Imperio de la Ley e Independencia Judicial

Continuo con mis explicaciones sobre mi charla de imperio de la ley (primera y segunda entrada). Uno de los pilares fundamentales del imperio de la ley substantivo es la independencia judicial: esta es condición necesaria (aunque no suficiente) para aquel.

Pero yo no puedo defender este argumento mejor que Alexander Hamilton en Federalist Paper 78:

“For I agree, that "there is no liberty, if the power of judging be not separated from the legislative and executive powers." And it proves, in the last place, that as liberty can have nothing to fear from the judiciary alone, but would have every thing to fear from its union with either of the other departments; that as all the effects of such a union must ensue from a dependence of the former on the latter, notwithstanding a nominal and apparent separation; that as, from the natural feebleness of the judiciary, it is in continual jeopardy of being overpowered, awed, or influenced by its co-ordinate branches; and that as nothing can contribute so much to its firmness and independence as permanency in office, this quality may therefore be justly regarded as an indispensable ingredient in its constitution, and, in a great measure, as the citadel of the public justice and the public security.

The complete independence of the courts of justice is peculiarly essential in a limited Constitution (nota: las itálicas son mías). By a limited Constitution, I understand one which contains certain specified exceptions to the legislative authority; such, for instance, as that it shall pass no bills of attainder, no ex post facto laws, and the like. Limitations of this kind can be preserved in practice no other way than through the medium of courts of justice, whose duty it must be to declare all acts contrary to the manifest tenor of the Constitution void. Without this, all the reservations of particular rights or privileges would amount to nothing.”

Es por ello que legislación como nuestra Ley Orgánica del Poder Judicial (en particular en el contexto de un sistema de partidos como el Español) o la manera en la que hemos seleccionado por décadas a los miembros del Tribunal Constitucional son incompatibles con un verdadero imperio de la ley. Y no, transformar el sistema de elección en "más democrático" no soluciona el problema: lo agrava aún más al convertir al sistema judicial en una reproducción del legislativo.

Hay 24 comentarios
  • Creo que debería decir condición necesaria (aunque no suficiente).

    Creo que estaría bien que usted(es) montase(n) un partido político para que este país fuese otra cosa

    Indignación + Imperio de la Ley + Políticas basadas en la evidencia suena a cóctel ganador

    • Ups, es verdad, ya he cambiado lo de "suficiente". El jet lag que llevo que es tremendo......

      Gracias por la sugerencia pero yo no serviria para politico. Ni soy un buen manager de gente ni tengo la paciencia necesaria para crear un grupo ganador. Hay muchisima gente mejor que yo en estos menesteres 😉

  • De hecho eso es lo que quería decir Louis XIV con "L´état c´est moi", eso y que tenia todo un aparato de estado para aplicar su imperio de la ley.

  • ¿Cómo habrían de ser elegidos los jueces, en su opinión? A mí me parece un problema cuya solución siempre tendrá inconvenientes...

  • No estoy de acuerdo en que la “libertad” no tiene nada que temer del poder judicial. El poder judicial, al igual que cualquier otro poder del estado, puede abusar de su poder. En el peor de los casos, puede interpretar la ley a su conveniencia y ejercer la violencia de forma arbitraria. No veo que la separación de poderes evite esa posibilidad.

    Un caso ilustrativo es la llamada crisis constitucional de Honduras de 2009, en la que el tribunal supremo de Honduras ordenó al ejército la detención del presidente, el cual fue consiguientemente depuesto de su cargo mediante el uso de la fuerza. El debate sobre si la detención fue legal o ilegal resulta absurdo, porque al final es el propio poder judicial quien determina si algo es legal o ilegal, incluídas sus propias actuaciones.

    Per cierto, Jesús, parece que el presidente Rajoy no lee sus artículos.
    http://youtu.be/N1DOpfwJJR8?t=23m49s

    🙂

    • 1) Hamilton dice "liberty can have nothing to fear from the judiciary alone". La palabra clave es "alone". El caso de Honduras requiere la complicidad del ejercito.

      2) Me temo que Rajoy, excepto por el Marca, no lee nada.

  • Habías dicho: "el legislador no puede arbitrariamente suspender la ley o su coherencia interna pues tal pretensión sería atentar contra la estructura de la sociedad y contra el legado de razonamiento jurídico que nos dejaron las generaciones pasadas y que tenemos la obligación de respetar y mejorar. Es más, cuando el legislador viola la ley, pierde su legitimidad pues su primordial papel en la sociedad solo se fundamenta en una delegación muy concreta de los derechos de los ciudadanos para organizar su vida en común."
    Y ahora: "liberty can have nothing to fear from the judiciary alone" en referencia al caso de Honduras, pero que prefiero darle otro sentido.
    Y ahora: “liberty can have nothing to fear from the judiciary alone” en referencia al caso de Honduras, pero que prefiero darle otro sentido.
    El caso español es sensiblemente distinto, aunque podría relacionarse con lo primero; que es la manipulación interesada y chapucera del Imperio de la Ley, hecha con descaro y delictivamente.
    Por supuesto, está demostrado que Rajoy ni siquiera se lee sus propios discursos, lo que demuestra la falta de respeto que tiene a sus oyentes. Y a un tipo así, ni se le puede esperar respeto ni lo merece.

  • No sé, Sr. Fernández-Villaverde. De alguna manera habrá que elegirlos, pero si he entendido bien los links de wikipedia que ha posteado (el francés no es mi fuerte):

    1.En el sistema francés el presidente de la República tiene que estar de acuerdo con el nombramiento y firmar un decreto para elegir a los jueces del Alto Tribunal (Cour de Cassation)
    2.En el sistema británico, la Judicial Appointments Commission propone a los jueces, pero tiene que dar su visto bueno el Lord High Chancellor, que es elegido a dedo por el Prime Minister.

    Pues no sé que decirle... Mejor que meta las zarpas el parlamento a que todo dependa de una persona del Ejecutivo, ¿no?

    Lo de la insaculación (sorteo) siempre me ha parecido una buena idea para ALIVIAR el problema. Yo lo haría a lo bestia. Cada diputado elige a un juez. Se meten las bolas en el bombo y se sacan tantas bolas como jueces hagan falta...

    • 1) El Lord High Chancellor no puede, en la practica, decir que no a lo que propone la Judicial Appointments Commission (a menos que fuese un caso absolutamente extraordinario). Esto requiere, claro, una tradicion de independencia y medios de comunicacion vigilantes de la que carecemos en España en buena medida. No pretendo tener la llave magica de los problemas pero quizas seria un paso que hiciese un comportamiento del gobierno arbitrario mas costoso para ellos politicamente.

      2) Del sistema frances solo queria tomar prestada la idea de que el CGPJ podia estar nombrado por muchos grupos diferentes y con pesos/contrapesos entre ellos. Por ejemplo, podiamos seleccionar por sorteo a 4 de los presidentes de los TSJ de las CCAA y a 4 decanos de colegios de abogados/notarios/etc. para ser miembros de el. Tampoco quiero dejarlo todo en manos de los jueces y que se convierta en un cuerpo corporativo sin control.

      3) Si, la insaculacion sirve para ayudar. Una idea, por ejemplo, seria elegir a jueces de mas de 15 años de experiencia por sorteo para ser miembros del CGPJ. Siempre sospecho un poco de los jueces que se presentan voluntarios (o se hacen "presentar") a ser miembros del consejo. Por cada candidato serio y honesto, seguro que existe otro muy ideologizado.

    • Acabo de leer el discurso. Parece dicho ayer y es de 1995!!!!!!! Me ha encantado.

      Por cierto, hace una referencia el sistema frances de carrera judicial al que yo me refereria en otro comentario.

  • El Tribunal Constitucional si debería ser electivo, porque sino al final te gobierna una casta social (los jueces) y eso es intolerable. Deben ser independientes, pero los ciudadanos tenemos derecho a elegir jueces según nuestro color político. Porque sino podría darse la situación de que la mayoría quisiesemos por ejemplo despenalizar el aborto y este no se despenalizara porque los señores jueces fuesen del opus.

    El resto del sistema legal si debe ser independiente.

    • Ni creo que tengamos "derecho a elegir jueces según nuestro color político" ni quiero vivir en un sistema asi. La solucion es bien sencilla: si una mayoria quiere el aborto (o cualquier otra politica), el camino es el cambio constitucional. Hacerlo por la puerta de atras de una eleccion al TC es abrir el camino a un desastre detras de otro.

      • La constitución española es irreformable en la práctica. Un sistema en el cual unos señores con toga "legislan" contra el sentir mayoritario es un sistema abocado a una transformación autoritaria o a la implosión.

        La judicatura es ideológicamente mucho más involucionada que la mayoría social. Los jueces deben ser independientes en su ejercicio, pero los jueces que van a poder vetar leyes deben ser elegidos: Los ciudadanos tenemos derecho a saber que opina un juez sobre el derecho de una mujer violada a interrumpir su embarazo si vamos a darle a ese señor el poder de vetar leyes. El constitucionalismo es una cuestión mucho más política que técnica.

  • No sería más correcto que el órgano de gobierno de los jueces esté constituido por ciudadanos que no sean juristas? Por ejemplo una lotería entre ciudadanos con título universitario (con las exclusiones pertinentes)

    • Creo que deberia de haber una mezcla de juristas y no juristas. Muchos temas son muy tecnicos. Pero tengo que pensar mas sobre el tema.

  • La intervención -directa o indirecta- de poderes democráticos (parlamentos y/o gobiernos) en la elección de los miembros de tribunales constitucionales o supremos es la norma en la inmensa mayoría de sistemas democráticos. No es una peculiaridad española. Así sucede en EE.UU. (designa el Presidente con acuerdo del Senado), Alemania, Austria, Italia, Francia... En Alemania, por ejemplo, los jueces son designados por comisiones integradas por el Ministro de Justicia y diputados, y a nadie se le ocurre tildar la justicia alemana de politizada y no independiente. La intervención en dicha elección de poderes no democráticos (por ejemplo, corporativos), no necesariamente menos "políticos" que los poderes democráticos, no es de recibo.

    El problema no reside por tanto en la elección de jueces (constitucionales o superiores) por poderes democráticos, sino en los excesos de la cultura partitocrática que a menudo rodea tales procesos (y cuya intensidad o patología no son iguales en todos los paises). En suma, el problema es sobre todo de cultura política y cívica, no tanto de diseño institucional, y surge cuando los partidos priorizan la afinidad partidaria de los elegidos sobre la cualificacion y prestigio profesionales de sus candidatos. Atendidos y garantizados estos requisitos, es saludable que en los tribunales constitucionales y superiores existan pluralidad y equilibrio de sesgos ideológicos. La ciencia jurídica es una ciencia social, no exacta.

    • Precisamente porque en España sufrimos de una cultura partitocratica que es tan importante establecer estructuras institucionales que no son necesarias en otros paises.

      En el centro de Haverford, donde vivo, a nadie se le ocurre dejar el coche en un sitio prohibido. En Madrid, lo hace todo el mundo. En Haverford, por tanto, no hay que poner pilones en las calles. En el barrio Salamanca de Madrid hay que llenarlo de pilones.

      En todo caso mi enfasis es en el CGPJ, no tanto en el TC. La ley de 1985 es un fraude que viola el espiritu constitucional.

      • Estoy de acuerdo, pero el remedio a los excesos de la partitocracia no puede (ni debe) consistir en sustituir la democracia por una suerte de tecnocracia. No hay más remedio que insistir en la regulación de los partidos y trabajar con tiempo y argumentos por una una renovación de la cultura política e institucional imperante. En ningún país democrático y serio el gobierno del poder judicial se entrega a la corporación profesional de los jueces (tampoco el poder ejecutivo a los funcionarios, ni las Fuerzas Armadas a los militares). El poder judicial es un poder del Estado, y en democracia todos los poderes emanan del pueblo, es decir, reclaman un origen democrático (que en el caso del poder judicial se completa con su sometimiento exclusivo al imperio de la ley democrática).

        • Yo no he dicho que haya que entregar el poder judicial a un organo corporativo. Es mas he dicho:

          " A mi el sistema que mas me gusta de seleccion de jueces es el ingles"

          "Se podria ir hacia un sistema mas similar (pero no igual) al Frances"

          "Yo personalmente utilizaria la insaculacion para elegir al menos a varios de sus miembros."

          "Tampoco quiero dejarlo todo en manos de los jueces y que se convierta en un cuerpo corporativo sin control."

          "Creo que deberia de haber una mezcla de juristas y no juristas."

          Lo que no funciona, obviamente, es nuestro sistema actual, que se basa en una LOPJ que no solo viola el espiritu del constituyente, es que se ha demostrado por 3o años que ha sido horrible para España.

          En todo caso el que el poder emane del pueblo no significa que este se tenga que ejercer en un sistema de elecciones por votacion. Un aspecto basico del sistema judicial americano es el jurado, que es exclusivamente por loteria. Y los jueces que se eligen en muchos estados tienen que hacer campaña con una prohibicion expresa de tener "afiliacion" politica. O, en otros ambitos, el sistema de eleccion del FOMC (y asi ha funcionado mucho mejor la politica monetaria aqui que en Europa).

      • En el tema del CGPJ totalmente de acuerdo. Debe ser absolutamente independiente.

  • Me gusta la idea sobre esos nombramientos de consejeros de AAI, formados por distintos grupos.

    En Israel, se intentó algo parecido:
    http://en.wikipedia.org/wiki/Attorney_General_of_Israel

    Ahora bien, sería un trabajo ingente delimitar para cada organismo, BdE, CNMC, Fiscalía, Consejo de Seguridad Nuclear, etc... qué grupos y en qué proporción.

    Parece ciencia ficción, ahora mismo sólo UPyD, está moviendo (algo) este tema públicamente.

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