¿Qué podemos decir sobre los efectos a medio plazo de la Reforma Laboral?

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de José Ignacio García Pérez y Victoria Osuna

En el post anterior concluíamos que la reforma laboral recientemente aprobada no parece estar dando resultados muy positivos a corto plazo. Aunque parece haberse revertido la tendencia decreciente observada en la contratación indefinida por parte de las empresas de menos de 50 trabajadores, el contrato de emprendedores no acaba de despegar. Seguramente las incertidumbres ligadas a su diseño son parte de las causas de este aparente fracaso. Tampoco parece que el tipo de despido que se está aplicando desde febrero de este año sea muy distinto al que viene aplicándose desde que la reforma de 2010 fue aprobada. Sin embargo, estos cambios a corto plazo pueden estar diciéndonos muy poco sobre los posibles efectos a medio y largo plazo de esta última reforma. Para ello necesitaremos información más detallada que nos ayude a estimar el cambio en las decisiones de contratación y despido de las empresas españolas tras la reforma.

Mientras tanto podemos, no obstante, utilizar la teoría económica para ir avanzando en nuestras predicciones. En un trabajo reciente,  usamos un modelo de búsqueda de empleo en equilibrio adaptado a la estructura dual del mercado de trabajo español para calibrar los posibles efectos a largo plazo, es decir, sobre el equilibrio estacionario de la economía, de esta reforma laboral. También evaluamos los efectos que tendría un diseño alternativo del contrato de emprendedores basado en la introducción de un sistema de indemnizaciones por despido creciente con la antigüedad para todas las nuevas contrataciones. En el documento “Propuesta para la reactivación laboral en España” ya se planteaba sustituir el sistema de contratación actual por un contrato único cuya indemnización por despido aumentara de manera suave con respecto a la antigüedad con el fin de evitar el incentivo a despedir de manera masiva en torno a la fecha límite cuando un contrato temporal tiene que ser convertido en permanente (en torno a 2-3 años según el tipo de contrato).

Nuestros resultados para el nuevo equilibrio estacionario resultante tras la introducción de la reforma aprobada indican que la tasa de desempleo se podría reducir en un 20% respecto al nivel de equilibrio existente antes de la reforma, y que la tasa de destrucción de empleo podría caer un 29%. Sin embargo, esta reforma tendrá un coste muy importante en términos de subvenciones a la contratación. En efecto, en nuestra simulación en torno al 22% de los contratos firmados por empresas de menos de 50 trabajadores tendrán acceso a subvenciones a la contratación que, en media, representan un importe de 3.484 euros por contrato.

Una manera más barata y más eficiente de disminuir la dualidad en el mercado de trabajo consistiría en eliminar la posibilidad de elegir al inicio de la relación laboral entre contratación temporal o indefinida e implantar un contrato común para las nuevas contrataciones que partiendo de un nivel de indemnización por despido parecido al que tendrán los contratos temporales al final del periodo transitorio que introdujo la reforma de 2010 (12 días de indemnización en 2015) llegue a una indemnización por despido improcedente similar a la que actualmente tienen los contratos indefinidos (33 días). En la siguiente figura se muestran las estructuras de costes de despido existentes antes de la reforma (contrato temporal a 8 días por año trabajado e indefinido a 45), con la reforma aprobada (12 días para el contrato temporal y 33 días para el contrato indefinido) y con esta estructura alternativa de lo que podríamos llamar, siguiendo a Juanjo Dolado un “contrato de igualdad de oportunidades” para las nuevas contrataciones.

En este gráfico se comprueba como la situación anterior a la reforma (línea azul) estaba caracterizada por un cambio muy brusco en las indemnizaciones por despido a partir del tercer año en el que la empresa tenía que convertir el contrato temporal en indefinido si quería seguir con el trabajador. La reforma aprobada en febrero (línea rosa) ha hecho que la distancia entre el tercer y el cuarto año se reduzca algo (al aumentar a 12 la indemnización de los temporales y reducir a 33 la de los indefinidos). El contrato de emprendedores (línea verde) supone la introducción de un nuevo salto brusco al final del primer año, cuando termina el periodo de prueba. Por el contrario, la estructura alternativa ya apuntada por Samuel Bentolila y Marcel Jansen y consistente en distribuir entre los tres primeros años del contrato los costes de despido asociados al contrato de emprendedores y hacer que ésta fuera la única forma de contratar a trabajadores desempleados (línea violeta) implicaría una estructura mucho más suave, más barata y más eficiente de cara a reducir la tasa de desempleo de equilibrio y, sobre todo, la tasa de destrucción de empleo agregada en el nuevo equilibrio estacionario.

En efecto, como se observa en este cuadro resumen de los resultados del artículo citado anteriormente, la tasa de desempleo en equilibrio podría ser en este caso un 28% inferior a la existente antes de introducir la reforma de 2012. La tasa de destrucción de empleo caería en un 42% bajo este contrato pero lo que es más importante, la distribución entre la población empleada de la antigüedad en la empresa sería mucho más equilibrada que la observada actualmente. Si éste fuera el único tipo de contrato para los individuos actualmente en desempleo, un 21% más de trabajadores terminaría teniendo una antigüedad de más de 3 años y un 32% menos de trabajadores tendrían una antigüedad inferior a 12 meses. Este cambio tan importante en la composición de la plantilla en la empresa haría seguramente que las decisiones de inversión en capital humano se adelantasen, con lo que se conseguirían efectos positivos adicionales sobre la productividad de la economía.

Por último, nuestros ejercicios de simulación de la transición desde el status-quo actual al nuevo equilibrio estacionario muestran que estos cambios beneficiarían a una mayoría de trabajadores en términos tanto de indemnización esperada al cabo de 12 años como en términos de estabilidad en el empleo: solo el 8,1% de los trabajadores en nuestra muestra de simulación  (la mayoría indefinidos) se verían perjudicados por la reforma aprobada y solo el 5,8% en el caso de adoptar la estrategia de contrato único. Sin embargo, la gran mayoría de trabajadores (sobre todo los desempleados y los que actualmente tienen un contrato temporal) se verían beneficiados o simplemente no se verían afectados por la misma (gran parte de los que actualmente tienen un contrato indefinido).

Si el Gobierno sigue sin coger el toro por los cuernos, y no elimina de una vez los contratos temporales, una vez que la economía se recupere, vamos a repetir el mismo error: volveremos a crear multitud de empleos temporales que condenarán a las personas actualmente desempleadas al mismo ciclo perverso de desempleo y temporalidad. Por todas estas razones, las diferencias en la contratación deben desaparecer. Necesitamos un contrato de igualdad de oportunidades. Esperemos que las condiciones del próximo rescate incluyan este importante cambio en la reciente reforma laboral.

Hay 13 comentarios
  • "Esperemos que las condiciones del próximo rescate incluyan este importante cambio en la reciente reforma laboral." <- Porque parece claro que el gobierno por si solo no lo hara... 😀

    Otra manera de verlo "Señores alemanes que se preocupan fundamental de su propio dinero y sus propios problemas, tengan a bien decirle a nuestro gobierno como debe gobernar pq los pobres no saben lo que hacen"

    • Pues sí, nos lo van a tener que imponer, porque tanto el actual como el anterior gobierno parecen preferir tener una gran masa de trabajadores precarios con contrato temporal.
      Supongo que así y dado el mayor uso de los subsidios de desempleo que estos trabajadores hacen, nuestros gobernantes sienten que tienen un mayor caladero bocas agradecidas en las elecciones.
      O a lo mejor es por hacer la pelota a los empresarios obtusos y cortos de vista que ven el contrato temporal una forma de tener mano de obra de bajo coste... (y sin interés, formación ni fidelidad diria yo... tú me explotas y yo me aprovecho lo que puedo...)
      Es una vergüenza la clase política que tenemos.

  • Una entrada muy interesante y que motiva a leer el documento de trabajo

    Una pregunta: ¿no es muy alto un paro estructural del 11% en el escenario más favorable de contrato único?

  • El modelo de equilibrio estacionario” calibrado” está muy bien, pero la reducción del desempleo no vendrá por eliminar los contratos temporales o por la introducción de un nuevo tipo de contrato de “igualdad de oportunidades”-que es, estamos de acuerdo, claramente superior al actual-sino por un aumento de las expectativas de ventas de los empresarios, esto es, con el regreso del crecimiento económico. Para cuando eso ocurra sí sería muy conveniente contar con un contrato como el que proponéis

    El comentario viene a cuento pues mucha gente, que generalmente no trata mucho con empresarios, cree que una reforma laboral puede, por sí sola, reducir sustancialmente el paro. Incluso un contrato de despido libre y totalmente gratuito no fomenta el empleo si no hay perspectivas de vender la producción.

    Saludos.

    P.S.

    Perdón, pero no entiendo el siguiente párrafo:

    “En efecto, en nuestra simulación en torno al 22% de los contratos firmados por empresas de menos de 50 trabajadores tendrán acceso a subvenciones a la contratación que, en media, representan un importe de 3.484 euros por contrato”

    • KEyNES,
      Lo que queremos decir es que dada la distribución de trabajadores en nuestra muestra y dado el porcentaje sobre el total de contratos firmados que representan los de las empresas de menos de 50 trabajadores, solo el 22% del total de contratos firmados recibirán bonificaciones (ya que, por ejemplo, los hombres de entre 30 y 44 años o los parados mayores de 45 años y con menos de un año de desempleo no son elegibles). La bonificación media (al cabo de 3 años) en nuestra muestra, de nuevo en función del tipo de trabajadores en nuestra muestra, es de 3.484 euros.

  • Penny,
    En el documento completo tienes mas detalles. El ejercicio interesante es la caida, en terminos relativos de la tasa de paro, no tanto el nivel absoluto. El equilibrio estacionario anterior es el 15.6% que es basicamente la tasa de paro media del periodo usado para la calibracion. Nuestros resultados muestran que en el mismo periodo la tasa de paro media hubiera sido 4.5 pp inferior solo con un solo cambio en el contexto institucional, un unico tipo de contrato. Habria que cambiar mas cosas para que la tasa de paro baje mas.

  • Desde mi punto de vista, la reforma laboral tendrá una consecuencia importante a medio/ largo plazo. El incremento de la productividad a través del abaratamiento de los despidos y la hiper flexibilización laboral es una vía a corto plazo que, sin embargo, desincentivará a muchos empresarios a incrementar la productividad vía innovación, búsqueda de mercados exteriores, eficiencia en el uso de recursos, etc, etc. Visión de profano en la materia

    • La productividad no estaría basada en el recorte de los costes de despido. Solo en la transformación que sufrirían las plantillas de las empresas. Las empresas se preocuparían por contratar personal cualificado para los puestos a desempeñar (Si garantizas antigüedad en la experiencia laboral, la empresa buscará reducir la incertidumbre en la contratación de sus empleados). Se adenlantarían estas inversiones en capital humano, y por tanto incidiría en la productividad. Así lo entendí yo.

      Además si te fijas en el gráfico, en los 12 primeros meses, el llamado contrato de igualdad de oportunidades, sería el que mayores costes supondría, por encima de cualquier otro actual o pasado. Eso sí todos convergen a partir de los 3 años.

      Creo que sería una oportunidad, sobre todo a partir de que la economía comience a despegar, por que para generar empleo, hay que crecer.

      Saludos!!!

      José Manuel.

  • Es innegable que hasta que una reforma (la enésima) no rompa con este extenso conglomerado contractual existente, que entendemos como dual por la duración, no se podrá coger el toro por los cuernos. Quizá el difícil consenso social, intereses de los grupos de presión, e incluso intereses políticos estén detrás de que no se realice una reforma como el mercado laboral necesita. Lo que resultó ser una solución en los años 80 y las posteriores modificicaciones en los 30 años siguientes, han servido para poco.

    Pero para mí, lo más importante y lo que gustaría a todos, es lo que bien se advierte en el artículo, y es que dicha reforma provocaría una externalidad positiva en el propio mercado de trabajo: que los trabajadores tengan menos rotaciones en sus experiencias laborales, genera un estímulo de seguridad y reduce la incertidumbre en los trabajadores. Y como bien comentan, se adelantarían las decisiones de inversión en capital humano que afectan a la productividad de la empresa.

    Será dificil implementar una reforma que elimine este conglomerado de contratos. Pienso que sindicatos y empresarios saben de la facilidades de estos contratos y de ahí que haya reticencias a su eliminación. No entiendo otra.

    Este artículo es excelente y mi enhorabuena para sus autores. Muchas gracias, Nacho y Victoria. Un saludo!!!

    José Manuel.

  • Bien Álvaro, creo que te he entendido mal. Cuando hablas de la reforma he debido entender a la puesta en vigor, y no a la del contrato de oportunidad. Mil perdones.

    Saludos!!!!

    José Manuel.

  • Me muevo a diario en el mundo laboral y lo que percibo es que las subvenciones a la contratación no sirven más que para hacer gastar dinero al Estado. No creo que haya prácticamente ningún empresario que contrate motivado por las subvenciones o bonificaciones, sino que la dinámica es la contraria: una vez que el empresario ha decidido contratar pregunta - o simplemente su gestoría le informa, dado que nos movemos en un mercado de microempresas - por las subvenciones o bonificaciones existentes, y sí hay alguna pues bienvenida sea. Y si en algún caso es un factor principal de decisión es porque se va a tratar de un empleo de bajísima cualificación en la que, no obstante la escasa productividad que se va a obtener del trabajador, la contratación puede interesar - creo que sólo durante periodos cortos de tiempo- en base a los escasos costes que genera. El contrato de formación, en sus diferentes variantes a lo largo de estos últimos años, produce un efecto similar a las bonificaciones. Es una auténtica farsa pretender que fomenta la formación: únicamente se contrata por formación en contratos que requieren una mínima cualificación, y en unas condiciones - dadas las dificultades de control que entraña - en que los principales requisitos que debían tener (jornada reducida y formación teórica y práctica) son sistemáticamente vulnerados. Si acaso sólo sirve como una especie de periodo de prueba a bajo - bajísimo -coste, algo por cierto en lo que se asemeja al contrato emprendedores.

  • Disculpas porqué José Manuel!!!!. Para nada. Muchas gracias a ti por explicarte.
    Permíteme sugerir una hipótesis de porqué, desde mi punto de vista, un contrato indefinido único de indemenización progresiva no funcionaría. Porque pienso que sería devorado por una metástasis muy agresiva de fraude e incumplimiento sistematico de las condiciones contractuales. En qué me baso?. Pues en el dato que, según he leído no recuerdo dónde, a pesar de la hiperflexibilidad de contratación en España -creo que más de 90 contratos actualmente- el índice de contratos firmados en fraude de ley es del 60%. Es decir, además de la hiperflexibilidad legal, el empresariado añade su dosis de flexibilización particular. Si no es así, o si algún dato no es correcto, pues os agradecería que me lo corrigiérais. Gracias!!!

  • Muy buen artículo, yo que soy nuevo en el medio con la licenciatura en
    Administración y finanzas que estudio en línea en la UTEL y trato de encontrar toda la información que me sea útil, te agradezco esta aportación.

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