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Novedades fiscales 2015: el año de las flores

El pasado jueves día 20 de noviembre, el Pleno del Congreso aprobó un conjunto de novedades fiscales, llamadas de forma un poco exagerada "Reforma Fiscal 2015". Una de las medidas más pintorescas es la de bajar el IVA de flores y plantas vivas del 21% al 10%. Este cambio deshace la subida de Septiembre de 2012. En un infrecuente ejemplo de consenso político, todos los grupos parlamentarios del senado aprobaron la medida. Parece que una vez más la política fiscal hace un traje a medida a los grupos de presión anteponiéndose al interés general.

La bajada del IVA de las flores y plantas vivas es sorprendente. Los bienes gravados al tipo general del 21% representaban en 2013 tan solo el 43.9% del total de gasto monetario de los hogares. De hecho, la abundancia de excepciones sitúa el tipo medio del IVA pagado por los hogares en el 13.1%. Con la actual crisis de las finanzas públicas (no olvidemos que traducida en fortísimos recortes del gasto público y en la sisa de la hucha de las pensiones) esperaríamos justo lo contrario: reclasificar bienes del tipo reducido al tipo general, como vienen pidiendo por ejemplo el FMI o la UE.

La existencia del IVA reducido y superreducido va en contra de la idea de eficiencia impositiva, que exige ampliar las bases y disminuir los tipos. Una posible justificación para la existencia de los tipos reducidos y superreducidos es su efecto sobre la progresividad. Gravando bienes de primera necesidad a tipos bajos y bienes de lujo a tipos altos se consigue que el tipo medio efectivo aumente con la renta. Sin embargo, ésta no puede ser la explicación para la bajada del IVA en el caso de las flores. Como muestra la figura de abajo, la proporción de gasto en flores y jardinería en el total del gasto de los hogares es mayor para los hogares de mayor nivel de gasto. Es decir, reducir el impuesto sobre las flores y plantas es más bien una medida regresiva.

Datos de la Encuesta de Presupuestos Familiares, 2013. Elaboración propia.
Datos de la Encuesta de Presupuestos Familiares, 2013. Elaboración propia.

Haciendo el argumento más general, la actual lista de bienes del grupo de IVA reducido no genera ningún efecto en términos de progresividad (sí lo hace en cambio el grupo de bienes de IVA superreducido). Esto quedó claramente expuesto en una entrada anterior. Recordemos: este grupo de bienes representa un tercio del gasto monetario de los hogares.

Explicaciones alternativas

Podemos aventurar algunos argumentos económicos que expliquen el trato fiscal preferente a las flores:

Conclusiones

Yo no compro ninguno de estos argumentos. No es difícil pensar que el caso de las flores, como el de muchos otros bienes de la lista del tipo reducido, obedece a intereses privados y no al interés general de los ciudadanos. El interés general de los ciudadanos exige que la recaudación de recursos para financiar los bienes públicos se ajuste a criterios de eficiencia y equidad. Gravar distintos bienes a tipos distintos de forma arbitraria está muy lejos de este objetivo.

Lo deseable sería ir en la dirección contraria: ascender los bienes del tipo reducido al tipo general y bajar el tipo general, por ejemplo del 21% al 16% (la cifra del 16% no es arbitraria: manteniendo fijo el gasto en cada tipo de bien, esta reforma generaría el mismo tipo medio y la misma recaudación que el sistema actual). A partir de aquí, se puede subir el tipo impositivo para aumentar la recaudación si fuera necesario, pero haciéndolo sobre una amplia base impositiva.

En fin, esperemos al menos que en el año 2015 la diada de Sant Jordi y el día de San Valentín sean los más lucidos de los últimos años.