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FROB 2.0

(de Luis Garicano y Tano Santos)

La reorganización de nuestro sistema financiero sigue en marcha a trancas y barrancas, ahora bajo el marco legal establecido por el RD 2/2011- el FROB 2.0. Mientras el marco anterior ofrecía una vía hacia la percepción de ayudas en forma de deuda, a un tipo de interés elevado (que en términos económicos no es capital, se diga contablemente lo que se diga, ya que es exigible), para facilitar las fusiones, el marco actual ofrece la posibilidad de entrada directa del FROB en el capital de las Cajas. Pero la estrategia continua siendo la misma: perseguir la consolidación de balances bajo el argumento de que el sistema es solvente desde el punto de vista agregado, con independencia de que hubiera instituciones más problemáticas que otras. Bajo este supuesto, las cajas podrían tener necesidad de ayudas públicas transicionales, pero no hay lugar a resolución de las deudas a través de quitas o esperas, o  a cambios impuestos en el gobierno corporativo, incluyendo la sustitución de los malos gestores, porque el supuesto de partida es que no los hay, las pérdidas sonreducidas, y el sistema básicamente está sano. Esta estrategia tenía el mérito de minimizar, que no eliminar, la exposición del contribuyente a los problemas de solvencia de algunas cajas.

Pero esta estrategia tiene dos problemas principales. Primero, las pérdidas siguen sin reconocerse, y las inyecciones de capital suficientes para eliminar la sombra de duda del mercado no tienen lugar Así, las cajas y bancos en apuros pueden seguir pretendiendo que están estupendamente, y siguen descapitalizándose a base de nuevas contribuciones a la obra social y dividendos, como el escandaloso dividendo otorgado esta semana por la insolvente Caja del Mediterráneo. En algunos casos, como quizás sea el de la CAM, mejor que seguir tirando dinero bueno detrás del malo, o forzar a una institución mala a absorber un tumor que pueda acabar con las dos en el quirófano, más vale intervenir, como se ha hecho múltiples veces en el pasado, y forzar a la entidad a entrar en vía concursal para reducir sus deudas sin apelar a los maltrechos bolsillos de los  contribuyentes. Pero en los otros, donde la entidad es solvente, es necesario resolver el problema de una vez para todas por la vía de la venta de las entidades, preferentemente al capital extranjero (para evitar la concentración excesiva de riesgos en las entidades nacionales), mediente la constitución de un esquema de protección de activos como describimos en este blog la semana pasada y con más detalle en junio.

Segundo, y  a esto queremos prestar mayor atencion hoy, sin cambios en la dirección de las cajas, ¿cómo van los inversores extranjeros a invertir? Como un gestor importante dijo recientemente en Londres “mientras los que metieron a las entidades en este lío las sigan dirigiendo, yo no me acercaré a ellas ni con una pértiga de 10 piés.” Extraña la continua permanencia de los equipos directivos directamente responsables de que sus entidades necesiten de nuevas inyecciones de capital para resolver los problemas de solvencia que se derivan de sus malas decisiones crediticias. Es extraño, y sin precedente en las reestructuraciones bancarias españolas del pasado, que se espere que el capital privado entre de forma minoritaria y dispersa y deje su inversión precisamente en manos de quien tan mal ha gestionado la entidad.

El nuevo decreto RD 2/2011, que siendo un paso en la dirección adecuada peca de la timidez que en todo ha caracterizado a nuestra política económica en esta crisis, podía haber ayudado a resolver este problema simplemente poniendo como condición que si una entidad optaba por los fondos del FROB en vez de recapitalizarse apelando al mercado, sólo lo podía hacer mediante la dimisión de los gestores de la entidad. Esto hubiera colocado a dichos gestores ante a decisión correcta: si están convencidos de la salud de sus instituciones no hay porqué rehuir el test de mercado y si no lo están han de dimitir. El principio que determina si una institución financiera es solvente o no es si puede conseguir en el mercado una unidad marginal de capital a costa de diluir al accionariado existente. Dado todo lo que se ha hecho no está de más exigir a nuestras entidades de crédito que superen el examen de mercado al que nunca han estado sometidas, como sí lo están la mayoría de nuestros bancos. La alegría con la que las cajas solicitan dinero del FROB sugiere que los gestores no tienen preocupación alguna en lo que se refiere a su continuidad al frente de sus entidades. El que la entrada de capital público no tenga consecuencias sobre la continuidad de los equipos directivos es algo difícil de digerir.

Capital privado y público son dos cosas muy distintas: el primero puede ser exigente y a veces puede ofrecerse cuando no debiera pero al menos uno puede tener la certeza de que los incentivos están alineados con los de la solvencia de la entidad y la recuperación de los créditos dudosos. En el caso del capital público este no es el caso pues muchas otras consideraciones, muchas legítimas, entran a la hora de facilitarlo y esto no resuelve muchos de los problemas de gestión e información asimétrica que tienen nuestras cajas. Por ejemplo, una vez sentando en el consejo de administración el correspondiente miembro en representación del FROB, ¿tendrá el mismo incentivo a liquidar su posición en la entidad si descubre que los problemas contables son más agudos que los inicialmente esperados? ¿A revelarlo? ¿a forzar determinadas acciones que siendo beneficiosas para la entidad no lo sean para el conjunto del sistema porque, por ejemplo, son a costa de la generación de nuevo crédito? Nótese que esto último compromete al posible nuevo accionariado privado que vería con recelo la presencia del consejo de un representante público con incentivos distintos de la maximización del valor de la acción.

Vaya por delante que el RD 2/2011 ordena que donde la nacionalización es mayoritaria el FROB tendrá la participación mayoritaria en los Consejos, ya que el decreto determina que la presencia en los órganos de gobierno debe hacerse proporcionalmente al capital inyectado. Esperemos que esa mayoría se utilice de forma activa para profesionalizar y disciplinar a los directivos de las entidades necesitadas de capital público.

Si es cierto que a los gestores responsables de las malas gestiones hay que reemplazarlos, las ayudas a SIPS y entidades fusionadas plantean un problema: obviamente, si alguna de las Cajas que están en la una entidad fusionada no es responsable de estas pérdidas sus gestores no deben ser castigados; pero sí los de las que las crearon. En una situación de mercado, esta ambigüedad no existe, ya que si una entidad sana absorbe a una mala, el capital de la mala no valdrá nada, con lo cual las participaciones en la entidad resultante se ajustan automáticamente. En una fusión entre Cajas, la mala puede pretender que tiene muchos “activos” aunque estos no sean más que créditos malas, y demandar, como ha sucedido con CAM, una representación mayor de la que le corresponde. Por tanto, al entrar en el capital, el FROB debe tratar de respetar a los buenos gestores (que los hay) perjudicados por estas fusiones, que, admitámoslo de una vez, son más o menos forzosas.