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El fondo de capitalización a la austriaca: ¿sería realmente tan costoso?

de José Ignacio Conde-Ruiz, Florentino Felgueroso y José Ignacio García Pérez

La Reforma de 2010 nació incompleta pues anunciaba la puesta en marcha a partir de enero de 2012 de un fondo de capitalización a la  austriaca. Sin embargo, el Gobierno ha anunciado la postergación de dicho fondo al menos en dos años.

Una de las razones esgrimidas para renunciar a incorporar el modelo austriaco es que saldría especialmente costoso para las empresas, no siendo pues una buena idea en la actual situación económica.

No hemos tenido acceso  al estudio del comité de expertos fichados por el Ministerio (que menos que hacerlo público ...). Sin embargo, dada la cifra tan elevada que ha salido en prensa, es probable que se estuviera considerando la posibilidad de abrir este  fondo a todos los contratos, y no sólo a los nuevos, y que además, no se considerase una compensación del aumento de costes que supondría la creación del fondo, mediante una rebaja de las indemnizaciones que se percibiría adicionalmente en el momento del despido. En este caso, el pago del fondo a todos los asalariados como complemento del sistema actual de indemnizaciones por despido si que resultaría especialmente caro.

Nos parece que la creación de un fondo de capitalización a la austriaca es una buena idea, pero que solo tiene sentido implementarlo conjuntamente con el Contrato Único con Coste Indemnizatorio creciente (CICA)  sólo para los nuevos contratos, tal como se propuso hace más de 2 años en la Propuesta para la Reactivación Laboral en España.   Tal como documentamos en la entrada anterior, la combinación de ambos podría contribuir a solucionar al menos  tres problemas :  i) la rotación laboral forzosa que tanto daño hace a nuestra economía y genera tanta injusticia entre los trabajadores; ii)  la prevalencia de la regla del LIFO (último entrante, primero en salir) en el ajuste de las plantillas; y iii) la ausencia de movilidad voluntaria (cambio de empleo) especialmente entre los trabajadores con más antigüedad.

Para hacernos una idea lo más cercana posible de lo que podría pasar en el futuro inmediato si se implementa una reforma de esta naturaleza hemos realizado un ejercicio de simulación dinámico y estocástico (basado en  la metodología desarrollada en García Pérez, 2010). En este ejercicio calculamos la evolución futura de la indemnización media esperada para una muestra de la población activa (empleados y parados) a finales de 2009 y durante un periodo de tiempo futuro (10 años) después de la introducción de varias reformas alternativas  (*). Cuidado: no se trata de un modelo estructural, sólo de un ejercicio de simulación que utiliza las tasas de entrada, salida y renovación por tipos de contratos registradas en nuestra economía en un período reciente. De esta forma, no recoge todos los efectos (teóricamente positivos) que cabría esperar de reformas laborales alternativas.

En concreto, para simular la situación de despido de estos trabajadores se han utilizado las tasas de despido anuales medias, en base a los historiales laborales de la Muestra Continua de Vidas Laborales (MCVL) del periodo 2002-2009, aplicando a cada trabajador la suya correspondiente en función de su género, su edad, su nivel de cualificación y la duración de su empleo. Los trabajadores desempleados se reemplean, a su vez, a las tasas de reempleo observadas en el mismo periodo 2002-2009 y para las mismas características individuales.

Por tanto, para cada uno de los individuos de nuestra muestra hemos simulado su evolución futura a través de los estados de desempleo, empleo temporal y empleo indefinido, en base a realizaciones de distintas variables aleatorias que representan la llegada de shocks de contratación, despido y transición del empleo temporal al indefinido.

Los resultados de estas simulaciones se muestran en la siguiente tabla donde, partiendo del Escenario 0 que representa lo que pasaría en términos esperados si no se hubiera aprobado la reforma laboral de 2010, se hacen distintos ejercicios de comparación. El Escenario 1 representa la última reforma y su prórroga por tiempo indefinida. Por ejemplo, suponemos que se mantiene la  aportación del FOGASA a los despidos de los trabajadores indefinidos en base a lo regulado por dicha reforma. Como se puede comprobar esta reforma haría que los costes esperados para las empresas, en términos de indemnizaciones por despido medias  al cabo de 10 años, se elevarían del  2.81% al 3.12% del salario medio anual. Nótese que con este cambio en la regulación, no se conseguiría reducir la tasa de temporalidad, que seguiría estancada en el 34% para el sector privado, ni tampoco conseguiría un aumento destacable de la duración esperada de los empleos (5.3 años frente a los 4.9 del Escenario 0).

El Escenario 2 de esta tabla recoge los efectos esperados de acabar con la dualidad contractual mediante la implementación de un contrato único con indemnizaciones crecientes. Empezaría con 12 días de indemnización por año trabajado y acabaría en 36 días por año trabajado al cabo de 9 años (CICA 12-36), con un máximo de 24 mensualidades. Este escenario arrojaría unos menores costes esperados para las empresas: el 2.74% del salario medio, consiguiendo a la vez aumentar considerablemente la duración esperada de los empleos (hasta 6.5 años) y reduciendo al mínimo la temporalidad de nuestro mercado de trabajo

El resto de escenarios mostrados en esta tabla recogen tanto un escenario de Fondo de Capitalización a la austriaca puro, esto es, aquél que sustituye la totalidad de las indemnizaciones por despido por una aportación anual de 6 días de salario por año de antigüedad en la empresa (Escenario 3), así como otras dos fórmulas mixtas donde manteniendo una parte de la indemnización por despido se complementa ésta con una aportación general para todos los empleados con este nuevo contrato de tres (Escenario 4) o cuatro días por año trabajado (Escenario 5).

Siguiendo con los resultados de nuestro ejercicio de simulación, el Escenario 3 con un fondo de capitalización de 3 días por año y un CICA 8-24 tiene el mismo coste agregado para las empresas que el sistema actual donde el FOGASA se hacer cargo del pago de 8 días de indemnización si se produce un despido sea cual sea la causa.  Imponer un fondo superior a 3 días aumentaría el coste en términos esperados para las empresas. No obstante, dadas las ventajas citadas anteriormente para la movilidad puede no ser descabellado pensar en un fondo de capitalización superior. De cara a reducir estos mayores costes se podría pensar en una posible rebaja de cotizaciones por desempleo (5,5% actualmente para los contratos indefinidos y 6,7% para los contratos temporales a tiempo completo). Esta rebaja podría estar justificada porque al reducirse la rotación y aumentar la estabilidad en el empleo, es de esperar una reducción en el gasto en prestaciones por desempleo. Incluso se podría implementar un mecanismo más eficiente que  reduzca las cotizaciones por desempleo siguiendo un esquema bonus-malus de cara a bonificar a las empresas que despidan menos y, a la vez, penalizar a las que más despiden ( y por tanto, hacen un mayor uso del sistema de prestaciones por desempleo). Dada la evidencia disponible sobre la clara dependencia de la tasa de despido con respecto a la antigüedad en el empleo, un posible diseño alternativo de dichas cotizaciones podría ser un esquema decreciente con la duración en el empleo de cada trabajador (6.5% el primer año, por ejemplo, 5,5% el segundo y 4.5% a partir del tercer año en el empleo).

Además, un modelo mixto (como en los Escenarios 4 o 5) tiene una ventaja sobre el sistema actual (Escenario 1) en términos de indemnizaciones percibidas a lo largo de la vida laboral por los trabajadores. En el artículo citado anteriormente demostramos que a diferencia de lo que ocurre con el CICA puro (Escenario 2) con un modelo mixto es posible conseguir que la mayoría de los trabajadores perciban en términos esperados un mayor montante por indemnizaciones por despido (fondo de capitalización incluido) que en la situación actual. La explicación básica de este resultado reside en que con la situación actual las transiciones entre empleos (i.e. movilidad voluntaria) o entre el empleo y la jubilación no se recibe indemnización alguna, mientras que en el modelo mixto se mantienen los días aportados al fondo.

Por desgracia, en todas las reformas pendientes hay conflicto de intereses y es cierto que en términos de indemnizaciones por despido percibidas a lo largo de toda la vida laboral hay un colectivo que saldría perjudicado con el modelo mixto: los trabajadores jóvenes más cualificados. La intuición de este resultado es que precisamente los trabajadores cualificados son los que con el sistema actual (y si no cambia el sistema productivo) tienen una mayor probabilidad de encontrar un contrato indefinido de 45 días. Además para estos trabajadores al ser tan jóvenes es muy probable que tengan más de un contrato previo a la jubilación y por lo tanto que reciban la indemnización por despido de 45 días. No obstante, nuestros resultados también muestran sin embargo que en términos de duración esperada de los empleos a lo largo de la vida laboral, todos los colectivos ganan de manera considerable, con lo que ello significa ganancias claras entre otras cosas para su futura pensión de jubilación.

Conclusiones

Primero,  la creación de un fondo de capitalización a la austriaca sólo tendría sentido si se implementa conjuntamente con el Contrato Único con Indemnizaciones Crecientes (CICA). Segundo, por desgracia, esta medida,  aun siendo la única novedosa, pero también potencialmente la mejor de la Reforma 2010, ha sido pospuesta ad calendas grecas. El motivo esgrimido es que resultaría demasiado costoso. En esta entrada hemos mostrado que no tiene por qué serlo. Tercero, creemos que es una nueva oportunidad perdida de solucionar los problemas de nuestro mercado de trabajo. Complementar el CICA con un fondo de esta naturaleza no solo tendría efectos positivos sobre la movilidad voluntaria y una mejor racionalización de los despidos, sino también haría más fácil su implementación política al complementar las indemnizaciones por despido de los colectivos más afectados por el importante cambio institucional que implica la reforma.

(*) Una explicación más completa de la metodología utilizada en esta entrada y resultados más detallados sobre las indemnizaciones medias en distintos escenarios de reforma se podrán consultar en un documento de trabajo de Fedea que publicaremos a principios de la próxima semana.

Podrán encontrar más información sobre el modelo austriaco en este blog en las siguientes entradas de Samuel Bentolila, Florentino Felgueroso y Luis Garicano