar a la (pensión) discapacidad (uno de los objetivos de las políticas de promoción de empleo). Quizás inesperadamente (dado la inefectividad general de las políticas de promoción del empleo), encontramos que tanto la introducción de los subsidios como la protección del empleo incentiva (aunque muy ligeramente) las transiciones a las (prestación) de invalidez en la muestra analizada.

Tabla 3. Efecto de los subsidios sobre las transiciones a la prestación de discapacidad. MCVL 1990-2014.

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Conclusiones

Nuestros resultados (sujetos a ciertas limitaciones de datos, ya que no consideramos la población en general, sino solo aquellos que tienen prestación contributiva de invalidez) confirman que en general las políticas de subvención a nivel regional son poco efectivas (lo que en modo alguno presupone nada sobre la política, común, nacional, que no podemos evaluar por falta de variación). Más importante aún, pueden ser contraproducentes o innecesarias (como en el caso de las conversiones, especialmente para hombres). Finalmente, no podemos descartar que produzcan un cierto efecto llamada entre desempleados. En definitiva, como decía mi abuela: ¡¡un primor de resultados!!

Hay 4 comentarios
  • Por experiencia propia en el mundo de la discapacidad, puedo decir que excepto para el trabajo de bajo nivel formativo ( fundamentalmente sector de la limpieza), esas políticas de subsidio o no interesan o no salen rentables para la empresa. De todas formas, sería interesante saber si esas subvenciones funcionan mejor o peor dependiendo del nivel educativo exigido en los puestos de trabajo.

    • Estimado Mohamed, gracias por tu comentario. En nuestro analisis encontramos que el factor mas importante son los trimestres de permanencia en el contrato, que pueden ser mas importantes para los trabajadores no cualificados. Ademas encontramos que el efecto de los subsidios es mayor para los trabajadores cualificados.

      Sergi

  • Que a la sociedad le interesa y mucho que las personas diacapacitadas trabajen (y coticen) es evidente. Por sus efectos en las arcas de la seguridad social, porque mejora la integración social, disminuye el coste de las medidas de acompañamiento, ocio y tipo libre complementarias que el desempleo permanente genera, descarga a las familias (sobre todo en el caso de la discapacidad intelectual) de un peso añadido, y, en definitiva, supone que la persona empleada aporta valor añadido a la sociedad en lugar de detraerlo.

    Otra cosa son los efectos que los incentivos públicos tengan en este campo. Echo de menos, por ejemplo, una referencia a los Centros Especiales de Empleo, que aportan una fuerza laboral importante y gozan de ventajas específicas. Supongo que la limitación del análisis obedece precisamente a que en general su normativa es la misma en toda España.

    Sin duda es necesario profundizar más en el fomento del trabajo de este grupo social. Todo lo que no sea conseguir una tasa de empleo similar a la del conjunto de la sociedad, supone un despilfarro de recursos inasumible y un coste social elevadísimo.

    • Estimado José, gracias por tu comentario. Sin duda tienes razón. Tenemos en mente un proyecto para evaluar los incentivos a la
      empresa desde el punto de vista del centro de trabajo/empresa. Desafortunadamente, aún está en una fase muy preliminar.

      Sergi

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