CIA NeG. La cara oculta de las herencias

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de David Arranz

A medida que la crisis es más profunda la cantidad de personas que no pueden superar sus deudas es mayor. Lógicamente, la muerte no discrimina entre buenos y malos administradores así que es lógico que el número de difuntos con números rojos tras ellos esté aumentando estos años.

La base de datos de los notarios españoles nos ofrece un buen indicador indirecto. Los muertos no pueden elegir su nivel de deuda, pero sus herederos si pueden decidir hacerse cargo de una herencia (si estiman que el valor es positivo) o rechazar una carga que ellos no generaron (cuando la herencia presume más deudas que bienes).

El siguiente gráfico muestra la evolución de herencias rechazadas, respecto al total de herencias (rechazadas y aceptadas).

Ninguna sorpresa, el rechazo de herencias crece a medida que la crisis avanza. Sin embargo el ritmo de crecimiento parece bastante elevado.

Parece difícil relacionar directamente este aumento con la burbuja inmobiliaria. Pese a que con la mayor duración de las hipotecas será normal que más gente fallezca durante la vida de su crédito, las hipotecas suelen estar cubiertas con seguros de vida.

Sin duda la peor situación económica provoca un mayor número de difuntos con deudas, pero parece que la transmisión de ese efecto hacia las herencias es demasiado rápido (10 puntos porcentuales en 5 años). La mayor parte de la mortalidad se produce en las capas más altas de la pirámide de población, posiblemente las menos afectadas por la crisis. Poca gente en la tercera edad se embarca en aventuras económicas, ni los jubilados pueden perder su trabajo, y las pensiones han perdido tan poder adquisitivo.

¿Podría ser que haya gente que esté aprovechando la muerte de familiares para limpiar sus balances de deudas?

Hay 13 comentarios
  • Interesante, especialmente por la pista acerca de la base de datos del notariado. Sin embargo, al comprobar los datos en dicha fuente, no me queda claro si en el eje de ordenadas del gráfico se representa una proporción o un porcentaje.

    • En las ordenadas esta el porcentaje de herencias rechazadas sobre el total de herencias (aceptadas y rechazadas).
      Si se cambiase por una proporcion rechazadas/aceptadas creo se vería una gráfica similar

      • Ya veo. Entonces, por ejemplo, en el cuarto trimestre de 2011, ¿cuántas herencias se aceptaron y cuántas se rechazaron?

  • David:
    En mi experiencia personal, como notario, le dire que tal y como resulta de los datos estadisticos las repudiaciones de herencia han aumentado desde el año 2007.
    Ahora bien el aumento se debe no solo a los casos en que el pasivo supera al activo hereditario, sino tambien, casi diria que al cincuenta por ciento, a los casos en que el heredero es el que esta en una situacion economica que puede derivar en que los bienes que adquiera sean inmediatamente embargados por sus acreedores; si ya se que esa repudiacion seria en fraude de los acreedores que podrian pedir la aceptacion, pero en la practica es dificil que se enteren.
    Quizas seria interesante, si de los datos que se suministran en la pagina web resulta, examinar que aceptaciones se han hecho a beneficio de inventario, que si estan directamente relacionadas con una herencia que se presume, como minimo, con excesivas deudas.
    Por ultimo espero que los datos estadisticos colgados por el Consejo sean de utilidad pues me parece que es una de las mejores iniciativas que desde dentro del cuerpo se han tomado; les puedo asegurar a todos que suministrar esos datos desde todas las notarias de
    España nos ha supuesto un esfuerzo economico importante quende esa forma redunda en beneficio de todos y no solo de la hacienda publica.

    • Gracias por la aclaración, ilustra mucho. Y una pregunta: qué incentivo puede tener alguien a rechazar una herencia a pesar de que pueda serle embargada?

      Si la rechaza, no obtiene nada.
      Si la acepta y se le embarga, al menos cancela una parte de su deuda pendiente.

      Seguro que hay una explicación sencilla. Gracias.

      • Se me ocurre que una explicacion podría ser que haya varios herederos.
        Acuerdos privados entre ellos pueden resultar en que el que va a ser embargado por el importe que herede y por ello renuncia, reciba luego su parte de los demás herederos privadamente.
        O incluso si no va a recibir todo, prefiere que se beneficien sus hermanos (normalmente serán sus hermanos) a que se beneficie el banco.

      • Seguro que Luis nos puede responder de forma más precisa, pero supongo que al rechazar esa herencia va a parar a otros familiares cercanos (cónyuge, hijos, hermanos). Antes de que tus acreedores se queden con la mitad de la casa de tus padres, mejor que se la quede toda tu hermano....

        En cualquier caso Luis, agradecerte la herramienta que los notarios habéis puesto a disposición de la sociedad y que me consta que sigue mejorando semana a semana. El uso que se le está dando en este blog es una buena muestra del potencial que tiene.

  • He conocido un par de casos de ancianos que han pasado sus últimos años de vida en una residencia. Como la pensión no era suficiente para sugragar todos los gastos, se acumulaba una deuda. Cuando fallecieron, sus herederos se encontraron con que para heredar la casa o el piso del difunto, tenían que hacerse cargo de esta deuda.
    No sé hasta que punto es una práctica habitual o sólo anecdótico.

  • Una estupenda entrada la de hoy Don David, estoy casi seguro que se rechazan cuando la hacerlo se obtienen mayores incentivos que cuando se aceptan. Supongo que algo de dinero cambiará de manos por debajo de la mesa y no todos los herederos tendrán los suficientes posibles para hacer frente a los consecuentes gastos.

  • Creo que no podemos deslindar el repudio de herencias de la bonificación generalizada en el Impuesto de Sucesiones y de DONACIONES. Lo intento explicar.
    Gracias a la competencia fiscal introducida por la Comunidad de Madrid en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones (bonificación del 99% en la cuota de los dos impuestos en caso de familiares directos), ambos tributos prácticamente han dejado de existir en muchas Comunidades Autónomas. http://elunicoparaisoeselfiscal.blogspot.com.es/2012/02/como-recuperar-gibraltar-teoria-del.html
    La bonificación en Madrid entró en vigor en Enero de 2006 y el aumento del repudio de herencias parece que comenzó en 2007. Es significativa la proximidad de las fechas.
    Yo creo que lo que ha ocurrido es que las familias HAN PLANIFICADO SUS HERENCIAS AÚN VIVOS LOS CAUSANTES, ESTO ES, HAN DISTRIBUIDO EL PATRIMONIO FAMILIAR MEDIANTE DONACIONES PRÁCTICAMENTE EXENTAS, POR LO QUE CUANDO SE PRODUCÍAN LOS FALLECIMIENTOS NO HABÍA NADA QUE REPARTIR.

    La pregunta sería: por qué hacían las donaciones en vida y no esperaban a repartir las herencias una vez fallecidos los causantes si también la bonificación afectaba al impuesto de sucesiones.
    Respuesta: POR LA INSEGURIDAD O EL RIESGO DE QUE CUANDO SE HUBIERA PRODUCIDO EL ÒBITO DEL FAMILIAR LOS POLÍTICOS YA HUBIERAN CAMBIADO LA BONIFICACIÓN Y TUVIERAN QUE PAGAR EL IMPUESTO DE NUEVO.
    Recuerdo que el PS de Madrid en su programa electoral anunciaba la supresión de la bonificación.

  • ¿Y aquí no cabe aplicar lo del 'famoso' papel de Kopczuk y Slemrod (conozco la versión en WP del NBER, pero también salió en la Review of Economics & Statistics) ?
    Yo no sé si las consecuencias de la aceptación/rechazo de una herencia se determinan por el día en que se acepta/rechaza o por el del fallecimiento, pero aunque fuera este segundo, los españoles tampoco somos menos hábiles que en EEUU, digo yo.

  • Yo también soy notario y os confirmo que efectivamente la razón del repudio de las herencias puede ser las deudas de los padres, pero también la existencia de deudas de los herederos, que prefieren que su herencia la reciban sus hermanos antes que los acreedores, porque saben que aquellos podrán pasarlo a los hijos del renunciante. Y creo que esta última es la causa principal del aumento de las renuncias. En cuanto a lo que dice JCAbal, las deudas se heredan con los bienes, y la única forma de librarse es pedir el "beneficio de inventario", es decir, que bajo supervisión se haga un inventario de los bienes hereditarios, y solo repsonderé hasta el valor de éstos. En cuanto a las donaciones que menciona Jorgescc, os aclaro que el tratamiento fiscal no es exactamente igual, porque en la donación se produce un incremento de patrimonio en el IRPF que no hay en la sucesión, que puede ser importante. Pero aun así la gente hace hoy más donaciones por dos razones: 1) Porque teme con razón el cambio de la norma tributaria; 2) Porque prefiere dejar atados ciertos extremos de su sucesión que, de otra manera, pueden depender de la partición de la herencia.

  • Les aclaro que el incremento patrimonial por donación depende de la diferencia entre el valor del bien donado en el momento de la entrega y el valor del mismo bien cuando se adquirió.
    La variada casuística para evitar declarar un incremento patrimonial por donación, cuando desde 2008 el valor de los activos de todo tipo no ha dejado de bajar, no hace falta aclararla.

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