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Hora de recordarle al Gobierno los parados y los temporales

¿Qué nos depara el nuevo Gobierno en materia de contratación laboral? No está claro. El discurso de investidura habla de “Poner el acento en la creación de puestos de trabajo, la estabilidad en el empleo y la flexibilidad en el seno de la empresa”, pero la palabra “contrato” no aparece por ninguna parte.

La palabra “contratación” sí aparece, dos veces: “Crearemos una ayuda fiscal por importe de 3.000 euros por la contratación del primer trabajador” y “De esta forma, garantizaremos una bonificación del 100% a las cotizaciones de la Seguridad Social durante el primer año en el caso de la contratación de menores de 30 años que accedan a su primer empleo”.

No es muy prometedor, es el mismo tipo de medidas que se han utilizado muchas veces en las últimas décadas, con impacto casi nulo (véase por ejemplo este artículo de José Ignacio García Pérez y Yolanda Rebollo sobre las bonificaciones de las cotizaciones a la seguridad social para la contratación indefinida). En ninguno de los dos puntos del discurso de investidura se dice, por cierto, que las ayudas y bonificaciones estén vinculadas al tipo de contrato, o sea que incluso podría ser que se volvieran a bonificar contratos temporales.

Como es bien sabido, desde abril de 2009, un conjunto de economistas ha defendido la supresión de la mayoría de los contratos temporales y la introducción de un contrato indefinido único, con indemnizaciones crecientes con la antigüedad. Hace algún tiempo contamos con análisis rigurosos sobre cuáles podrían ser sus efectos. Por ejemplo, en este artículo de José Ignacio García Pérez y Victoria Osuna se presenta un modelo sobre el comportamiento de una economía que tiene un mercado de trabajo dual, con empleos temporales e indefinidos, calibrado para reproducir las regularidades mostradas por una serie de variables del mercado español. Seguidamente los autores analizan lo que sucedería si se introdujera un contrato único con indemnizaciones que empiezan en 12 días de salario por año de antigüedad y van subiendo dos días por año hasta los 36 días.

Entre otros resultados, los autores encuentran que la tasa de paro caería alrededor de un quinto (en este momento supondría unos 4.5 puntos porcentuales). El principal mecanismo por el que sucede esto es que, como aumenta el coste del despido al principio y se reduce después, cae la tasa de destrucción de empleo durante los cuatro primeros años de duración de los contratos y aumenta posteriormente. Así, las duraciones de empleo cortas se reducen y las duraciones largas aumentan (recuérdese que en 2010 el 62% de los contratos temporales cuya duración se conoce duraron un mes o menos). Otro resultado interesante es que cae el coste medio de los despidos para las empresas.

Por supuesto, este es solo uno de los aspectos que habría que cambiar en nuestro mercado de trabajo, no es una varita mágica. Y el trabajo citado es solo uno de los primeros estudios que analizan el contrato único (otro ejemplo es el trabajo de James Costain, Juan F. Jimeno y Carlos Thomas). Necesitamos hacer más análisis, motivo por el cual hemos organizado una conferencia académica en abril de 2012 en Milán para discutir más sobre el mejor diseño y aprender sobre los efectos de este tipo de contrato. No obstante, hasta ahora todos los análisis disponibles indican que aumentaría la estabilidad del empleo y caería la tasa de paro.

Ni los sindicatos ni la CEOE están a favor del contrato único. Es una pena, pues la creación de empleo está en sus manos, pero es normal que no lo estén, pues su introducción perjudicaría el statu quo de oligopolio laboral del que disfrutan. Claramente se necesita un Gobierno que vele por los intereses de los parados y de los empleados temporales, que son actualmente unos nueve millones de personas. Ese Gobierno debería tener en cuenta el apoyo dado al contrato único por instituciones como la OCDE (“Debería existir un contrato único que ocupe el espacio entre los temporales y los indefinidos”), el FMI (“para animar la contratación durante la fase de recuperación puede ser útil un contrato fijo con coste de despido creciente”) o la Comisión Europea (“Un contrato indefinido único da a los asalariados mayor protección contra el despido cuanto más dure su empleo. El contrato proporcionaría mayor seguridad en el empleo a los trabajadores, pero sería suficientemente flexible para animar a los empresarios a contratar”). Quiero pensar que aún no hemos visto ninguna mención concreta de la reforma de las modalidades de contratación que el Gobierno pueda estar considerando solo porque acaba de constituirse.