Flexibilidades laborales: ¿sustitutivas o complementarias? (I)

[Conjunto con Marcel Jansen]

Nuestro peculiar modelo de ajuste, basado prácticamente en exclusiva en la flexibilidad externa, más que en la flexibilidad salarial o interna, ha hecho correr ya bastante tinta en este blog (véase por ejemplo, aquí, aquí o aquí ).  Con esta entrada, queremos aportar algunas reflexiones adicionales sobre la posible interacción entre estas formas de ajuste a la que pueden acudir las empresas para hacer frente a las fluctuaciones de la demanda.

Son tres los motivos que nos animan a escribir esta entrada. En primer lugar, porque una vez aprobado el Real Decreto-Ley sobre reforma laboral, empiezan a surgir noticias sobre sus primeros efectos, y conviene analizarlos ya, dado que (supuestamente) aún queda margen para cambios. En segundo lugar, porque ya disponemos, por fin, de bases de datos actualizadas que nos permiten analizar variables claves para medir la relación entre distintas flexibilidades laborales. Finalmente, porque es un tema que tenemos pendiente, y es muy probable que este tándem hispano-holandés deje de comunicarse durante un tiempo pasado este domingo :-).  Aquí va el primer capítulo, en el que analizamos unas primeras evidencias  potenciales sobre los efectos de la reforma, esperando que el perdedor desee seguir colaborando en el segundo capítulo, en el que examinaremos la relación entre despidos y salarios con datos también muy frescos.

La cuestión sobre la nos queremos centrar es si los diversos tipos de flexibilidad son complementarios o sustitutivos. Durante los largos meses previos a la reforma, la postura del gobierno y de los sindicatos ha sido básicamente que se podría cambiar de modelo de ajuste promoviendo la flexibilidad interna en las empresas. Para ello, no era especialmente necesario modificar la normativa sobre contratación y despidos, ni el funcionamiento de nuestra negociación colectiva. A duras penas, algunos de estos aspectos se han visto alterados mediante el Real Decreto sobre reforma laboral, esencialmente aquellos que tienen que ver con los procedimientos para  encauzar los despidos objetivos y para el descuelgue salarial.

Hagamos un rápido balance de cómo se encontraba España en términos de flexibilidad laboral antes del inicio de la crisis y cómo ha evolucionado desde entonces. Desde el punto de vista de la comparación internacional, España salía especialmente mal parada en los rankings europeos de flexibilidad antes de la crisis. Una buena ilustración se puede encontrar en el artículo de Eichhorst, Marx y Tobsch. Partiendo de la clasificación de Atkinson (1984), estos autores nos sitúan los últimos del ranking, especialmente por tener las menores flexibilidades salarial e interna (ajuste de horas y reorganización de los recursos humanos en la empresa). En un interesantísimo gráfico (Chart 3), muestran que aquellos países con mayor flexibilidad externa y salarial, también consiguen mayor flexibilidad interna, es decir que pueden ser complementarias, más que sustitutivas.

Con estos mimbres, como mostraba Luis en su última entrada, hemos destruido más empleo que nadie por cada punto de PIB y, en gran parte, ello se debió a un uso excesivo del ajuste externo vía destrucción de empleo temporal, incluso en sectores distintos de la construcción. De hecho, en una primera fase de la crisis, prácticamente todos los países han hecho uso de este tipo de ajuste. Sin embargo, cómo se puede ver en el Gráfico 1, hemos destruido aún más empleo por esta vía simplemente porque teníamos más temporalidad que los demás.

GRÁFICO 1: Variación empleo indefinido vs empleo temporal en los países de la UE (2º trim 2008-2009. excluido el sector de la construcción) var_empleo_indef_temporal

Fuente: Eurostat

En relación con la flexibilidad salarial, otro tanto de lo mismo, como también se mostró en varios post recientes [aquí o aquí ], los salarios reales parecen haber contribuido a que el ajuste externo fuera aún mayor (dejamos este punto para su análisis más detallado en la próxima entrega). Y, finalmente, tampoco ha funcionado la flexibilidad interna numérica, es decir, el ajuste vía reparto del empleo. Este hecho queda bien claro en el Gráfico 2, en el que se muestran las jornadas medias por trabajador que no parecen haberse alterado por esta crisis (no se observan cambios significativos ni en las horas no trabajadas, ni en las horas extras, por ejemplo).

GRÁFICO 2: Evolución de la jornada media por trabajador a tiempo completo horas

Fuente:  ETCL

Sin embargo, el ajuste externo basado en la destrucción de empleo temporal tiene su límite, y la reforma llega en un momento de especial tensión, incluso para aquellos trabajadores más protegidos por contratos indefinidos. En el Gráfico 3, se puede observar cómo, aunque el ajuste vía destrucción de empleo temporal sigue siendo superior,  el del empleo indefinido también se ha iniciado, y las tasas de variación de ambos tipos de empleo son cada vez más cercanas.

GRÁFICO 3: Variación interanual del empleo indefinido y temporal

tasa_temporalidad

Fuente: EPA

Y es bajo estas circunstancias en que cabe valorar los posibles efectos de la reforma laboral y cómo podría ayudar a desatascar la combinación de ajustes a los que harán frente las empresas en los próximos meses.

Aunque sólo constituya un estudio de caso un tanto especial, queremos destacar dos noticias, quizás poco conocidas, sobre los conflictos laborales en la agencia EFE. Estas noticias bien pudieran mostrar que el RDL del día 16 ya está produciendo sus primeros efectos, en especial, los cambios que introduce en la regulación de las causas objetivas para el despido.

Vamos por partes. El día 23 de junio – el mismo día de la entrada en vigor del RDL – la agencia EFE anunció el despido de 23 trabajadores con solo 20 días de indemnización por año de trabajo. La empresa se escudó en “la situación económica negativa” de la empresa (con 1.6 millones de perdidas en 2009). Esta noticia parecía indicar que la reforma de las causas de despido objetivas ya se iba a cobrar las primeras victimas. Sin embargo, a los pocos días, la situación parece haber cambiado radicalmente. En efecto, la empresa anunció un acuerdo con los sindicatos para negociar un recorte salarial a cambio de no efectuar ningún despido.

Este acuerdo bien pudiera constituir un excelente ejemplo de los beneficios de la flexibilidad salarial. Pero lo importancia de esta noticia es otra. La empresa ya había intentado llegar a este acuerdo en los 6 meses anteriores, sin lograrlo: los representantes de los trabajadores se negaron a cualquier acuerdo.

Entonces ¿por qué cambiaron los sindicatos de posición? La respuesta es algo especulativa, pero la coincidencia de las fechas parece indicar que la aprobación del Decreto-Ley dobló la resistencia de los sindicatos.

Un aspecto importante de esta noticia es que vendría a confirmar la interacción entre distintas flexibilidades, en este caso, la externa y la salarial, y la importancia que tienen las indemnizaciones por despido para cambiar de modelo de ajuste. Según la visión que parecía dominante antes de la reforma, la flexibilidad interna o la salarial y la externa deberían ser sustitutivas; en esta visión habría que incentivar a las empresas a explorar otras vías distintas de la flexibilidad externa, en especial la interna, dificultando el despido (el margen extensivo). Pero este razonamiento tiene un punto débil. Para conseguir estos ajustes internos es imprescindible el acuerdo de los trabajadores, y si ellos se sienten demasiado protegidos por los altos costes de despido se negarán al cambio en el ajuste y la empresa no tendrá más remedio que buscar otras vías de recorte – en muchos casos el despido de los trabajadores con un contrato temporal o de indefinidos con menos peso entre los insiders por tener menos antigüedad. Y para romper esta resistencia puede ser necesaria una rebaja en los costes del despido que garantice que las empresas puedan tener una amenaza creíble. En otras palabras, en la práctica los dos márgenes de flexibilidad son más bien complementarios.

El caso de EFE es, por seguro, especial y, probablemente pueda ser único. Supone, por una parte, un atrevimiento por parte de la empresa, dado que, hasta que pasen unos meses y veamos como reaccionen los magistrados ante el nuevo texto, no podremos saber si realmente la reforma facilitará los procedimientos para el despido objetivo. La lección del caso EFE es que no ha sido necesario proceder a los despidos, simplemente abrir la posibilidad de que se produjeran, lo cual ha facilitado otras formas de ajuste. Por otra parte, EFE tiene su propio convenio de empresa, sin necesidad pues de descolgarse de ningún convenio de sector. También estaremos pendientes de que, empresas que si están sometidas a ese tipo de negociación tengan facilidades reales para llegar a acuerdos similares, lo cual requiere de cambios sustanciales en el RD, tal como explicaron muy bien Samuel Bentolia y Juan Francisco Jimeno.  En caso contrario, si se facilitara realmente el despido objetivo, los efectos sólo se podrían traducir en despidos masivos. Demasiada incertidumbre aún, pero, en nuestra opinión, una prueba de que actuar sobre los costes de despido reales de las empresas puede tener efectos beneficiosos sobre el empleo, abriendo vías para el ajuste salarial en el corto plazo y, a la larga, para la flexibilidad interna.  Pena que se estén dejando pendientes para la eternidad medidas que además erradicasen la dualidad legal entre trabajadores temporales e indefinidos,  medidas que también mostrarían su complementariedad con otras formas de ajuste, tanto en épocas de crisis como de bonanza .

Hay 11 comentarios
  • Perdónenme por el off topic, pero hoy es un día histórico.

    Lo de hoy, ciertamente, es alucinante. Todos saliendo por la TV rajando contra las Cajas de Ahorros (salvo Izquierda Unida). ¿Quién nos iba a decir solo hace un año que iba a pasar esto?

    ¿Los economistas académicos tenían que tener o no la burbuja inmobiliaria entre sus juguetes teóricos? Otra cosa es que hablar de ella durante los días de vino y rosas resultara, ¿cómo decirlo?, impertinente (sin contar con los que estaban encantados de la vida con ella, como quien dio su increíble pelotazo de Torrelodones, o quien se ha dedicao a rehabilitar el Madrid de los Austrias, etc.).

    Ahora, las consecuencias del pinchazo, en términos de actividad y empleo, desde luego que sí merecen la atención de todos.

  • El caso es que, leyendo las noticias mas que fijandome en las explicaciones que se dan en el articulo, y a primera vista, la lectura mas logica es que el caso EFE sí es el de un ajuste normal que habria de producirse de todos modos. De hecho, esos trabajadores podian haber sido despedidos de todas formas, ¿cuantos eran? ¿23, en una agencia como EFE? Por arte de magia los efectos se atribuyen a una rebaja de las indemnizaciones por despido, que creo que es el punto menos plemico de la reforma laboral...¿entonces es que le resultaba mejor a EFE mantenerlos en plantilla?

  • Perdón por el off topic.

    Sugiero traducir "off topic" por "digresión".

  • Pocos cometarios ha suscitado este escrito. El punto estrella del mismo es sin duda el ejemplo de EFE.
    Lo primero que puede decirse, es que si EFE atraviesa dificultades economicas ha de mirarse hacia el estado del sector del mercado en que presta sus servicios. De esto no son culpables los sindicatos ni son obstaculo a su superacion. No siempre tienen razon, claro esta, pero creo que las opiniones de este blog estan mucho mas deviadas de la realidad que las de los sindicatos.
    Lo segundo, que no hay nadie mas interesado en la buena marcha de una empresa que los propios sindicatos.
    Pero tercero, la interpretacion que relaciona la indemnizacion por despido y la negociacion sindical no me parece nada convincente. Es mas, eso de que durante seis meses habian tratado de llegar a un acuerdo y los sindicatos se negaban me parece insidioso y realmente es una consideracion subjetiva obviamente no respaldada por ninguna fuente. Una mera vision personal.
    Seamos realistas, una empresa no fija su plantilla en virtud de los salarios, sino de las necesidades de personal. ¿Necesita EFE esos 23 empleados? En principio no se les despide, o se les despide para contratar a otros por menor salario ¿No los necesita? Se les despide sin mas, pagandoles la indemnizacion que corresponda, la menor posible, claro. Lo que ocurre es que la toma de este tipo de decisiones por la emrpesa suele llevar un proceso de disusion inicial, y los calculos de necesidades de personal no son exactos, son mas bien estimaciones. En estos procesos obviamente intervienen los sindicatos, igual que asesoran legalmente a los despedidos cuando existen dudas sobre la legalidad del mismo. Y eso es lo que ha pasado. Ninguna transaccion de "no despidos a cambio de rebaja de salarios", que no tiene ningun sentido desde el punto de vista de la administracion empresarial. Para mi, eso es una mera apreciacion subjetiva antisindical.

    Tomado de una noticia:
    "La dirección siempre ha apostado por rebajar los salarios en torno a 2,2 millones de euros, pero los sindicatos han advertido que cifrarán ese excendente cuando tengan "todas las cuentas" de la compañía, han explicado representantes de las dos partes".
    Mi interpretacion: que la consideracion de la rebaja de salarios se llevaria a cabo de todas formas con el visto bueno de los sindicatos, al margen de los despidos.

  • Perdon, que igual se interpreta mal lo que he dicho. Lo que he querido decir es que las necesidades de personal son mas o menos elasticas, pero desde luego no de la froma que se da a entender en el blog como si se mantuviera a personal innecesario.

  • Carlos.
    Yo había interpretado lo que dice Florentino de la siguiente manera. Los costes laborales son excesivos. O se baja el sueldo o se despide a gente. Y eso vale para cada empresa y para el total del mercado de trabajo.
    Ahora es más barato despedir dada la situación de la empresa debido a la nueva ley. Por tanto, los sindicatos aceptan la bajada de sueldo que antes no se hubieran aceptado. Y esos es lo que debían hacer dada la situación; de lo contrario no defenderían los intereses de sus representados. Pero las condiciones han cambiado y han tenido que cambiar.
    Si el proceso se generalizase, llevaría consigo una rebaja de la masa de salarios pagados que ahora se realiza vía más paro y se supone que dada la situación es lo que debería ocurrir.

  • (Perdón por la anterior redacción; se me ha ido el intro y no me resigno)
    Carlos.

    Yo había interpretado lo que dice Florentino de la siguiente manera. Los costes laborales son excesivos. O se baja el sueldo o se despide a gente. Y eso vale para cada empresa y para el total del mercado de trabajo.

    Ahora es más barato despedir debido a la nueva ley. Por tanto, los sindicatos aceptan la bajada de sueldo que antes no se hubieran aceptado.

    Antes de la reforma, los sindicatos defendían los intereses de sus representados pidiendo más (es lo que debían hacer). Ahora hacen lo mismo pidiendo menos porque las condiciones institucionales han cambiado.

    Si el proceso se generalizase, llevaría consigo una rebaja de la masa de salarios pagados que ahora se realiza vía más paro. Dada la situación, se supone que esa bajada de la masa salarial debe producirse.

  • Ajá, Francisco Saurí. Veras, yo creo que no debe creerse el cuento de que "mejor un ajuste en salarios que en cantidades", porque el ajuste es el que es, y haciendo lo que proponen seria tanto en cantidades como en su caso en salarios. Las dos cosas, da igual lo que te digan. Ademas, ¿como ha llegado historicamente a haber un ajuste de salarios sino a traves de un ajuste en cantidades? Y no es que fuera bueno o malo para la eocnomia, simplemente, digamos, era, dadas las circunstancias. Lo que estos señores realmente quieren es forzar el ajuste para que sea mayor de lo que procederia.
    Yo mas bien interpreto las tesis de este hombre, Garicano, Bentolila y demas, como poner el grito en el cielo con que "si bajamos los salarios dejan de quebrar las PYMES y no despiden". Es mentira, francamente. Solo piensa en el siglo XIX o primeros del XX y veras que mayor flexibilidad laboral entendida al estilo de estos hombres no podia haber, y no dejaban de quebrar estas empresas con ocasion de las crisis.

  • 1º) Está claro que no se pueden descartar intenciones políticas de quienes pagan este blog y compromisos ideológicos de todos aquellos que escribimos (y laborales; yo soy funcionario docente y, por ahora, puedo decir ciertas cosas sobre el despido sin que me tiemble la mano al pensar en mí mismo). Lo que nos interesa es si por encima de eso, podemos encontrar evidencia que guíe para tomar medidas de política económica y, por lo menos en mi caso, entender algo.

    2º) "El ajuste es el que es". No. Todo depende del entorno institucional. Ya sabemos que el capitalismo sin otra ley que la protección de la propiedad privada de los medios de producción da los resultados que todos conocemos. La importancia de las leyes sociales estriba en proteger a los trabajadores sin destruir en el capitalismo esa "demostración de lo que puede producir la actividad humana" (Marx dixit).

    3º) Supuesto que no vamos a hacer la revolución, es decir, que el capitalismo es el sistema que hay que aceptar, será cuestión de aplicar una ingeniería parcial que, desde mi punto de vista y compromiso con determinados principios, consiga mantener la producción de riqueza que ha demostrado el capitalismo junto con la protección de las personas (me interesa más ésta que la primera, pero sin la primera....) . Y eso tiene el nombre de Estado social.

    4º) Por lo que he leído, aquí y en otros lugares, la conclusión que hay que sacar es: a) hay un entorno hostil para las empresas; y digo para las empresas, no para los ricos de toda la vida. b) el Estado social en España está subdesarrollado.

    Respecto a (a). Las leyes (por ejemplo las laborales) no permiten la flexibilidad necesaria cuando hay crisis. Por no hablar de las subvenciones a grandes empresas, los chiringuitos empresariales pyme que se aprovechan de subvenciones, tratan al trabajador como basura y se dedica a hacer chapuzas para luego desaparecer y montar el mismo chiringuito. Etc.

    Respecto a (b). Supuestamente los trabajadores están (o estaban) protegidos por las leyes laborales. Pero ya me dirás qué protección es para los eventuales y para aquellos cuyas empresas se derrumban durante la crisis. Yo sólo te puedo decir que ya quisiéramos aquí la protección de Dinamarca donde el despido es casi libre.

    Yo no puedo poner la mano en el fuego por la metodología científica de estos economistas. No soy economista. Pero si me creo los estudios ( intento recabar otras opiniones y cuando no hay contradicción habrá que aceptarlos) no me queda más remedio que llegar a conclusiones tales como que la protección del trabajador vía leyes muy restrictivas del despido disminuye la productividad. Eso no quiere decir que no haya que proteger al trabajador, pero hay que hacerlo por otra vía y, tal vez, los sindicatos estén errando la estrategia.

  • Si, si, es tu opinion, aunque yo creo que muy influida por los autores de este blog, asi que aunque no estoy de acuerdo no te la voy a discutir. Solo una cosa: te puedo asegurar que en España no hay un entorno hostil a las empresas, lo que pasa es que quien pretende exorbitancias tiene que justificarlo con propaganda de algun modo y exagerar todo lo que pueda. De hecho, España es uno de los paises que mas inversion extranjera ha recibido, aunque parezca mentira leyendo estas cosas. ¿Y sabes por que la ha recibido? Porque tiene mano de obra cualificada, infraestructuras, y un entorno amistoso a los negocios. Pero el sector empresarial que pretende eliminar toda garantia a la parte de la poblacion trabajadora lo que quiere es imponer las condiciones de trabajo y tiene una idea muy peculiar de lo que es un entorno amistoso.
    Que los sindicatos cometen errores es obvio, sí. Yo creo que es porque no tienen ninguna iniciativa y solo se mueven por reaccion a la postura empresarial. Ese, claro esta, no es buen camino. Pero en este blog lo que se promueve es la posicion de la CEOE, osease, olvidate de Dinamarca y piensa en la proteccion suramericana que es donde estan acostumbrados a operar internacionalmente con mas exito la mayoria de esos señores.

  • Carlos y Francisco,
    muchas gracias por vuestra discusión, prueba de que en este blog se puede discutir de manera amena y sincera, sin necesidad de tirarnos los trapos. Es un verdadero placer.

    Carlos: creo que a estas alturas, ya resulta cansino que nos sigan identificando con la CEOE. Los dos autores de esta entrada, y la mayoría de los editores como colaboradores, somos promotores o firmantes del Manifiesto de los cien, y nos hemos pronunciado reiterativamente en la necesidad de erradicar la dualidad laboral como objetivo primario de cualquier reforma laboral. Ni CEOE ni sindicatos están por la labor. Nos nos parece que esta reforma sea la más acertada, que es más de lo mismo, claramente insuficiente. Bastante hemos defendido el modelo danés en este blog, y también forma parte de nuestras quejas que no se aborden seriamente reformas del sistema de prestaciones por desempleo y nuestras políticas activas, para acercanos un poquito más a nuestros vecinos del norte.
    Por otra parte, nadie "paga" este blog. Mirate la sección de FAQ. "Nada es gratis", porque si que le dedicamos tiempo al blog, pero a cambio nuestra única remuneración es constatar que nuestras entradas se leen (y cada vez más), y que dan lugar comentarios tan interesantes como los vuestros.

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