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Encadenando contratos … y otras medidas urgentes

 El Consejo de Ministros acaba de aprobar un nuevo paquete de medidas laborales. Se suman a las ya innumerables medidas “urgentes” destinadas a aliviar un mercado de trabajo en la UVI. No consisten en tratamientos de shock, reformas básicas que nos permitan reflotar y vislumbrar un crecimiento sostenible. Estas reformas sólo cabe ya esperar que se concreten en la próxima legislatura. Mientras, se van aprobando parches, políticas de corto alcance y con escaso soporte empírico.

 El cambio de rumbo

 Esta vez, la ocurrencia consiste en eliminar los límites  al encadenamiento de contratos temporales. Marcha atrás del propio equipo que los impulsó hace un lustro con la reforma del 2006 y los hizo aún más estrictos hace apenas un año con la reforma del 2010. Con la primera se establecieron límites para los contratos registrados para el mismo puesto de trabajo y la misma empresa. Con la segunda, se extendió la norma a los contratos que se hubiesen firmado para diferentes puestos de trabajo en la misma empresa o grupos de empresa. Esta medida fue una de las piezas básicas dirigidas a reducir la dualidad y la temporalidad del mercado de trabajo (Capítulo 1) y se reforzó estableciendo además un límite a la duración de los contratos de obra y servicio.

 Técnicamente, supone un nuevo reconocimiento de que la legislación contractual importa y que nuestro mercado de trabajo es rehén de la misma. Supone también un giro inédito en las políticas de lucha contra la dualidad laboral seguidas en las dos últimas décadas. Con esta nueva medida no acabamos con el secuestro, simplemente se postergará la decisión de mantener o no centenares de miles de relaciones laborales con la conversión de los contratos temporales en indefinidos. Cuando haya acabado su período de aplicación transitorio, seguiremos con el mismo problema.

La última reforma tampoco ha tenido los resultados deseados. Tal como venimos analizando, documentando y reclamando en este blog, no funcionó, por equivocada, de escaso alcance y poco atrevida. Nos negamos a pagar el rescate, tirando la toalla en lugar de coger el toro por los cuernos, limitando el problema, con una solución más sensata que ya sólo se puede pedir a gritos: un contrato único con indemnizaciones crecientes con la antigüedad (por sólo enlazar dos post de la decena que hemos escrito ya en NeG, aquí y aquí). 

Sobre la oportunidad y eficacia de este cambio de rumbo

Condicionado al hecho de que se ha renunciado al pago del rescate con la reforma más adecuada, esta medida sería a priori bienintencionada. Se trata de no forzar a las empresas a ponerse en la tesitura de despedir llegado el momento de decidir si han de renovar a sus trabajadores temporales a un mayor coste, y, peor aún, que esta decisión se complete con una amortización del puesto de trabajo. Dado el momento por el que estamos pasando, la probabilidad de que estos sucesos ocurran sería más alta que en épocas de bonanza. Y evidentemente, en estas circunstancias, podemos estar de acuerdo con nuestro ministro de trabajo, y “preferir un contrato temporal a un parado”, de la misma forma que, en un mercado de trabajo tan segmentado, podemos preferir una mayor tasa de paro a una menor tasa de actividad (véase esta entrada con JJ Dolado).

Un politica de corto alcance. En un trabajo que hemos publicado hace apenas un mes como documento de Fedea con José Ignacio Conde-Ruiz y José Ignacio García Pérez, mostramos (Gráfico 3, que también incluimos en esta entrada), que las conversiones de temporales a indefinidos sí que parecen haberse visto afectadas desde el inicio de esta crisis. Habrían llegado a unos niveles mínimos para todos los períodos de antigüedad superiores a 1 año, aumentando los flujos de salida hacia el desempleo. Sin embargo, ya antes de la crisis, y en especial, durante toda la última década, las tasas de transición desde un contrato temporal a uno indefinido se mantenían a niveles realmente muy bajos, por no decir ridículos. Así, con los datos de este gráfico, podríamos decir que la caída de las tasas de conversión derivada de la reforma del año 1997 parece haber sido mucho más sustancial que la que se podría achacar a la crisis y que los flujos hacia el desempleo no habían cesado de crecer desde entonces.

A pesar de toda la batería de medidas incluidas en la última reforma laboral, los datos sobre contratos no parecen haber revertido esta situación.

Por otra parte, poco se puede decir sobre la amortización de puestos de trabajo o cierre de vacantes que puedan seguir a las no-renovaciones. Para ello, deberíamos disponer de los micro-datos de la Seguridad Social en forma de panel de empresa-trabajador. Una de las bases de datos por las que los economistas laborales de este país nos venderíamos al propio diablo…

Para tener un balance completo de la supresión de los límites en el encadenamiento de contratos, también deberíamos recordar por qué se establecieron en su momento: para desincentivar los despidos temporales (temporary layoffs), las entradas y salidas del paro combinadas con el empleo en la misma empresa, y los abusos que conllevan de un sistema de prestaciones por desempleo.. Este fenómeno que viene bien explicado en este artículo del El Mundo, aún ha sido poco investigado en nuestro país (por ejemplo, este trabajo de Yolanda Rebollo), aunque existe bastante evidencia del mismo en los EEUU. En esta entrada de Erica Groshen, verán que esta recesión también es atípica en cuanto a la relación entre ciclos y despidos temporales. Lo usual es que los despidos temporales aumenten durante las fases recesivas, siendo una de las formas de ajuste a disposición de las empresas, pero en esta Gran Recesión, y al menos al otro lado del Atlántico, parece ocurrir lo contrario. Si comprobáramos un fenómeno parecido en el caso español, podríamos decir que no corremos tantos riesgos al levantar el límite al encadenamiento de contratos. No obstante, aun así, una medida de este tipo, sin evidencia empírica, supone asumir un riesgo considerable con un estado tan calamitoso de nuestras finanzas, en gran parte por la elevada carga de las prestaciones por desempleo.

Las demás medidas

La supresión del límite en el encadenamiento de contratos no es la única medida que se aprobó este viernes.

No parece justificada la extensión del período de rebajas de los costes de despido con el uso de Fogasa. Era ésta una solución transitoria hasta que entrase en funcionamiento el fondo de capitalización a la austriaca. El gobierno también ha tirado la toalla aquí, dejando en marcha una medida que fomenta el “gorroneo”, por el que unas empresas subvencionan a otras con mayor tendencia al despido.

Se amplía la edad límite para “disfrutar” de contratos de formación hasta los 30 años, pero no se avanza de forma decisiva en la reforma educativa para que las próximas generaciones dejen de abandonar el sistema educativo sin una mínima formación profesional. 

Se prorroga el Plan Prepara, para que unos cuantos parados sigan recibiendo una remuneración a cambio de seguir un itinerario de inserción laboral y buscar activamente empleo, sin avances reales en la reforma de las políticas activas.

Conclusiones: Empleo rápido a cualquier precio versus reformas

En fin, creo que una de las preguntas claves que vuelve a plantear este nuevo paquete de medidas urgentes es si la creación de empleo rápido tiene que buscarse a cualquier precio, sacrificando las reformas básicas que nos permitirían cambiar de rumbo y crecer de forma sostenida en la próxima década, y más cuando no tenemos una evidencia consistente de la eficacia de tales medidas.

Nota: Este post es una ampliación y con ilustraciones de un artículo que se publica hoy en El Mundo con el título “La política del parche”