Regulación autonómica y la distribución del tamaño de las empresas (Junto con Francisco Marcos)

En un post anterior avanzábamos las principales conclusiones de un proyecto de investigación que tenemos en marcha sobre el impacto de la regulación autonómica en los últimos 20 años sobre la productividad en España. Como explicamos en su momento, en el citado trabajo estimamos un impacto negativo muy significativo de la intensidad de la regulación de las Comunidades Autónomas (en adelante CCAA) sobre la productividad. Además, identificábamos un relación entre la intensidad regulatoria autonómica y la distribución del tamaño de las empresas, básicamente a un mayor incremento de la intensidad regulatoria hallamos un menor porcentaje de empresas grandes sobre el total en la industria. En el post de hoy queremos profundizar un poco más sobre este último tema y con ejemplos concretos exponer cómo la regulación autonómica puede afectar negativamente el porcentaje de grandes empresas operativas en cada CCAA.

Antes de entrar en materia, queremos resaltar que el impacto de la regulación en la distribución del tamaño de las empresas no es un tema en absoluto baladí y que está muy relacionado con el problema de productividad de la economía española. En efecto, un post de Luis Garicano mostraba cómo las empresas españolas de gran tamaño son, de hecho tanto o más productivas que las empresas europeas de tamaño similar pero que, por el contrario, las empresas pequeñas de nuestro país son mucho menos productivas que sus pares europeas. Por ello, si la regulación autonómica favorece a las empresas pequeñas sobre las empresas grandes, este cambio en la distribución de empresas puede ser uno de los transmisores fundamentales que relacione la intensidad de la regulación autonómica con la caída en la productividad.

Hay dos mecanismos por los que la intensidad regulatoria puede afectar a la distribución del tamaño de las empresas. Uno es un mecanismo directo, debido a la existencia de una regulación autonómica expresamente diseñada para beneficiar a la empresa pequeña en su lucha competitiva contra la empresa grande. El ejemplo paradigmático en España es la regulación del comercio interior, con la proliferación de normas autonómicas pensadas para proteger al pequeño comercio. El segundo mecanismo es indirecto y es el resultado del establecimiento de diferentes regulaciones en distintas partes del país, dificultando la obtención de economías de escala que podrían disfrutar las empresas de mayor tamaño al operar al mismo tiempo en una mayor parte del territorio nacional. En este caso, debido a una excesiva regulación regional y a la disparidad de las normas, se reducirían las potenciales ganancias en eficiencia de operar a nivel nacional y, por ello, disminuiría la ventaja competitiva de las empresas pequeñas versus las grandes. A continuación proporcionamos dos ejemplos concretos de ambos tipos de mecanismos.

Ejemplo de regulación autonómica que directamente perjudica a las empresas grandes: Regulación del comercio interior

En un documento de trabajo del Banco de España María de los Llanos Matea y Juan Mora describen varios aspectos en los que la regulación autonómica ha incidido en reducir la ventaja competitiva de los grandes comercios frente a los pequeños comercios. En primer lugar los grandes establecimientos tienen restringido el tiempo en el que pueden ofrecer sus productos al público. Por un lado, los grandes establecimientos disponen de un máximo número de horas de apertura semanales que oscila entre 72 y 90 según la CCAA. Además, el número de domingos y festivos que pueden abrir también está restringido, con enormes variaciones por CCAA. Estas restricciones afectan a una de las posibles ventajas competitivas de las empresas grandes que es utilizar su mayor tamaño para rotar el personal y ofrecer sus productos a los consumidores en horarios más flexibles. Adicionalmente la regulación autonómica también limita el período de rebajas de los establecimientos de comercio minorista (101 días al año en Cataluña en 2007 en comparación con 164 días al año en Castilla-La Mancha). En este caso, ese tipo de regulación reduce radicalmente el uso de bajadas en el precio como reclamo para atraer al cliente, penalizando a las grandes superficies que ven reducida su posibilidad de usar como arma competitiva sus menores costes debido a las economías de escala. Por si fuera poco, la regulación autonómica establece requisitos específicos para las grandes superficies que no existen para el pequeño comercio. En primer lugar, tienen que solicitar una segunda licencia con lo que se doblan los costes administrativos de apertura. En segundo lugar, existen impuestos específicos que se exigen sólo a las grandes superficies comerciales (en Aragón, Cataluña, Navarra y Asturias). En tercer lugar, durante varios años se han establecido moratorias en varias Comunidades Autónomas, prohibiendo completamente el establecimiento de grandes superficies durante un intervalo de tiempo.

Como resultado, no es de extrañar que el informe Fedea-McKinsey encuentre que en 2008 alrededor del 30 por ciento de la superficie dedicada a la alimentación perteneciese a compañías con una rentabilidad inferior al 1 por ciento. Con la ayuda de la regulación autonómica, en muchas CCAA las empresas menos eficientes con muy poca rentabilidad mantienen su actividad sin ser desplazadas por las más eficientes. En el mismo sentido Matea y Mora cuantifican un efecto de la regulación del comercio minorista sobre la distribución de empresas del sector. Más concretamente, encuentran que una mayor regulación autonómica aumenta la densidad comercial de comercios tradicionales y de supermercados. Por el contrario, como era de esperar, baja el número de hipermercados. Estos resultados coinciden con el estudio de Luis Orea publicado en Hacienda Publica Española en 2010 (The effect of legal barriers to entry in the Spanish retail market: a local market approach, nº 193, págs. 49-74) que demuestra la importancia de las barreras a la entrada a nivel autonómico y local ya que el incremento en las barreras de entrada ha producido una disminución del 27% en el establecimiento de grandes superficies comerciales. Asimismo, la legislación autonómica supone el 17% del coste de entrada para grandes establecimientos. En concreto, el estudio de Orea encuentra que en Cataluña, Baleares y el País Vasco son las CCAA en las que las barreras de entrada legales y administrativas han sido particularmente importantes y eficaces para prevenir la apertura de grandes superficies comerciales. Paralelamente, Orea también encuentra un aumento en el 11% del número de supermercados y pequeño comercio. En resumen la evidencia del efecto de la intensidad de la regulación autonómica sobre la distribución del tamaño de las empresas es abrumadora.

Ejemplo de regulación autonómica que indirectamente perjudica a las empresas grandes: Regulación del transporte sanitario

Por otra parte, las CCAA ejercen sus competencias regulando otras actividades empresariales y mercados de ámbito autonómico o local, pero las variaciones en la regulación autonómica (requisitos de ejercicio, burocracia y controles establecidos) pueden dificultar el aprovechamiento por las empresas de las economías de escala que podrían obtenerse del crecimiento de la empresa y la ampliación de sus actividades al ámbito supraautonómico y nacional. Igualmente, las variaciones en la normativa local (condiciones de autorización o licencia y posibles controles municipales) pueden agravar la situación anterior o ser las verdaderas responsables del predominio de empresas pequeñas.

Así, por ejemplo, la regulación autonómica del transporte sanitario de personas es un ejemplo de cómo de manera indirecta las CCAA pueden perjudicar a las empresas grandes al aumentar los costes de operar en una mayor parte del territorio nacional por las divergencias injustificadas en las condiciones de acceso al mercado y de ejercicio exigidas por la regulación. En primer lugar, los requisitos técnicos exigidos a los vehículos varían por CCAA . (por ejemplo el tipo de maletero, el tipo de botella de oxígeno). Por ello la empresa no puede utilizar un único modelo de vehículo para toda su flota, con lo que pierden las economías de tener una flota de vehículos idéntica (Mayor poder de negociación con proveedores, mayor optimización del stock, menores costes de mantenimiento). En segundo lugar, las empresas no pueden fácilmente transferir trabajadores de una CCAA a otra porque los requisitos de formación para el personal de ambulancias son heterogéneos y varian por CCAA. En tercer lugar, otros requisitos distintos en la forma de ejercicio de su actividad (v. gr., exigencia de un camillero, de dos, o de ninguno) pueden hacer hace que las distintas unidades de la empresa no puedan operar uniformemente, perdiéndose las posibles ganancias de la estandarización.

El control de los excesos y extravagancias regulatorios

La regulación excesiva (sea del Estado central, de las CCAA o de los ayuntamientos) que lastra la productividad y perjudica a las grandes empresas frente a las pequeñas en muchos sectores o en muchos lugares nuestro país infringe la libertad de empresa que nuestra Constitución afirma y reconoce en su artículo 38. La imposición de condiciones o requisitos innecesarios, inadecuados o desproporcionados para el acceso a una actividad empresarial o el ejercicio de la misma no sólo grava la productividad sino que jurídicamente es inconstitucional. Adicionalmente, a la vista de la poca eficacia que en la experiencia española a desplegado la libertad de empresa recogida en la Constitución, en la inmensa mayoría de las actividades de servicios, la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio reafirma las anteriores condiciones y debe permitir limitar los excesos reglamentarios. En el proceso de la transposición de la Directiva 2006/123/CE, de 12 de diciembre,relativa a los servicios en el mercado interior (en el que se aprobó la mencionada Ley 17/2009) tanto el Estado como las CCAA y los municipios han procedido a eliminar algunas trabas y obstáculos a la actividad empresarial, con lo que muchos excesos han desaparecido. Pero no todo son buenas noticias, la Ley 1/2010, de 1 de marzo, de reforma de la Ley de Ordenación del Comercio Minorista, pone de relieve que algunos excesos autonómicos continuarán. No son buenas noticias para la productividad de la economía española.

Hay 19 comentarios
  • Hola, Juan.

    He aprovechado esta mañana partiendo de vuestro artículo para, desde sucesivos links, repasar lo escrito el año pasado. He visto muchas cosas; algunas graciosísimas, muchas inquietantes.
    A la prensa general, es decir, con algún efecto en la opinión pública, han llegado los artículos de Buesa y de Gorriarán que por sus organizaciones y experiencia en conseguir titulares tienen más expedito el camino.
    Lo que más efecto ha producido es un titular indicando que ya pasan de 100,000 las páginas de BO-Autonómico con impacto económico diferente --en empresas y personas-- según el "lugarcillo" que pisemos. Hay datos vuestros del trabajo de IE que dejaron atrás las 800,000 páginas de legislación general hace más de dos años.
    En foros con grandes empresas también es un tema que se reprocha continuamente a los políticos. Sin ningún efecto porque ellos tampoco pueden hacer nada para cambiarlo. No hace mucho estuve en una cena con un padre de la Constitución del 78 que se creyó que llegaba para recibir lisonjas y terminó su charla pidiendo disculpas y dando "explicaciones".
    La opinión informada es dura, muy dura, con este asunto y creo que en cuanto llegue nítida al exterior de España tendrá todavía más repercusiones negativas porque básicamente nuestra fragmentacioón se ha convertido en un "spaghetti monster" que no vale la pena ni intentar entender; te alejas de él si puedes.
    Eso, alejarse, es lo que nuestro capital autóctono ha hecho desde hace 20 años: aprovechar lo que sea posible de la naturaleza fragmentaria del estado y, con su capital estratégico, salir pitando.
    Hoy ya son muchas grandes familias que con una simple acta notarial pueden cambiar la dirección corporativa, la sede social, y olvidarse de problemas. Son los mejor informados.
    El enfoque general que se sigue desde la economía académica es muy difícil porque se basa en intentar establecer correlaciones estadísticas entre agregados de indicadores de regulación y la evolución de diferentes tipos de empresas que se presumen mejores o más "dinamizadoras" o más rentables que otras. No se hasta qué punto son los indicadores mejores, más correctos, válidos para describir lo que en realidad sucede.
    En esto tenía razón Descartes. Cuando la realidad se nos presenta delante "clara y distinta" no es necesario intentar otras formas de acceder al conocimiento porque, por definición, son inferiores.
    Como tantos empresarios he vivido este proceso muy de cerca y me ha afectado muchísimo en todos los niveles. Desde el actual de pequeño empresario hasta una multinacional o una empresa española de telecomunicaciones.
    En todos esos águlos la regulación autonómica es, sin la menor duda, no ya una barrera de entrada sino una muralla que convierte en irracional cualquier tentativa local por expandirse territorialmente en España.
    Es mucho mejor darte por expulsado y cambiar de país como yo he hecho en parte de una actividad. Un camino que seguiremos recorriendo porque el concepto de país en muchos entornos es cada día menos relevante. A efectos prácticos algo sentimental con un coste enorme.
    Cosas pequeñas que se han desarrollado delante de nosotros. De estas hay cientos.
    Sistema Sanitario. Gestión hospitalaria y gestión de "población".
    Este es uno de los ejemplos más claros donde la fragmentación ha creado un mundo entrópico e irracional desde el punto de vista económico. Una tarjeta sanitaria por autonomía. Yo he gestionado unos millones de ellas.
    Diecisiete debates acerca del "scope" de la "tarjetita". Desde su previsible evolución tecnológica y fabricación del chip, hasta historia médica del ciudadano y sus implicaciones de privacidad, etc. Espeluznante.
    Una vez decidido, la siguiente autonomía lo hará distinto, con otro proveedor, con otra tecnología, otra infraestructura y otro "outsourcer" de todo (desde manpower a 24x365) porque instintivamente saben que la cosa es tan irracional que terminará en desastre.
    El nivel de derroche daría para reindustrializar España y convertirnos en algo serio en tecnología espacial.
    Vuestro trabajo es muy de agradecer y ayuda aunque todos seamos conscientes de que las cosas suceden por intereses que la economía no aborda más que con un gran retraso.

    Saludos

  • Los efectos de la regulación regional o local sobre el tejido empresarial parecen claros. La cuestión es que no se trata de legislación que funcione "mal" en el sentido de que no logre lo que pretende: mantener en el mercado a empresas que bajo la libre competencia serían expulsadas y proteger el mercado "interno" de la competencia del "exterior".
    La legislación que en este campo están desarrollados nuestros representante políticos ¿es genuinamente deseada por nuestra sociedad o son determinados grupos de presión los que la imponen aprovechándose de la ignorancia o dejadez de la mayoría? En el primer caso no habría que hacer nada, aunque supusiera perdidas de eficiencia globales; en el segundo, realmente no se me ocurre que deberíamos hacer...

  • Los hechos no parecen confirmar sus hipótesis.
    Así, una de las CCAA con mayores competencias (la de Euskadi) es la que cuenta con empresas industriales de mayor tamaño y de las que mejor se defienden exportando.
    Por otra parte el resto de los ejemplos que pone se refieren al sector de distribución, grandes superficies...sectores de servicios que estan protegidos de la competencia internacional y por tanto no relevantes para la competitividad. Otra cosa, desde luego es su influencia en los precios y en la productividad.

  • ¿Y esto cómo casa con que una de las empresas más exitosas sea Mercadona, una gran empresa multirregional de PEQUEÑOS supermercados? Si ella ha podido vencer las dificultades que decís, ¿por qué no muchas otras?

  • Enhorabuena por el post. Este es un tema interesantísimo que estamos tratando desde un punto de vista jurídico en nuestro blog ¿hay derecho? http://www.hayderecho.com/Articulo46.asp
    en la serie La floresta autonómica, donde llevamos por ahora 4 entregas, aunque realmente nos queda muchísimo trabajo por delante, qué duda cabe. El problema es que la hiperregulación autonómica y los excesos y desajustes que conlleva no solo es consecuencia inevitable de tener 17 Parlamentos regionales (ya se sabe, creado el órgano, creada la función) sino que es también moneda de cambio política. Es frecuente que se prescinde de los intereses de los ciudadanos y se prima los de una "casta" política a la que este poder regulatorio le viene muy bien. Claro que la hiperregulación beneficia a las empresas pequeñas frente a las grandes, pero no sólo eso, también beneficia las redes clientelares y a los "socios locales" expresión muy utilizada por las Administraciones autonómicas a la hora de contrataciones públicas
    El ejemplo de la Directiva de servicios es muy ilustrativo. Lo que se teje por el día por la Comisión se desteje por la noche por nuestros políticos. El problema no es solo económico, o de productividad, es esencialmente político al afectar al principio de la igualdad de todos los españoles sea cual sea su lugar de residencia consagrado en nuestra maltratada Constitución.

  • General, Key-nes, Elisa,

    Creo que Elisa aporta una de las claves al final de su post. El estado autonómico, al menos desde la perspectiva económica, garantiza....la desigualdad de todos los españoles. Un poco más y podríamos descubrir el parlamento municipal, familiar, de género, de pareja o individual y a lo mejor llegábamos a algo positivo. No lo excluyamos. Al menos "profundizaríamos en nuestras identidades". A veces hay que llegar al absurdo para volver a empezar.

    Pero es el punto que ella menciona la razón por la cual los análisis estadísticos es muy difícil que no produzcan comentarios como el de Key-nes o el de Jesús Zamora que cuestionan los resultados desde hechos concretos. La verdad es que estamos analizando realidades muy diferentes una vez comenzamos a bajar del nivel autonómico (realmente miniestados).

    Un amigo mío es sub-sub-sub contratista de las obras del AVE en Vascongadas. Otro tiene una chopera por la que pasa el AVE a Barcelona. La dinámica ha sido distinta en cada caso. En la primera para el éxito físico de la obra son necesarias conexiones muy especiales y en la segunda ha habido que pagar precios también especiales en la expropiación del terreno y permisos.

    La legislación vasca ha otorgado unas subvenciones a productos con algo que ver con el caucho (no me pregunten por qué) cuyo resultado ha sido que todos los proveedores de estas piezas al sector del automóvil en Zaragoza tienen un enorme cabreo con las cooperativas de Modragón que por lo visto les han sustituido gracias a las mismas.

    Del mismo modo, cuando hubo que fabricar los carruajes de los trenes de España Alfonso XII hizo caso a su fiel servidor, el marqués de Urquijo, y se puso la fábrica en Beasain en el siglo XIX. Así se podía parar a comer cada verano camino de los baños de Zarauz y Donosti.
    Luego vinieron los shocks de demanda pública (keynesianos) de prioncipios del siglo XXI y la denigrada AVE mantiene divinamente al Goiherri y CAF es una excelente empresa exportadora. Natural.
    Por contra, en Torrelodones, al socaire de acciones concretas de las Autoctonías vascas y catalanas, y en menos de cuatro años han cerrado dos Caprabos y dos Eroskis y los franceses y Mercadonas van divinamente aprovechando con discreción factores que influyen mucho pero no son ni directamente económicos ni medibles.

    Desde mi agitada atalaya creo que el Gobierno vasco y el navarro han tenido plataformas jurídicas que les han permitido políticas industriales de largo plazo y autónomas. De las que Timmerman, Myrdal o Reinert les habrían recomendado. Y lo han hecho mejor que otros.

    Los gobiernos de España se han encontrado con un corsé constitucional hecho a la medida de los nacionalismos y estos lo han aprovechado muy bien. Menos la Generalitat cuyo modelo es francamente deficiente y, al depender de clientes de consumo en el resto de España, muy susceptible a las lógicas represalias de los clientes con la también lógica desesperación de las propias empresas catalanas que no se lo merecen.

    Por redondear con peculiaridades, toda la zona de levante tiene una especie de minifundio industrial bastante importante pero que no consolida (a veces lo hace en la marca pero no contablemente) para manejar la maquila doméstica con mayor eficacia y no ofrecer al fisco un flanco demasiado fácil. Es decir, es estadísticamente invisible.

    Somos muy diversos y mirarnos en la estadística confunde bastante si no se distinguen las diferencias cualitativas.

    Saludos.

  • Hola Keynes

    Sobre tu comentario acerca de Euskadi. En los estudios que citamos (incluído el nuestro) en el post no se mide el efecto de transferir más o menos competencias a las CCAA sino el efecto de la mayor o menor intensidad regulatoria. Es decir, puede haber CCAA com muchas más competencias transferidas que otras pero que en el uso de estas competencias no se hayan caracterizado por ejercer una gran intensidad regulatoria. Este es el caso de Euskadi que pese a ser una de las CCAA con mayores cuotas de autogobierno es una CCAA que en ninguno de nuestros indicadores de intensidad regulatoria (número de páginas o número de normas) está en el top de la distribución.
    Saludos
    Juan

  • No creo que se trate de un problema de falta de igualdad ante la ley. La política de 'café para todos' ha conseguido que todos los españoles tengan (casi) la mismas posibilidades de que sus representantes políticos regionales puedan legislar todas las tonterías que consideren necesarias.
    El problema es que pedimos un deseo -que las comunidades autónomas tuvieran competencias, en muchos casos exclusivas, en ámbitos que afectan negativamente a la eficiencia general de la economía y que, en muchos casos, tienen efectos desbordamiento que rebasan su propio ámbito territorial- y se ha cumplido.

  • Jesús
    El hecho que haya algunas empresas como Mercadona que consigan saltar las barreras y las dificultades y ganen tamaño efectivamente expandiendo sus operaciones por todo el territorio nacional no implica que otras muchas no se hayan quedado por el camino en el intento. Manu Oquendo en su comentario ha contado un ejemplo personal de estas últimas (Muchas gracias Manu !). En otras palabras, aunque las barreras regulatorias no son insuperables sí hace falta saltarlas, algunas empresas lo pueden hacer y consiguen el tamaño deseado y otras no. El efecto agregado es que haya menos empresas grandes de las que hubiera habido en un escenario con una intensidad regulatoria menor.
    Saludos
    Juan

  • Comparto el post y lo encuentro de una corrección académica inmaculada.Acertados los ejemplos.Apunto dos cuestiones a desarrollar:el coste social para los ciudadanos en cuanto a libertad de competencia y costes económicos y la incertidumbre legal ante tanta variación de normas y sobre todo tan rápidamente cambiantes.Indico algo sobre los servicios: es un mercado en competencia monopolistica del que dificilment los ciudadanos podemos tener información perfecta de su precio y su comparativa entre empresas.
    Interesante la aportación de Elisa de l aNuez sobre el socio local.No da una idea (creo que de todos intuida) de como funcionan las adjudicaciones de obras y servicios de la administración,¿de verdad se busca mejor oferta economica y socialmente posible?

  • Como bien decís, las CCAAs más radicales contra las grandes superfícies también concentran las empresas industriales más grandes, exportadoras e innovadoras. Es evidente que la regulación del gran comercio y de los horarios comerciales no tiene nada que ver con la sobreregulación "fortuita", sinó con unos objetivos políticos explícitos.

    No entiendo por qué a partir de un caso concreto y nada paradigmático se pone un título de artículo como el que se pone y se pretenden sacar conclusiones generales o normativas.

  • Hola a todos, por completar la información para el tema de la gestión sanitaria a 17 con lo que eso supone:
    http://www.hayderecho.com/Articulo88.asp

    Y (aunque esto es para juristas) las maravillas de la legislación autonómica reciente, aunque sea en temas de Derecho civil y no mercantil. No asustarse los no juristas, está escrito con humor y se entiende.

    http://www.hayderecho.com/Articulo94.asp
    Y creo que nos estamos quedando cortos. En cuanto a lo que comento de la contratación pública es vox populi para cualquiera que se dedique a ella, luego hay cotos totalmente cerrados (Andalucía, por ejemplo) y otros más abiertos o con más visión pero lo cierto es que la visión es siempre pequeña, regional o nacionalista. Y lo siento pero en las sobrefinanciadas Comunidades de Derecho Foral (País Vasco y Navarra) no tiene tanto mérito aunque lo hagan medio bien porque son 4 gatos y por eso, porque están sobrefinanciadas. SIn mencionar las recientes ayudas a la I+D vía cocineros vascos (ya todo lo demás está muy financiado)a cambio del apoyo del PNV a los presupuestos de este año.
    Y para los que crean que todo todo esto es normal, que prueben a contárselo a alguien de fuera.

  • Los comentarios se enfocan en el candente tema autonómico, de indiscutible importancia. Sin embargo entiendo que post se enfoca en la "relación entre la intensidad regulatoria autonómica y la distribución del tamaño de las empresas". Me pregunto, tomando como dado el sistema autonómico, qué condicionantes debemos incorporar para que se produzca una caída en la intensidad de la regulación. En la actualidad la existencia de muchos países no ha dado lugar a una mayor intensidad regulatoria sino que existe una tendencia a la simplificación.

    Por otra parte, el trabajo identifica una distribución de empresas en la que estarían menos presentes aquellas de mayor dimensión en entornos de mayor intensidad regulatoria. Pero decir que "perjudica a las empresas grandes" es una conclusión que se puede relacionar más con menores beneficios, rentabilidades, etc. De hecho, la mayor intensidad regulatoria podría perjudicar más a:

    - las pequeñas que no pueden crecer y por eso hay menos grandes,
    - a las jóvenes menos familiarizadas con la regulación,
    - a las más productivas en la prestación del servicio dejando poco espacio a la innovación.
    Siguiendo con el ejemplo, una empresa grande puede tener vehículos de transporte sanitario de todos los colores, tipos o configuraciones; pero una pequeña empresa no podría utilizar su vehículo para prestar servicio en otra CCAA.

    Gracias por el post

  • Solamente un par de apuntes asépticos.

    1. La distribución territorial de toda nuestra industria sin excepción relevante ha sido históricamente muy dependiente de la cercanía al poder político del momento que era y es un gran generador y canalizador de demanda. Tanto es así que hasta las tropas napoleónicas desmantelaron y se llevaron la maquinaria de la Fábrica de Cristal de La Granja y la de Sargadelos entre todo lo que pudieron destrozar.

    2. Esto ha sido bien recogido en nuestro sabio refranero popular con dichos como el que sigue: "De las mesas de los elegidos caen langostinos". Nuestra sociedad civil tiene realmente poca exigencia de libertad y poca autoestima porque lo damos por un factor de entorno.

    Dicho lo cual --y en apoyo al artículo-- pediría a los objetores que se pongan en la posición de un secadero de pasas malagueño o de alguien pequeño con la sana intención de desarrollar micro-tecnologías generadoras de energía bien conocidas y sencillas y que quiera expandirse directamente por toda España y que se enfrenta a 100,000 páginas económicas de BO autonómico o las 800,000 de tipo general.

    Si son mínimamente racionales abandonan antes de empezar porque no hay dinero para pagar el despacho de abogados. Realmente que no se molesten porque no hay ningun despacho capaz de manejar el asunto sin partir prácticamente de cero.
    Sólo los muy grandes se dirigen a ellos para temas puntuales de este tipo. Los pequeños ni se molestan.
    Es cuando uno se encuentra en esa posición cuando se percibe el efecto social de apisonadora de iniciativas que tiene nuestra hiper regulación.

    Saludos y ánimo.

  • Hablamos en especial de la venta minorista.
    Dices:
    "En primer lugar los grandes establecimientos tienen restringido el tiempo en el que pueden ofrecer sus productos al público. Por un lado, los grandes establecimientos disponen de un máximo número de horas de apertura semanales que oscila entre 72 y 90 según la CCAA. Además, el número de domingos y festivos que pueden abrir también está restringido, con enormes variaciones por CCAA."
    Que yo sepa todos los almacenes, sean pequeños o grandes, tienen las mismas restricciones. En este caso no existe ningún beneficio expreso.

    Dices:
    "un post de Luis Garicano mostraba cómo las empresas españolas de gran tamaño son, de hecho tanto o más productivas que las empresas europeas de tamaño similar pero que, por el contrario, las empresas pequeñas de nuestro país son mucho menos productivas que sus pares europeas."
    Pero en dicho tema (no entiendo este empeño en desplazar el castellano), Luis Garicano no incide en la venta minorista sino en la industria manufacturera, cosa que entiendo excepto en el punto que incide en obviar la negociación colectiva.

    Dices:
    "En primer lugar, tienen que solicitar una segunda licencia con lo que se doblan los costes administrativos de apertura. En segundo lugar, existen impuestos específicos que se exigen sólo a las grandes superficies comerciales (en Aragón, Cataluña, Navarra y Asturias)."
    Pero no que para la instalación de estas empresas se necesitan nuevas infraestructuras, específicas para ellas, logística adecuada y la regulación urbanística de la zona afectada; y eso lo pagamos todos, sobre todo la pequeña y mediana empresa, que ve mermada su venta.
    Lo cierto es que si la ciudadanía de algunas comunidades se dejan tomar el pelo es cosa suya, cada uno vota a quien cree oportuno y decide lo que más le conviene.

    Lo cierto es que la gran superficie no es, ni mucho menos, tan productiva como cuentan, a no ser por los beneficios obtenidos por sus accionistas. Tampoco es tan competitiva, pero para eso no hace falta ir muy lejos. Yo mismo he dejado de comprar en ellas: consigo mejor precio y servicio en una pequeña cadena de electrodomésticos que en una gran superficie, eso sin contar con la alimentación: el típico supermercado empieza a ser igual de barato y no coacciona tanto al productor o no se niega a vender su producto, cosa que últimamente pasa a menudo.

  • Juan
    Sobre cómo reducir la intensidad regulatoria por desgracia no hay una respuesta fácil. En otro post anterior ya comentamos las iniciativas europeas al respecto y un informe de la OCDE sobre la regulación en España. La "receta" básicamente consiste en mejorar el proceso por el que se forma la nueva regulación. Hay que aumentar la transparencia de las diversas fases del procedimiento y aunque sea muy difícil, hay que intentar evaluar los costes y beneficios de cualquier regulación nueva que se introduzca para los agentes afectados. Esta disciplina de escuchar a los afectados y estimar costes/beneficios puede ayudar a evitar los excesos regulatorios.
    Por último, coincido contigo en la matización que nos haces sobre el uso de la expresión "perjudicar a empresas grandes", más correcto es decir "que la intensidad regulatoria obstaculiza que las empresas pequeñas se conviertan en grandes". Como tú dices,lo que identificamos es una distribución de empresas en la que estarían menos presentes aquellas de mayor dimensión en entornos de mayor intensidad regulatoria.
    Muchas gracias por los comentarios y saludos
    Juan

  • Muy bueno el post Juan y muy relevante el tema,
    seguramente es cierto que el volumen de regulación de las comunidades autónomas afecta más a las características de las empresas relacionadas con productos no transables (distribución, construcción, etc...) que a las relacionadas con mercados genuínamente "internacionales" (CAF como ejemplo citado). Aunque no deberíamos pensar que el estar ubicadas en medio de una "isla regulatoria" plagada de barreras de entrada que convierten en ineficientes los mercados de productos transables, no acabará afectando a la competitividad de las empresas "internacionales", sólo que, previsiblemente, los mecanismos de transmisión requieren más tiempo.
    Dos ejemplos adicionales (y creo ilustrativos) del efecto que Juan destapa:
    - El mercado de construcción: hoy en día es impensable que una gran constructora nacional se adjudique contratos en los "mercados autonómicos" sin la colaboración en UTE de una constructora "local" que aporte los "contactos" adecuados. Es evidente la atomización de este mercado al que este efecto contribuye.
    - El cambio de proveedor de un contrato de mantenimiento de 100 luminarias ( ¿?) en una administración local siguiendo, sospechosamente, al cambio de partido político gobernando ese ayuntamiento. Creo, no siendo ya inocente, que el cambio no obedecía a las "condiciones económicas" del servicio y que, muy probablemente, no introducia eficiencia en el sistema y que, desde luego, cualquier empresa de ámbito "supralocal" carecia de las "capacidades clave" para adjudicarse un contrato así.
    Que la multiplicación de niveles administrativos introduce ineficiencia en los mercados me parece evidente (más, como dice Juan, en la medida que esos niveles administrativos se empeñan en "ejercer" ... pero me cuesta imaginar un gobierno de cualquier tamaño que no se empeñe en regular por el mero hecho de existir). El artículo de Juan contribuye a dar base empírica a una "intuición" de lo más consolidada (recomendaría Camino de Servidumbre de Hayek como análisis lúcido del por qué de esa relación y de lo terrible de sus consecuencias últimas).

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